IV. Administración Local Puerto Lumbreras 2345 Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la ocupación del dominio público de terrazas y otros elementos análogos con la finalidad lucrativa para servicios comerciales de restauración y similares por particulares y de su tasa. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 21 de diciembre de 2021, aprobatorio de la “Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Ocupación del Dominio Público de Terrazas y Otros Elementos Análogos con la Finalidad lucrativa para Servicios Comerciales de Restauración y Similares por Particulares y de su Tasa”, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Ordenanza fiscal reguladora de la ocupación del dominio público de terrazas y otros elementos análogos con la finalidad lucrativa para servicios comerciales de restauración y similares por particulares y de su tasa Se modifica en el siguiente sentido: - Añadir al texto articulado una Disposición Adicional con la siguiente redacción: “Se suspende temporalmente la aplicación de esta Ordenanza con efectos para todo el año 2021, y hasta el 31 de diciembre, con motivo de la pandemia generada por el COVID-19” Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Puerto Lumbreras, 8 de abril de 2022.—La Alcaldesa, M.ª Ángeles Túnez García. A-120522-2345