Murcia 17238 Aprobación definitiva del proyecto de expropiación, por tasación conjunta, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del Eje Viario ?La Fica-Beniaján?. (Gestión-Expropiación 0118GE08). El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de noviembre de 2008, ha acordado aprobar definitivamente el Proyecto de Expropiación, por el procedimiento de Tasación Conjunta, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del ?Eje Viario La Fica-Beniaján, desde la glorieta de conexión con Ronda Sur hasta Beniaján?, que afecta a una superficie de 6.482,74 m² y comprende 11 parcelas. La relación de parcelas afectadas, sus propietarios, superficies y elementos, es la siguiente: * Parcela N.º 45.c: Titular: Promociones Paco Rabadán, S.L.. Superficie a expropiar: 116,57 m² Carece de edificaciones y plantaciones. Contiene un cerramiento metálico o de fábrica. * Parcela N.º 78.b: Titular: Promociones y Proyectos Murcilor S.L. Superficie a expropiar: 226,73 m² Plantaciones de cítricos. Carece de edificaciones. * Parcela N.º 79.a: Titular: Promociones y Proyectos Murcilor S.L. Superficie a expropiar: 626,96 m² Plantaciones de cítricos y níspero. * Parcela N.º 80.a: Titular: D. Damián Montoya González. Superficie a expropiar: 1.431,91 m² Contiene edificaciones de nave industrial, oficinas y nave sin cerramiento. Otros elementos: puerta manual de reja de hierro, cerramiento metálico o de fábrica y fábrica de bloques de 20 cm hasta 2 m. Carece de plantaciones. * Parcela N.º 81.a: Titular: D. Ángel Belmonte Jiménez. Superficie a expropiar: 236,92 m² Edificaciones: garaje, almacén, trastero. Plantación de frutales. * Parcela N.º 82.a: Titular: Torresol S.L. Superficie a expropiar: 1.941,31 m² Carece de edificaciones y plantaciones. * Parcela N.º 82.b: Titular: Torresol S.L. Superficie a expropiar: 851,99 m² Carece de edificaciones y plantaciones. * Parcela N.º 82.c: Titular: Torresol S.L. Superficie a expropiar: 129,54 m² Carece de edificaciones y plantaciones. * Parcela N.º 83.a: Titular: Torresol, S.L. Superficie a expropiar: 708,94 m² Carece de edificaciones y plantaciones. * Parcela N.°88.a: Titular: Herederos de Fuensanta Cano Paredes. Superficie a expropiar: 19,67 m² Tiene cerramiento metálico o de fábrica. Carece de edificaciones y plantaciones. * Parcela N°90.A: Titular: D. Ángel Belmonte Jiménez. Superficie a expropiar: 192,20 m² Edificaciones: vivienda unifamiliar aislada, garaje, almacén y trastero. Carece de plantaciones. Lo que se somete a información pública por el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, durante el cual los interesados podrán conocer el contenido del expediente en esta Gerencia de Urbanismo, Servicio de Gestión Urbanística (de 12 a 14 horas). En el mismo plazo de veinte días el interesado deberá manifestar si acepta la hoja de aprecio municipal lisa y llanamente o bien si la rechaza expresamente. En este último caso, el expediente sería remitido al Jurado Provincial de Expropiación para fijación del Justiprecio. Le significo que, de conformidad con lo establecido por el artículo 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, la presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, según lo establecido en los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, con carácter potestativo podrá formularse recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o en que éste deba entenderse desestimado por silencio administrativo. La presente publicación se hace, asimismo, a los efectos previstos en el Art.° 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en cuanto a posibles afectados desconocidos o de ignorado domicilio. Murcia, 9 de diciembre de 2008.?El Teniente-Alcalde de Ordenación Territorial y Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ??