¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 4353 Gerencia de Urbanismo. Aprobación definitiva del proyecto de Plan Especial de reforma interior en suelo urbano en Camino Viejo de Monteagudo, en Zarandona. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2005, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Plan Especial de Reforma Interior en suelo urbano en Camino Viejo de Monteagudo. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o, intentada ésta, no se hubiese podido practicar. El texto de las normas urbanísticas del referido Plan Especial es el siguiente: «El uso de las viviendas unifamiliares adosadas con acceso por una zona privada ajardinada en primera planta comunicada por dos núcleos de escaleras y ascensores. La totalidad de la planta de sótano para uso de garaje. La totalidad de la planta baja para uso no residencial, de acuerdo con la normativa del P.G. de Ordenación. En plantas superiores para uso de viviendas unifamiliares adosadas, de acuerdo con la normativa del Plan General de Ordenación». Murcia, 28 de febrero de 2006.¿El Teniente de Alcalde de Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿TXF¿ ¿¿