Torre Pacheco 9975 Anuncio aprobación definitiva del Plan Parcial Residencial, correspondiente al Sector de Suelo Apto para Urbanizar Núm. 2 , de Dolores de Pacheco, término municipal de Torre Pacheco. Con fecha 17 de mayo de 2007, el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaaria, ha aprobado definitivamente el Plan Parcial Residencial ubicado en el Sector del Suelo Apto para Urbanizar número 2 de Dolores de Pacheco, término municipal de Torre Pacheco, promovido por la mercantil Seycon Ibérica 2002, S.L. según proyecto técnico redactado por los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, don Enrique Maza Martín y don Eulogio Sánchez Pérez, cuya parte dispositiva dice así: Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Parcial Residencial ubicado en Dolores de Pacheco, término municipal de Torre Pacheco, correspondiente al Sector A.U.r. número 2 de Dolores de Pacheco, término municipal de Torre Pacheco, según proyecto técnico redactado por los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, don Enrique Maza Martín y don Eulogio Sánchez Pérez. Segundo.- Declarar que para la total efectividad de dicha aprobación se deberán tener en cuenta las observaciones, condiciones y demás requisitos marcados en los correspondientes informes emitidos por los Técnicos de la Oficina Técnica Municipal y los diversos informes sectoriales transcritos. Tercero.- Remitir un ejemplar del Plan Parcial aprobado definitivamente, junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación y demás documentos del expediente, a la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 140 c) de la Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia. Cuarto.- Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en los artículos 134 y 139 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico. Quinto.- Notificar estos acuerdos a los interesados en el expediente con señalamiento de los recursos procedentes. Contra el presente acuerdo, que es firme en vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, contado a partir del siguiente día hábil al de recepción de esta notificación (artículos 8.1 y 46.1 de la Ley número 29/1998, de 13 de julio, nueva redacción dada por la Ley Orgánica número 19/2003, de 23 de diciembre). No obstante, también puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir de la recepción de la presente, ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (artículos 116 y 117 de la Ley número 30/1992, de 26 de noviembre, redacción dada por la Ley número 4/1999, de 13 de enero, en relación con el artículo 52.1 de la Ley número 7/1985, de 2 de abril). Torre Pacheco, 4 julio de 2007.¿El Alcalde, Daniel García Madrid. ¿¿