Murcia 13554 Aprobación definitiva Proyecto de Plan Especial en Rambla del Carmen, n.º 14 y calle del Cid, en Cabezo de Torres. El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2007, acordó aprobar definitivamente el Proyecto de Plan Especial en Rambla del Carmen, n.º 14 y calle del Cid, en Cabezo de Torres. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el art.º 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el art.º 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o, intentada ésta, no se hubiese podido practicar. El texto de las normas urbanísticas del referido Plan Especial es el siguiente: ¿Normativa de aplicación En lo relativo a las condiciones específicas de aplicación en las ordenación proyectada se atendrán a la siguiente normativa: RD1-a ¿Vivienda unifamiliar adosada y unifamiliar con acceso común¿ En idéntico sentido de la ordenación anterior, serán de aplicación en el ámbito del presente PERI, las normas del Plan General de Ordenación Urbana de Murcia para la Norma RD1 ¿Vivienda Unifamiliar adosada¿, regulada por el Capítulo 9 de las Normas, a las que será necesario incorporar un concepto nuevo: Ocupación.- En manzana de nueva promoción, de superficie superior a 1.200 m², podrá edificarse bajo la tipología de fachadas a Espacios Libres Privados; esto es, el espacio no edificable interior a la parcela será de uso común de la manzana, pudiendo destinarse la edificación resultante a vivienda unifamiliar con acceso común. Las alineaciones proyectadas, tanto en ocupación de planta baja como en la proyección en planta de las viviendas, deberán considerarse envolventes máximas, pudiendo proyectarse vuelos y entrantes con las limitaciones propias de las Ordenanzas Municipales de la Edificación. No se permitirá en ningún caso la construcción de buhardillas bajo cubiertas previstas en el Art. 23 (modificado) de las Ordenanzas Municipales de Edificación y el Art. 4.5.11 de las Normas del Plan General, que regulan la edificación de Áticos y Cubiertas. Deberán considerarse por lo tanto las siguientes condiciones de edificación para la parcela calificada como RD1-a Uso característico: Residencial, en vivienda unifamiliar y vivienda unifamiliar con acceso común en Bloque 1. Uso compatible: Talleres domésticos, Comercio Local, Oficinas y Servicios Profesionales, Equipamientos, Garajes en sótano y Planta Baja. En relación con las condiciones particulares de edificación se ajustarán al siguiente cuadro: Concepto Parámetro Norma Proyecto Observaciones Parcelación Parcela mínima 90 m² 1.357,63 m² Longitud de fachadas 6 ml Diámetro inscrito 6 ml Fondo mínimo Uso Uso característico Residencial Residencial Accesos Comunes Uso compatible Com. Local Com. Local En planta baja Altura Número de plantas III III Altura de cornisa 10,00 ml 10,00 ml Volumen Volumen (m³) -- Edificabilidad (m²/t) -- 2.402,68 +vuelos Fondo máximo 15 ml 15ml En plantas altas Vuelo máximo 0,50/0,70 0,50/0,70 Calle de 8 a 10 ml Vuelo máximo 1,00 1,00 C/ mayor de 12 m Longitud máx. de vuelos 75%-- 75%-- Longitud de fachada Retranqueo Retranqueo a fachada 3,00 ml 3,00 ml En planta segunda Espacios comunes diáfanos 75,45 m² En Bloque 1, planta 1.ª para acceso a viviendas Ocupación Ocupación (%) 100% 79,63% Planta Baja Comercial en Bloque 1 Ocupación (m²) 1.357,63 m² 1.134,33 m² Idem. Las viviendas de Planta Primera en BLOQUE 1, podrán abrir luces y vistas sobre los Espacios libres diáfanos de acceso común. Murcia, 9 de octubre de 2007.¿El Teniente de Alcalde de Ordenación Territorial y Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿¿