¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 15040 Aprobación definitiva del proyecto de plan especial de la manzana Ñ-7 del polígono III del Plan Parcial CR-6, Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2005, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Plan Especial de la manzana Ñ-7 del polígono III del Plan Parcial CR-6. Murcia. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Igualmente y de conformidad con lo dispuesto en el art.º 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el art. 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o, intentada ésta, no se hubiese podido practicar. El texto de las normas urbanísticas del referido Plan Especial es el siguiente: «El presente Plan Especial únicamente modifica las Normas urbanísticas aplicables a la zona 9.ª «Comercial Aislado» del Plan Parcial CR-6, regulada por la Ordenanza 3.ª, en apartado 3.2- Condiciones de volumen, que queda redactado como sigue: 3.2.- Condiciones de volumen.­ Art. 3.º Altura.- La altura máxima será de 11 m. y 3 plantas. Para la parcela Ñ será de 79,60 m. y 21 plantas más ático retranqueado 3 m., y sobre esta altura se permiten antenas de telecomunicaciones hasta una altura máxima total de 90 m. Art. 5.º Separación a linderos.- La separación mínima a todos los linderos será de 5 m. En la manzana Ñ será de 5 m. en planta baja y de 25 m en el resto de plantas de pisos. Art. 6.º Ocupación de parcelas.- No podrá superar el 60% de la superficie. Art. 7.º Edificabilidad.- Será la fijada en el correspondiente anexo. Para la Manzana Ñ será de 12.966 m2. techo. El resto de la Ordenanza 3.ª no sufre alteración alguna». Murcia, 30 de noviembre de 2005.¿El Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿TXF¿ ¿¿