San Pedro del Pinatar 11380 Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del PGOU relativa a la Ordenanza 1B. El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de agosto de 2006, acordó aprobar definitivamente la Modificación Puntual del PGOU relativa a la Ordenanza 1B. Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que contra dicho acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, y en el plazo de dos meses a partir de la misma fecha, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, o cualquier otro que estime procedente en el ejercicio de su derecho. De conformidad con lo previsto en la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, por la que se modifica el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se procede a la publicación de las Normas Urbanísticas de este proyecto. NORMATIVA URBANÍSTICA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA 1B 1.B.2. ALTURA MÁXIMA La altura máxima de la edificación permitida en esta zona será de dos plantas equivalentes a 7 m. Cuando se actúe por manzanas completas, al amparo de un Plan Especial de reforma interior, cabrán remodelaciones volumétricas, con la edificabilidad que corresponda según la Ordenanza, siempre que la altura máxima no exceda de 1,25 veces la anchura de los viales existentes o resultantes, o bien de la suma de la anchura del vial más el retranqueo de la edificación respecto a éste, con un tope de cinco plantas y pase a espacio público un mínimo del 20% del área remodelada. En el supuesto de que se actúe mediante retranqueo obligatorio, éste quedará libre de instalaciones auxiliares y tendrá un mínimo de 3 metros de ancho, no ocupable por sótanos o semisótanos; asimismo el muro ciego de la valla de cerramiento, no tendrá una altura mayor de 1 m. San Pedro del Pinatar a 9 de agosto de 2006.¿El Alcalde, Pedro José Pérez Ruiz.