IV. Administración Local Murcia 71 Aprobación del Proyecto de Innecesariedad de Reparcelación de la UE-Md3a de Monteagudo (Gestión-Concertación Directa: 007GD23 – GF. 2023/00403/000075). La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2024, adoptó acuerdo cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Primero: Aprobar el Proyecto de Innecesariedad de Reparcelación de la UE-Md3a de Monteagudo, presentado por D. Enrique Mínguez Martínez en representación de D.ª M.ª Carmen Cuello Villaescusa. Segundo: Aceptar las cesiones a la Administración con destino a sistemas generales vinculados a la Unidad de Actuación, viales, espacios libres verdes de protección, zonas verdes ajardinadas, equipamientos públicos y centro de transformación que se concreta en la parcela de resultado A3 con una superficie de 254,75 m2. En cuanto al 10% de aprovechamiento urbanístico objeto de cesión obligatoria a favor del Ayuntamiento se indica que se trata de una unidad de actuación en suelo urbano consolidado, siendo la finalidad de este ámbito según la ficha 86 de las NN.UU. la de peatonalizar el inicio de la subida al Castillo, no suponiendo asimismo la actuación un incremento en la edificabilidad respecto de lo contemplado en el P.G.O.U., por lo que en aplicación de los indicado en el artículo 86.2 de la LOTURM no se realiza cesión del 10% del aprovechamiento urbanístico. Para compensar el déficit de aprovechamiento de la UE-Md3b, de conformidad con lo recogido en el punto 14 del Proyecto de Subdivisión de la UE-Md3, se delimita la parcela A2 de tipología RM de 199,56 m2 de superficie que se ajusta a la cesión con carácter fiduciario al Ayuntamiento de Murcia, con una edificabilidad de 798,24 m2 Tercero: Proceder a la publicación del presente acuerdo, conforme a lo establecido en el artículo 199.3.b de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia. Cuarto: Facultar al Teniente de Alcalde de Planificación Urbanística, Huerta y Medio Ambiente para la firma de cuanta documentación sea necesaria para la efectividad del presente acuerdo. Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la presente publicación, y contra la resolución, expresa o presunta, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses si esta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Igualmente se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicado. El citado Proyecto de Urbanización se podrá consultar tanto en la web municipal: http://urbanismo.murcia.es/infourb/, como en en el Servicio Administrativo de Gestión Urbanística ubicado en la 3.ª planta del Edificio Municipal de Servicios Abenarabi, sito en Avda. Abenarabi, 1/A, Murcia. Murcia, 20 de noviembre de 2024.—El Alcalde, P.D. La Directora de la Oficina de Gobierno Municipal, M.ª Ángeles Horcajada Torrijos. A-070125-71