Torre-Pacheco ¿OF¿¿SUC¿ 8855 Anuncio aprobación definitiva del Plan Parcial Industrial denominado «La Calera», ubicado en Aui de Balsicas. ¿SUF¿¿TXC¿ Con fecha 03 de agosto de 2001, ha sido acreditada la constitución del aval exigido por el artículo 20.1 de la Ley de la Región de Murcia número 12/1986, de 23 de diciembre. En su consecuencia, habiéndose cumplido la condición impuesta por el acuerdo plenario, de 19 de julio de 2001, procede la publicación de la parte dispositiva de la misma, la cual fue adoptada en los siguientes términos: «Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Parcial Industrial denominado «La Calera», ubicado en el sector Aui de Balsicas (Torre Pacheco), promovido por G.M.I., conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, 1, de la Ley número 10/1995, de 24 de abril (Región de Murcia). Segundo.- Determinar que la eficacia de este acto de aprobación definitiva quedará condicionada a la presentación de la garantía establecida en el artículo 20.1 de la Ley Regional 12/1986, de 23 de diciembre, de medidas de protección de la legalidad urbanística de la Región de Murcia, en relación con el artículo 46 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico; garantía que deberá constituir la promotora dentro del plazo de un mes a partir de la notificación de los presentes acuerdos. Tercero.- Remitir un ejemplar del proyecto aprobado definitivamente, junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación, a la Dirección General de la Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 10/1995, de 24 de abril, de modificación de las atribuciones de los órganos de la Comunidad Autónoma en materia de urbanismo. Cuarto.- Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», una vez que se haya presentado la referida garantía, de conformidad con lo establecido en los artículos 124.1 del Texto Refundido del Suelo y 134 y 139 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico. Quinto.- Notificar estos acuerdos a los interesados en el expediente con señalamiento de los recursos procedentes». Contra el presente acuerdo, que es firme en la vía administrativa, se puede interponer recurso Contencioso- Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, contado a partir de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» (arts. 46.1 y 10.j) de la Ley número 29/1998, de 13 de julio). No obstante, también puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», ante el Ayuntamiento Pleno (arts. 116 y 117 de la Ley número 4/199, en relación con el artículo 52.1 de la Ley número 7/1985, de 2 de abril, en la nueva redacción dada por la Ley número 11/ 1999, de 21 de abril. Torre Pacheco, 08 de agosto de 2001.¿El Alcalde, Francisco Sáez Sáez.