IV. Administración Local Murcia 6508 Aprobación definitiva de la modificación puntual de la ordenanza reguladora de la ocupación de vía pública con terrazas y otras instalaciones. Por el Pleno del Ayuntamiento de Murcia en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2022, se aprobó inicialmente la modificación puntual de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas y otras Instalaciones, y someter el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días, para presentar reclamaciones y sugerencias. El anuncio se insertó en el BORM n.º 162 de fecha 15 de julio de 2022, habiéndose presentado alegaciones las cuales han sido resueltas procediéndose a su aprobación definitiva en sesión ordinaria de Pleno de 24 de noviembre de 2022, insertándose a continuación su texto íntegro según dispone el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. “Inclusión en el texto de la Ordenanza reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas y Otras Instalaciones de la siguiente disposición adicional: Disposición adicional: Las autorizaciones excepcionales de ocupación de vía pública con terrazas y otras instalaciones que hubieran sido concedidas en zonas de aparcamiento hasta el 31 de diciembre de 2021, mantendrán su vigencia durante un plazo máximo de un año prorrogable por otro más, sin perjuicio de la obligación de pago de la tasa de ocupación del suelo que por tal motivo fuera exigible. Aquellas autorizaciones de terrazas en zonas de aparcamiento que por motivos de ejecución del Plan de Movilidad u otros previstos en la Ordenanza hubieran de ser revocadas, lo serán de conformidad con los supuestos legalmente previstos, sin derecho a indemnización alguna por tal concepto. A los titulares de las terrazas en zonas de aparcamiento les serán de aplicación en su integridad las disposiciones de la Ordenanza a la que se incorpora esta Disposición Adicional, salvo en la prohibición de ocupar calzada de acceso rodado.” Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del siguiente día al de la publicación del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Murcia, 30 de noviembre de 2022.—El Secretario Gral. del Pleno, Antonio Marín Pérez. A-141222-6508