¿OC¿ San Pedro del Pinatar ¿OF¿¿SUC¿ 16056 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza. ¿SUF¿¿TXC¿ Aprobado en sesión plenaria del día 9 de diciembre de 2004 el expediente de modificación de ordenanza reguladora de precio público para el ejercicio 2005 de Servicios de la Concejalía de Juventud, de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado. Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto. A continuación se hace público el texto de las modificaciones aprobadas, en cumplimiento del art. 17.4 del mismo texto legal. 1.º) Modificar la Ordenanza Reguladora del Precio Público por Servicios de la Concejalía de Juventud. 1.º- Se modifica la denominación de la Ordenanza Reguladora, pasando a llamarse Ordenanza Reguladora del Precio Público por Servicios de la Concejalía de Juventud y Mujer. 2.º- De la Ordenanza Reguladora del Precio Público por Servicios de la Concejalía de Juventud se modifican los siguientes artículos que quedan redactados de la siguiente manera: Articulo 1.º- De conformidad con los dispuesto en los artículos 41 a 47 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por prestación de servicios de la Concejalía de Juventud y Mujer que se regirá por la presente Ordenanza. Artículo 2.º- Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza, quienes se beneficien de los servicios prestados por la Concejalía de Juventud y Concejalía de la Mujer del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar. Artículo 3.º- Se añade un apartado b) que es el siguiente: b) Programas Organizados por la Concejalía de Mujer l.- Programa de formación: Cursos y talleres Cursos de corta duración: Hasta 10 horas: 12,00 ¿ Casos de media duración: Hasta 20 horas: 20,00 ¿ Cursos de larga duración: Más de 20 horas: 30,00 ¿ Los cursos deberán tener un mínimo de 12 y un máximo de 30 participantes. En caso de que el número de asistentes sea inferior a 12 las tasas tendrán un recargo del 50% Los materiales utilizados en cada uno de los cursos serán por cuenta de los asistentes. Los cursos realizados, que sean subvencionados en su totalidad por otros organismos o entidades, serán gratuitos, independientemente de su duración II.- Programa de ocio y tiempo libre: Excursiones, viajes, ... No pudiéndose prever el coste de las actividades con antelación, pues están sujetas a variaciones en función de su duración, del lugar de desarrollo, del número de participantes y del contenido de las mismas, la cuota de inscripción de las mismas será variable, y estará en función de los parámetros enumerados y condicionantes de la actividad. Artículo 4.º- Se modifica el apartado 1: 1- La inscripción se realizará en las Concejalías de Juventud y de Mujer, que fijará los periodos de pago. San Pedro del Pinatar a 13 de diciembre de 2004.¿El Alcalde en funciones, Francisco Hernández Sánchez. ¿TXF¿ ¿¿