IV. Administración Local Ricote 938 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal sobre tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público. Mediante acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 10 de diciembre de 2020, se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de Dominio Público Local. El anuncio de este acuerdo fue publicado en el BORM, en su edición de fecha 23 de diciembre de 2020 y núm. 296. Durante el periodo de información pública no se han presentado alegaciones ni reclamaciones y acuerdo referido ha quedado elevado a definitivo. En virtud de lo establecido en el artículo 17 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el texto de la Disposición Transitoria Segunda. Contra este acuerdo solo cabe interponer el recurso contencioso-administrativo, que se podrá interponer a partir de su publicación en el BORM, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción. Texto de la disposición transitoria segunda 1.- Con motivo de los perjuicios económicos ocasionados a consecuencia de la declaración del estado de alarma por la emergencia sanitaria COVID-19, se suspende la aplicación de la Tasa establecidas en esta Ordenanza Fiscal por el concepto de Tasa por ocupación de terreno de uso público con terrazas con mesas y sillas con finalidad lucrativa, y se admite la ampliación del espacio de dominio público ocupado con tal fin hasta el doble de lo actualmente permitido para poder cumplir con las normas del distanciamiento propuestas por las autoridades sanitarias competentes, durante el ejercicio 2021. Ricote, a 12 de febrero de 2021.—El Alcalde-Presidente, Rubén Carrasco Miñano. A-150221-938