Torre Pacheco 427 Aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial Residencial Aur n.° 3 de El Jimenado. El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día veintinueve de noviembre de 2007, ha acordado aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial Residencial Aur n.° 3 de El Jimenado consistente en: “El traspaso de la edificabilidad y número de viviendas entre unas manzanas y otras dentro del Sector, sin aumentar los parámetros designados por el planeamiento general y parcial, permitiendo más variedad de productos ajustados a varias exigencias del mercado inmobiliario, afectando a las manzanas: n.° 1, n.° 2, n.° 4, n.° 5, n.° 8, n.° 9, n.° 13.1 y n.° 16”. Y vista la competencia de la Corporación Plenaria y el cumplimiento de los requisitos de tramitación del proyecto, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, adoptó los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar definitivamente la siguiente Modificación Puntual número 3 del Plan Parcial residencial sito en el sector de suelo apto para urbanizar residencial (A.U.r.) número 1 de El Jimenado, término municipal de Torre Pacheco, consistente en: “El traspaso de la edificabilidad y número de viviendas entre unas manzanas y otras dentro del Sector, sin aumentar los parámetros designados por el planeamiento general y parcial, permitiendo más variedad de productos ajustados a varias exigencias del mercado inmobiliario, afectando a las manzanas: n.° 1, n.° 2, n.° 4, n.° 5, n.° 8, n.° 9, n.° 13.1 y n.° 16”. Segundo.- Remitir un ejemplar de esta modificación aprobada definitivamente, junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación, a la Dirección General de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 140, c) del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia. Tercero.-Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Cuarto.- Comunicar a la mercantil peticionaria estos acuerdos de aprobación del expediente con notificación de los recursos que proceden contra los mismos. El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, podrá interponer —previamente al contencioso-administrativo— recurso de reposición ante el Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su notificación. Torre Pacheco, 11 de diciembre de 2007.—El Alcalde, Daniel García Madrid. ——