IV. Administración Local Ricote 5955 Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de bodas civiles y parejas de hecho. Mediante acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 12 de julio de 2018, se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de Bodas Civiles y Parejas de Hecho. El anuncio de este acuerdo fue publicado en el BORM, en su edición de fecha 22 de septiembre de 2018 y número 220. Durante el período de información pública no fueron presentadas alegaciones ni reclamaciones y acuerdo referido ha quedado elevado a definitivo. En virtud de lo establecido en el artículo 17 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el texto íntegro de las modificaciones. Contra este acuerdo solo cabe interponer el recurso contencioso-administrativo, que se podrá interponer a partir de su publicación en el BORM, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción. TEXTO DE LA MODIFICACIÓN ARTÍCULO 5 DE LA ORDENANZA Se añade el siguiente texto: La cuota tributaria vendrá determinada por las siguientes tarifas. -Por la solicitud de celebración de matrimonio civil en el Ayuntamiento, 300 ? Los vecinos de la localidad inscritos en el Padrón de Habitantes con una antigüedad superior al año, 50 ? -Por cada solicitud de inscripción de alta, baja o anotación marginal en el Registro Municipal de Parejas de Hecho, 40 ? Para parejas jóvenes menores de 35 años que establezcan su residencia habitual en Ricote la tramitación será gratuita. La residencia deberá mantenerse durante al menos 4 años. Ricote, 16 de octubre de 2020.?El Alcalde, Rafael Guillamón Moreno. A-271020-5955