¿OC¿ Torre Pacheco ¿OF¿¿SUC¿ 10673 Anuncio aprobación definitiva del Plan Parcial Residencial, correspondiente al Sector de Suelo Apto para Urbanizar Núm. 8, de Torre Pacheco. ¿SUF¿¿TXC¿ Con fecha 05 de marzo de 2004, el Ayuntamiento Pleno ha aprobado definitivamente el Plan Parcial Residencial al ubicado en el Sector del Suelo Apto para Urbanizar Número 8, de Torre Pacheco, promovido por la mercantil Promociones Antelación, S.L., según proyecto técnico redactado por los Arquitectos, CMMP Arquitectos, cuya parte dispositiva dice así: Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Parcial residencial ubicado en el sector A.U.r núm. 8 Torre-Pacheco, promovido por «Promociones Antelación, S.L», según proyecto técnico redactado por los Arquitectos, CMMP Arquitectos, con las condiciones especificadas en el informe emitido por el Sr. Arquitecto Técnico Municipal, del que se dará traslado a la promotora. Secundo. Determinar que el promotor deberá depositar fianza, por importe de 404.856¿08 euros, equivale al 10 por ciento de la evaluación económica de los costes de urbanización, al amparo de lo dispuesto en el art. 162 de la Ley núm. 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia. Tercero: Remitir un ejemplar del proyecto aprobado definitivamente, junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación, a la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 140. c) de la Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia. Cuarto.- Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», una vez que se haya presentado la referida garantía, de conformidad con lo establecido en los artículos 134 y 139 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico. Quinto.- Notificar estos acuerdos a los interesados en el expediente con señalamiento de los recursos precedentes. Contra el presente acuerdo, que es firme en vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, contado a partir del siguiente día hábil al de recepción de esta notificación (artículos 8.1 y 46.1 de la Ley núm. 29/1998, de 13 de julio, nueva redacción dada por la Ley Orgánica núm. 19/2003, de 23 de diciembre). No obstante, también puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir de la recepción de la presente, ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (artículos 116 y 117 de la Ley núm. 30/1992, de 26 de noviembre, redacción dada por la Ley núm. 4/1999, de 13 de enero, en relación con el artículo 52.1 de la Ley núm. 7/1985, de 2 de abril). Torre Pacheco, 21 de julio de 2004.¿El Alcalde, Daniel García Madrid. ¿TXF¿ ¿¿