Torre Pacheco 15379 Aprobación definitiva Expediente de la Modificación Puntual N.º1 del Plan Parcial Residencial AUr N.º 8 de Torre-Pacheco. El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2006, ha acordado aprobar definitivamente la modificación Puntual N.º 1 del Plan Parcial residencial (A.U.r) número 8 de Torre-Pacheco, consistente en: 1. Incorporar la rotonda de circulación ejecutada en la intersección de la Avda. Emilio Zurano y Avda. Luis Manzanares, modificando las parcelas de uso residencial afectadas por el nuevo trazado. 2. Ajustar el número de viviendas estimado en el Plan Parcial a las 1.281 unidades residenciales que determina la ficha de las NN.SS. para este Sector. 3. Revisión de tipologías y edificabilidad adaptándolo al mercado actual. Primero. Aprobar definitivamente el siguiente Modificación Puntual número 1 del Plan Parcial residencial sito en el sector de suelo apto para urbanizar residencial (A.U.r) número 8 de Torre-Pacheco, consistente: 1. Incorporar la rotonda de circulación ejecutada en la intersección de la Avda. Emilio Zurano y Avda. Luis Manzanares, modificando las parcelas de uso residencial afectadas por el nuevo trazado. 2. Ajustar el número de viviendas estimado en el Plan Parcial a las 1.281 unidades residenciales que determina la ficha de las NN.SS. para este Sector. 3. Revisión de tipologías y edificabilidad adaptándolo al mercado actual. Segundo. Remitir un ejemplar de esta modificación aprobada definitivamente, junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación, a la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo de la Consejeria de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 10/1995, de 24 de abril, de modificación de las atribuciones de los órganos de la Comunidad Autónoma en materia de urbanismo. Tercero. Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿. Cuarto. Comunicar a la mercantil peticionaria estos acuerdos de aprobación del expediente con notificación de los recursos que proceden contra los mismos. El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y, contra el mismo podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, y, sin perjuicio de la formulación de cualquier otro que se estime procedente, podrá interponer previamente al contencioso-administrativo - Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su notificación (o publicación en su caso); no pudiéndose, en este caso, interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que este de reposición sea resuelto expresamente o desestimado presuntamente por el transcurso de un mes desde su interposición sin que se le haya notificado resolución expresa. Torre Pacheco, 16 de noviembre de 2006.¿El Alcalde, Daniel García Madrid. ¿¿