¿ O C ¿ Murcia ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 11822 Gerencia de Urbanismo. Aprobación definitiva de la modificación del artículo 16 bis de las ordenanzas municipales de edificación, consistente en la adición de un inciso. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 13 de septiembre de 1999, acordó aprobar definitivamente una modificación del artículo 16 bis de las Ordenanzas Municipales de Edificación, consistente en la adición de un inciso, con el siguiente texto: «Conversión de edificabilidad de metros cúbicos a metros cuadrados.-La edificabilidad asignada a una parcela, expresada en metros cúbicos en aplicación del Plan General vigente se podrá traducir en metros cuadrados, en fincas de uso residencial o de equipamiento, dividiendo tal edificabilidad por el índice 3. En cualquier caso habrán de respetarse las alturas libres de planta establecidas en el artículo anterior y la altura máxima del edificio prevista por el planeamiento. En fincas de uso de equipamiento si, por así permitirlo el planeamiento, se plantea una altura libre de planta superior a 3 metros, no será posible aplicar el presente régimen de traducción de edificabilidad de metros cúbicos a metros cuadrados para aquellas fincas incluidas en las subzonas por uso IV y VI». Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el «Boletín oficial de la Región de Murcia», y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Órgano de dicha jurisdicción y en el plazo indicados. Murcia, 24 de septiembre de 1999.¿El Teniente de Alcalde de Urbanismo.