Torre Pacheco 6939 Anuncio aprobación definitiva del Plan Parcial Residencial, correspondiente al Sector de Suelo Apto para Urbanizar Residencial aprobado con la modificación de NN.SS. número 70, sobre unos terrenos entre las carreteras de Torre Pacheco a Los Alcázares (F-23) y la confluencia de ésta con la de La Puebla a San Javier (F-35), en término municipal de Torre Pacheco. Con fecha uno de junio de 2006, el Ayuntamiento Pleno ha aprobado definitivamente el Plan Parcial Residencial, correspondiente al Sector de Suelo Apto para Urbanizar Residencial aprobado con la modificación de NN.SS. número 70, sobre unos terrenos entre las carreteras de Torre-Pacheco a Los Alcázares (F-23) y la confluencia de ésta con la de La Puebla a San Javier (F-35), en término municipal de Torre Pacheco, promovido por la mercantil D. José Díaz Garcia, S.A. y D. José Antonio Cánovas Martínez, ambos en representación por sí y además en nombre y representación de don Francisco Campillo Fernández y doña Fulgencio Gallego, doña Encarnación García Pérez, doña María Aurora Zafra Serrano, Agrícola Mar Menor, S.L., y Distribuidora Agroquímicos, S.L., según proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. Jesús Zafra Serrano y el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Don Renato del Noce, cuya parte dispositiva dice así: Primero.- Aprobar definitivamente Plan Parcial Residencial ubicado en un perímetro coincidente con el Apto para Urbanizar Residencial aprobado con la modificación de NN.SS. número 70, sobre unos terrenos situados entre las carreteras de Torre-Pacheco a Los Alcázares (F-23) y la confluencia de ésta con la de La Puebla de San Javier (F-35). Dicho Plan Parcial fue aprobado inicialmente por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 7 de marzo de 2006, a iniciativa privada de José Díaz García, S.A. y Don José Antonio Cánovas Martínez, ambos en representación por sí y además en nombre y representación de don Francisco Campillo Fernández y doña Fulgencio Gallego, doña Encarnación García Pérez, doña María Aurora Zafra Serrano, Agrícola Mar Menor, S.L., y Distribuidora Agroquímicos, S.L., según proyecto técnico redactado por el Arquitecto don Jesús Zafra Serrano y el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos don Renato del Noce. Esta aprobación queda condicionada a la subsanación de la aportación del Estudio de Impacto Territorial y de las demás posibles deficiencias que afecten al Plan Parcial. Segundo.- Remitir un ejemplar del Plan Parcial aprobado definitivamente, junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación y demás documentos del expediente, a la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 140. c) de la Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia. Tercero.- Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de conformidad con lo establecido en los artículos 134 y 139 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico. Cuarto.- Notificar estos acuerdos a los interesados en el expediente con señalamiento de los recursos procedentes". Contra el presente acuerdo, que es firme en vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, contado a partir del siguiente día hábil al de recepción de esta notificación (artículos 8.1 y 46.1 de la Ley núm. 29/1998, de 13 de julio, nueva redacción dada por la Ley Orgánica núm. 19/2003, de 23 de diciembre). No obstante, también puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir de la recepción de la presente, ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (artículos 116 y 117 de la Ley núm. 30/1992, de 26 de noviembre, redacción dada por la Ley núm. 4/1999, de 13 de enero, en relación con el artículo 52.1 de la Ley núm. 7/1985, de 2 de abril). Torre Pacheco, 11 de mayo de 2007.¿El Alcalde, Daniel García Madrid. ¿¿