Murcia 3874 Aprobación definitiva del proyecto de modificación del Plan Parcial de Equipamientos en el Cabezo Cortado (Sector TM-359 del Plan General). El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 26 de enero de 2006, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Modificación del Plan Parcial de equipamientos en el Cabezo Cortado (Sector TM-359 del Plan General). Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el art.º 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el art.º 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o, intentada ésta, no se hubiese podido practicar. El texto de las normas urbanísticas de la referida Modificación de Plan Parcial es el siguiente: ¿0 - ORDENANZAS 0.1.- Introducción. Las presentes ordenanzas determinan por cada uno de los distintos usos pormenorizados previstos en el Plan Parcial las condiciones a que han de sujetarse las futuras parcelaciones, en los siguientes aspectos: - Edificabilidad (volumen, altura, ocupación). - Usos permitidos. - Vuelos. - Aparcamientos. - Condiciones estéticas. - Parcela mínima. Los proyectos de edificación que se realicen se ajustarán asimismo a las disposiciones Generales del Plan General de Ordenación Urbana de Murcia, salvo en aquellas precisiones de carácter restrictivo, que se señalan en las Ordenanzas particulares del presente Plan parcial. 0.2.- Régimen Urbanísticos del Suelo: 0.2.1.- Calificación del suelo: Usos pormenorizados: - Uso global = Equipamientos. - Usos pormenorizados: - Parcelas edificables, espacios libres de dominio y uso público, parque deportivo y viales. - Parcelas edificables: - Parcelas de equipamientos y servicios 0.2.2.- Estudios de detalle: Al estar definidas en su totalidad en el Plan Parcial las alineaciones de edificación y la ordenación de los volúmenes, los estudios de detalle, regulados por el Art. 14 de la Ley del suelo y 66 del Reglamento de Planeamiento solamente podrán desarrollarse con la finalidad exclusiva de reajustar alineaciones, siempre que no se aumente la ocupación de suelo por edificaciones ni la edificabilidad, y su ámbito comprenderá, como mínimo una manzana completa. En este sentido podrá subdividirse, mediante vías peatonales de acceso, una manzana en dos o más parcelas y agrupar dos manzanas en una. También podrá redistribuirse la edificabilidad que afecta a las distintas manzanas. Art. 2.1.3, apartado 3. Estatuto Jurídico de la Propiedad del Suelo del Plan General de Ordenación Urbana de Murcia: Una vez aprobado definitivamente el correspondiente proyecto de gestión en un polígono o unidad, sólo podrá permitirse transferir edificabilidad entre dos o más parcelas situadas dentro de dicho ámbito, siempre que tengan el mismo uso, se trate de tipologías de edificación aisladas o se actúe por manzanas completas, y la edificabilidad transferida no supere el 20% de la finca que la tenga mayor. Las condiciones de edificación de las fincas objeto de transferencia de edificabilidad se ordenarán a través de un Estudio de Detalle.- 0.2.3.- Parcelaciones y reparcelaciones: En las parcelaciones y reparcelaciones que puedan realizarse en la ejecución del presente Plan Parcial, se respetarán las determinaciones de la Ley del Suelo en sus artículos 94 a 102, y del Reglamento de Gestión urbanística en sus artículos 71 a 130. 0.2.4.- Proyectos de urbanización: En el Proyecto de urbanización correspondiente a la única Unidad de Actuación de que consta el Plan Parcial TM-359, se tendrá en cuenta los requisitos fijados por los Art. 67 y 70 del Reglamento de Planeamiento y las siguientes condiciones de cálculo: - Abastecimiento: * Caudal = 250 litros/hab. y día, consumidos en 14 horas/día. * Velocidad máxima = 1,2 m./seg. * Velocidad mínima = 0,5 m./seg. * Presión máxima = 60 m.c.a. * Tubería: Presión nominal = 20 atm. Presión de servicio = 10 atm. - Red Saneamiento: * Caudal = Pluviales = Recogida de cubiertas a 100 l./seg. y Ha. * Pendiente mínima = 1/1.000. * Velocidad máxima = 4 m./seg. * Velocidad mínima = 0,5 m./seg. - Red de Electricidad: * Potencia instalada por habitante = 0,6 KW. * Locales comerciales = 100 vatios/ m2. * Equipamientos = 100 vatios/ m2. * Las conducciones serán subterráneas. - Alumbrado: * Niveles de iluminación: * Calles 12 m. o más = 15 Lux. * Calles menores 12 m. = 10 Lux. * Calles peatonales = 10 Lux. * Las conducciones serán subterráneas. 0.3.- Normas de edificación: 0.3.1.- Condiciones técnicas de las obras en relación con las vías públicas: Se cumplirán todas las prescripciones y previsiones relativas a la Seguridad ciudadana. Las edificaciones deberán estar separadas un mínimo de 50 metros respecto de la arista exterior de la Autovía Murcia Alicante y de 25 metros en el caso de la Carretera N-301 tal como se refleja en el Plano n.º 8 de Límites de Edificación. 0.3.2.- Condiciones generales de edificación volumen y uso: Se cumplirán las determinaciones contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana de Murcia, salvo en aquellas cuestiones que, con carácter limitativo, se señalan en las Ordenanzas particulares del presente Plan Parcial. 0.3.3.- Normas particulares de zona: Ordenanzas 1) Parcelas de equipamientos terciarios. 2) Parcelas de equipamientos y servicios. ORDENANZA 1: PARCELAS DE EQUIPAMIENTOS TERCIARIOS: - M³ Edificables: Los m³ edificables serán los que se fijan en el Anexo a la Memoria denominado ¿Datos Numéricos¿ del presente Plan Parcial con un total de 165.078¿76 m³. - Altura: la que determine el tipo de edificación con un máximo de 6 Plantas - Vuelos: Se permiten. - Ocupación: será como máximo el 60% de la parcela neta. - Retranqueos: serán de 5 metros a todos los linderos. - Usos: Será el correspondiente al destino del Equipamiento. ORDENANZA 2: PARCELAS DE DOTACIONES Y SERVICIOS: 2.1. Equipamiento Centro de interés social: - M³ Edificables: Los m³ edificables serán los que se fijan en el Anexo a la Memoria denominado ¿Datos Numéricos¿ del presente Plan Parcial con un total de 6.614 m³. - Altura: la que determine el tipo de edificación con un máximo de 6 Plantas - Vuelos: Se permiten. - Ocupación: será como máximo el 60% de la parcela neta. - Retranqueos: serán de 5 metros a todos los linderos. - Usos: Será el correspondiente al servicio previsto para sus instalaciones complementarias. 2.2. Espacios Libres: Edificabilidad: De 0,1 m²/ m² y altura de 1 planta.¿ Murcia, 2 de marzo de 2007.¿El Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿¿