IV. Administración Local Puerto Lumbreras 6579 Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de cementerio municipal. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras de fecha 30 de mayo de 2017, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de prestación del servicio de Cementerio Municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. ?Se modifica la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de Cementerio Municipal, en el siguiente sentido: - Artículo 6-, En el apartado A) ?Tarifa por prestación de servicios del artículo 2.1 de la Presente Ordenanza?, se introduce este nuevo supuesto: EXHUMACIONES CON INCINERACIÓN TARIFA A) Exhumación con incineración en nicho, panteón o columbario dentro del Cementerio municipal?????????????????????????????280,00 ?. B) Exhumación con incineración en nicho, panteón o columbario por traslado fuera del municipio?.?????????????????????????????.280,00 ?. En el apartado B) en el que actualmente se dice: ?Tarifa por concesión a perpetuidad del dominio público...?, elimina la referencia ?a perpetuidad?. Y, se introducen 4 nuevas agrupaciones, con la siguiente redacción: - Por cada nicho en pabellón 7.ª derecha calle Nuestra Señora de las Huertas y Nuestra Señora del Rosario???....1.085,00 ?. - Por cada nicho en pabellón 8.ª derecha calle Nuestra Señora de las Huertas y Nuestra Señora del Rosario???.?.1.085,00 ?. - Por cada nicho en pabellón 10.ª derecha calle Nuestra Señora del Carmen y Nuestra Señora de las Huertas?...??1.085,00 ?. - Por cada nicho en pabellón 12.ª derecha calle San Clemente y Nuestra Señora del Carmen??????????...1.085,00 ?. Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región. Puerto Lumbreras, 15 de septiembre de 2017.?La Alcaldesa-Presidenta, M.ª Ángeles Túnez García. A-280917-6579