Puerto Lumbreras 1505 Aprobación definitiva de modificación de Ordenanza fiscal. El Pleno del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2008, aprobó provisionalmente la Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la realización administrativa de expedición de documentos administrativos. Habiendo transcurrido el plazo de 30 días de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, dicho acuerdo ha quedado elevado a definitivo y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se procede a la publicación íntegra de la referida modificación Modificación del art. 7.º 2. Epígrafe segundo: Certificaciones y compulsas, añadiendo los siguientes apartados: 6. Solicitud de certificados de exención en caso de concederse (IVTM, IBI): 30 euros. 7. Por cada proposición para tomar parte en procedimientos de contratación: 50 euros Contra la referida modificación de la Ordenanza Fiscal se podrá formular recurso Contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Puerto Lumbreras a 26 de enero de 2009.?El Alcalde, Pedro Antonio Sánchez López. ??