Murcia 9859 Gerencia de Urbanismo. Aprobación definitiva del Programa de Actuación y del Proyecto de Innecesariedad de Reparcelación para la gestión mediante el sistema de Concertación Directa de la Unidad de Actuación Frondoso Valley, fase I del Sector TA-368 Torreguil (expediente 0308D05). La Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en su sesión celebrada el 10/05/06 ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo: «Aprobar definitivamente el Programa de Actuación y el Proyecto de Innecesariedad de Reparcelación, para la gestión mediante el sistema de Concertación Directa para la gestión de la Unidad de Actuación Frondoso Valley, fase I, del Sector TA-368 de Torreguil», presentado a esta Administración por «Promilorci, S.L.». Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de recepción de la presente notificación y contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses a contar del siguiente día a aquel en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Igualmente se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicado. Murcia, 15 de mayo de 2006.¿El Teniente Alcalde Delegado de Urbanismo.