San Pedro del Pinatar 10250 Aprobación definitiva de proyecto de reparcelación. El Pleno , en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de junio de dos mil ocho, adoptó el siguiente acuerdo: Aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos de necesaria ocupación a favor de los titulares y en los porcentajes consignados en el parte expositiva de este acuerdo. El Proyecto de Reparcelación aprobado definitivamente recoge respecto de las fincas iniciales, que D. José María Tárraga Martínez es titular de una cuota que representa el 16,6667% del pleno dominio en régimen de pro indiviso de las fincas registrales 1.171, 1.172 y 1.173. En resumen, la participación indivisa de D. José María Tárraga en las fincas mencionadas representa una aportación inicial de 250,50 m2 de suelo, según se desglosa en la siguiente tabla: FINCA REGISTRAL ID. FINCA INICIAL SEGÚN PROY. DE REPARCELACIÓN PARTICIIPACIÓN INDIVISA 16,6667% (1/6) 1171 85 104,83 m² 1172 86 52,50 m² 1173 87 93,17 m² 250,50 m² Respecto de las parcelas resultantes, según el Proyecto de Reparcelación, le corresponde un aprovechamiento de 99,52 U.H. Se Propone que se adjudique este aprovechamiento a los titulares y en los porcentajes que a continuación se indican: - D. Santos Gómez Baño con un 41,73% del pleno dominio. - Dña. Rosario, M.ª Josefa y Begoña del Carmen Gómez Ros con el 13,91% del pleno dominio a partes iguales (1/3) y el 6,967% de la nuda propiedad a partes iguales (1/3), y Dña. Rosario Ros Pérez con el 20,87% del pleno dominio y el 6,96% del usufructo. - Dña. M.ª Pilar, Dña. M.ª Carmen y Dña. Rosa María Gómez Albaladejo con un 16,53% de la nuda propiedad a partes iguales (1/3); y Dña. María Albaladejo Meroño con el correlativo 16,53% del usufructo. Lo que se somete a información pública por plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, durante el cual las personas afectadas por la expropiación y cualesquiera otras interesadas, podrán conocer el contenido del expediente en la Secretaría General (de 9 a 14 horas) y para que puedan aportar por escrito los datos oportunos, rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. La presente publicación se hace, asimismo, a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles afectados desconocidos o de ignorado domicilio. San Pedro del Pinatar, 9 de julio de 2008.¿El Alcalde, José García Ruiz. ¿¿