IV. Administración Local Pliego 6672 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal 2011 reguladora de la tasa por la utilización de acometidas y servicios de alcantarillado. Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo de Ordenanzas Fiscales, que han de regir durante el ejercicio 2011, sin que se haya producido reclamación de tipo alguno, se eleva a definitivo el acuerdo adoptado publicándose el texto de las modificaciones introducidas, al objeto de dar cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 17 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales. MODIFICACIONES: ORDENANZAS FISCALES 2011 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA AUTORIZACIÓN DE ACOMETIDAS Y SERVICIOS DE ALCANTA­RILLADO Artículo 7. Cuota tributaria I. El importe estimado de esta Tasa, no excede, en su conjunto del coste previsible de este Servicio, para cuya determinación se han teni­do en cuenta los informes técnicoeconómicos a que hace referencia el artículo 25 de la Ley 39/1988. 2. La cuota tributaria a exigir por la pres­tación de los servicios de alcantarillado y depura­ción, será la siguiente: Concepto Cuota (euros) Viviendas. Por alcantarillado, cada m³: 0,239223 Fincas y locales no destinados exclusiva­mente a vivienda: Por alcantarillado, cada m³ 0,239223 Acometida red alcantarillado: siendo realizada por el interesado, bajo la dirección de los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento. CASCO URBANO. 35?57 Acometida red alcantarillado: siendo realizada por el interesado, bajo la dirección de los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento. ZONA RÚSTICA. 336?23 Pliego, 15 de abril de 2011.?La Alcaldesa-Presidenta, Isabel Toledo Gómez. A-230411-6672