Murcia 16892 Aprobación definitiva del Proyecto de Plan Especial de reforma interior en parcela colindante a la finca catalogada 2ED-Az07, Algezares. El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Plan Especial de reforma interior en parcela colindante a la finca catalogada 2ED-Az07, Algezares. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el art.º 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el art.º 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o, intentada ésta, no se hubiese podido practicar y, en particular a Hros. De D.ª M.ª Loreto Jiménez Barceló y D. Fulgencio Vives Mármol (y 1). El texto de las normas urbanísticas del referido Plan Especial es el siguiente: ¿O-1.- GENERALIDADES Las presentes Ordenanzas tienen por objeto la regulación de las actividades de edificación y uso del suelo en el ámbito del Plan Especial y por tanto las condiciones que han de tener en cuenta para su cumplimiento la futura edificación en todos y cada uno de los aspectos siguientes: - Edificabilidad (volumen, altura, ocupación) - Usos permitidos. - Vuelos. - Aparcamientos. - Condiciones estéticas. En cuanto a la definición de conceptos no parece necesario por tener el mismo significado que el contenido en las OO.MM. del Plan General, suficientemente conocidos. El proyecto de edificación que se realice se ajustará a las disposiciones generales del PGOU de Murcia, salvo en aquellas determinaciones que sea conveniente precisar dadas las particularidades de este Plan Especial. O-2.- RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO. O-2.1.- CALIFICACIÓN DEL SUELO: USOS PORMENORIZADOS. Uso global: residencial Usos pormenorizados: Talleres Domésticos, Comercial local, Oficina y Servicios profesionales, Restauración espectáculos y ocio, Hospedaje, Equipamientos, Espacios Libres, Garajes. O-2.2.- ESTUDIOS DE DETALLE. Podrán realizarse con las finalidades previstas en el artículo 120 del TRLSRM. O-2.3.- PARCELACIONES Y REPARCELACIONES. Se establece una única Unidad de Actuación que de acuerdo con la cédula urbanística y con el presente plan será urbanizable directo sin que sea necesario proyecto de innecesariedad de reparcelación. O-2.4.- PROYECTOS DE URBANIZACIÓN. No existe urbanización por cuanto que el terreno objeto del presente Plan Especial tiene la condición de solar. No obstante, se estará a lo que establezcan las compañías suministradoras para los correspondientes servicios urbanísticos. O-3.- NORMAS DE EDIFICACIÓN. O-3.1.- CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS OBRAS EN RELACIÓN CON LAS VÍAS PÚBLICAS. Se cumplirán todas las prescripciones y previsiones relativas a la seguridad ciudadana. O-3.2.- CONDICIONES GENERALES DE EDIFICACIÓN, VOLUMEN Y USO. Se cumplirán las disposiciones contenidas en el PGOU de Murcia, salvo en aquellas determinaciones de carácter restrictivo del presente Plan Especial, o bien que por ser nuevas en el Plan General, recientemente aprobado, sea conveniente precisar. 1. Normas. 1.1-Normas de edificabilidad: Edificabilidad TOTAL: 2.061,82 m² Compuesta por la suma de la Edificabilidad correspondiente a cada FRAGMENTO: Edificabilidad del fragmento 1: 715,44 m² Edificabilidad del fragmento 2: 1.072,36 m² Edificabilidad del fragmento 3: 274,02 m² 1.2-Altura: El número de plantas no excederá del que le corresponda a la calle de su emplazamiento. Salvo en el fragmento 2 donde la altura es la original del edificio (según las condiciones de actuación establecidas en la LEY 16/85 de Patrimonio Histórico Español) y por tanto el número de plantas será el equivalente al reparto de la altura total del edifico aplicando las condiciones de altura máxima que establece el art.16.3 de las O.O.M.M del Ayuntamiento de Murcia. La forma de medir la altura será según las OO.MM. Por encima de esta altura se permitirán las instalaciones y construcciones que recogen las normas urbanísticas y OO.MM. del PGOU de Murcia. 1.3-Ocupación: La ocupación será la fijada en el plano P3 de este Plan Especial. En el caso del fragmento1, fragmento2 y el fragmento 3 esta rebasará el fondo máximo edificable para conseguir unificar los fragmentos de la finca y proyectar la edificación conjuntamente (objeto de este plan). 1.4-Alineaciones y vuelos. Serán las fijadas en las OO.MM. 1.5-Usos permitidos: El uso global será el de residencial. El uso de sótano es aparcamiento. 2.- Viario Es el existente: Calles San Juan, Saavedra Fajardo y Agustín Ruiz. Todas estas vías están pavimentadas y en perfecto estado de funcionamiento. El acceso al aparcamiento se establece por la calle San Juan tal y como se indica en los planos de ordenación. (P-4) 3.- Normas sobre ruidos. Se estará en todo a las OO.MM. del PGOU de Murcia y disposiciones complementarias que el afecten. 4.- Normas constructivas. En lo referente al tratamiento de la obra y según la Ficha 127 se tendrán en cuenta las siguientes indicaciones: En primer lugar se desmontarán las cerchas de madera que componen la cubierta para su posterior rehabilitación y reposición, posteriormente se procederá a la intervención en el interior del edificio dejando en pie los muros de carga perimetrales que sustentan las cubiertas y se instalará una estructura auxiliar interna de vigas horizontales en celosía que salvaguarden la estabilidad de los muros durante la ejecución de los trabajos. Se realizará entonces la excavación del solar por bataches para llevar a cabo la construcción de los muros de sótano que irán sustituyendo la cimentación superficial de los muros de carga de la estructura original. Una vez ejecutadas al completo las obras correspondientes a los sótanos del nuevo edificio se procederá al levantamiento de la estructura que en fragmento 2 será interna a los muros de carga sustituyendo paulatinamente a la estructura auxiliar y que quedará literalmente embebida en la estructura original. Concluidos estos trabajos se realizará la cubrición del edificio que en el fragmento 2 se realizará con las cerchas originales. En lo referente a la fachada a conservar se realizarán los trabajos de adaptación a su nuevo uso y la rehabilitación de la misma conservando los elementos ornamentales y compositivos más significativos.¿ Murcia, 1 de diciembre de 2008.¿El Teniente de Alcalde de Ordenación Territorial y Urbanismo, P.D., ¿¿