¿OC¿ Torre Pacheco ¿OF¿¿SUC¿ 710 Anuncio aprobación definitiva del Plan Parcial Residencial, correspondiente al Sector de Suelo Apto para Urbanizar (Aui) Núm. 6, de Roldán. ¿SUF¿¿TXC¿ Con fecha 03-12-2002, el Ayuntamiento Pleno ha aprobado definitivamente el Plan Parcial Industrial ubicado en el Sector del Suelo Apto para Urbanizar (Aui) Número 6, de Roldán, promovido por Dña. Rosario Martínez Mateo, Caserios del Sur, S.L., Construcciones Juan García, S.A. y Hormigones Mar Menor, S.L., según proyecto redactado por Getni, S.A. Ingeniería Civil, cuya parte dispositiva dice así: Primero.- Aprobar definitivamente, con las salvedades técnicas marcadas, el Plan Parcial Industrial ubicado en el sector A.U.I núm. 6 de Roldán (Torre-Pacheco), promovido por Dña. Rosario Martínez Mateo, Caseríos del Sur, S.L., Construcciones Juan García, S.A., y Hormigones Mar Menor, S.L., según proyecto técnico redactado por Getni, S.A. Ingeniería Civil. Segundo.- Señalar que esta aprobación definitiva queda condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos: - Elaboración de un Texto Refundido donde se recojan las consideraciones impuestas en la aprobación inicial, reubicación de la E.D.A.R. y la inclusión del vial sur de 20 metros en la etapa la del Plan Parcial. El posterior Proyecto de Reparcelación deberá considerar el cumplimiento de las reservas para equipamientos de dominio y uso público. El Proyecto de Urbanización deberá resolver la evacuación de las aguas pluviales. Tercero.- Determinar que la eficacia de este acto de aprobación definitiva quedará condicionada a la presentación de la garantía establecida en el articulo 20.1 de la Ley Regional 12/1986, de 23 de diciembre, de medidas de protección de la legalidad urbanística en la Región de Murcia, en relación con el artículo 46 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico; garantía que deberá constituir la promotora dentro del plazo de un mes a partir de la notificación de los presentes acuerdos. Cuarto.- Remitir un ejemplar del proyecto aprobado definitivamente, junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación, a la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 10/1995, de 24 de abril, de modificación de las atribuciones de los órganos de la Comunidad Autónoma en materia de Urbanismo. Quinto.- Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», una vez que se haya presentado la referida garantía, de conformidad con lo establecido en los artículos 124.1 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y 134 y 139 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico. Quinto.- Notificar estos acuerdos a los interesados en el expediente con señalamiento de los recursos precedentes. Contra el presente acuerdo, que es firme en la vía administrativa, se puede interponer recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, contando a partir de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» (arts. 46.1 y 10.j) de la Ley núm. 29/1998, de 13 de julio). No obstante, también puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», ante el Ayuntamiento Pleno (arts. 116 y 117 de la Ley núm. 4/1999, en relación con el art. 52.1 de la Ley núm. 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley núm. 11/1999, de 21 de abril. Torre Pacheco, 14 de enero de 2003.¿El Alcalde, Francisco Sáez Sáez. ¿TXF¿ ¿¿