Murcia 15263 Gerencia de Urbanismo. Aprobación definitiva del proyecto de Plan Especial de Reforma Interior en un edificio sito en C/ Gran Vía Escultor Salzillo, n.º 9 de Murcia (Edificio ¿Banco Exterior de España¿). El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2007, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Plan Especial de Reforma Interior en un edificio sito en C/ Gran Vía Escultor Salzillo, n.º 9, de Murcia (edificio ¿Banco Exterior de España¿). Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o, intentada ésta, no se hubiese podido practicar. El texto de las normas urbanísticas del referido Plan Especial es el siguiente: "1.- Por el presente Plan Especial, se determina la conservación de la fachada del edificio objeto del mismo, sito en C/ Gran Vía Escultor Salzillo, n.º 9, de Murcia desde el suelo hasta la cornisa de la planta número ocho, inclusive. No obstante se podrán adaptar los huecos de planta baja o planta uno en la forma dibujada en los alzados que se contienen el adjunto Plano PE-2. Se podrá demoler la actual planta nueve, así como aquellos elementos constructivos o estructurales interiores que resultare aconsejable por razones técnicas o funcionales. 2.- Por encima de la cornisa se autoriza una planta más, es decir, la número nueve, retranqueada en su contorno 3,25 m desde el plano de fachada de la alineación actual general del edificio, en todo su fondo y extensión, es decir, con la alineación expresada en el adjunto Plano PE-1. 3.- En aplicación adaptada de la Ordenanza 23 se autoriza la construcción de una planta bajo cubierta en los términos expresados en el presente y en el adjunto Plano PE-1, bajo el plano inclinado 21'80 º (40%) que pasa por la cota superior del plano vertical delimitado por la alineación definida para la planta nueve, y la altura de remate o coronación máxima. Dicho espacio bajo cubierta podrá ser destinado a uso de vivienda. 4.- Las alturas y planos de delimitación se entenderán medidas hasta las caras inferiores de los forjados respectivos, y tendrán la consideración de límites máximos. 5.- El presente Plan Especial no considera ninguna otra modificación de las Normas y Ordenanzas de aplicación, por tanto, continuarán siéndolo todas aquellas no modificadas en los anteriores apartados y los planos del mismo, así como el resto de la Normativa del Plan General de Ordenación Urbana que estuviere en vigor". Murcia, 17 de octubre de 2007.¿El Teniente de Alcalde de Ordenación Territorial y Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿¿