IV. Administración Local Puerto Lumbreras 6298 Aprobación definitiva del expediente de modificación del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación del Sector SR-2.1 (anterior SAET-3), tramitado a instancia de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación del Sector “URSAET 3” del PGMO de Puerto Lumbreras. Por Resolución de la Alcaldía n.º 1870/2021, de 6 de octubre, se ha aprobado definitivamente el expediente de modificación del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación del Sector SR-2.1 (anterior SAET-3), tramitado a instancia de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación del Sector “URSAET 3” del PGMO de Puerto Lumbreras con CIF: V-73730277. Lo que se hace público para general conocimiento, informando que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Murcia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente. En Puerto Lumbreras a 8 de octubre de 2021.—La Alcaldesa, M.ª Ángeles Túnez García. A-191021-6298