¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 14338 Aprobación definitiva del proyecto de Plan Parcial del Sector ZM-CH6, «Desarrollo residencial entre Murcia ciudad y Churra. Sector al Oeste de la Avenida Juan de Borbón. Churra». ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 24 de junio de 2004, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Plan Parcial del Sector ZM-Ch6, «Desarrollo residencial entre Murcia ciudad y Churra. Sector al Oeste de la Avenida Juan de Borbón. Churra», así como la fijación del sistema de actuación por concertación indirecta para la unidad de actuación I y del sistema de actuación por compensación para el resto de unidades de actuación. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. El texto de las normas urbanísticas del referido Plan Parcial es el siguiente: «4.1. Normas generales. Conceptos y terminología. 4.1.1 Generalidades. En todo momento las Normas están sometidas a la normativa de rango superior, Ley del Suelo, Ley del Suelo autonómica, Reglamento de Planeamiento, Reglamento de Gestión y demás disposiciones referentes a la materia y a la legislación sectorial. Las presentes Normas serán de aplicación a toda la zona afectada por el presente Plan Parcial de Ordenación. Además de estas Normas serán de aplicación las Normas contenidas en el documento del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Murcia, las Ordenanzas Municipales de Edificación y cuantas disposiciones legales que afecten a las edificaciones que se pretendan ejecutar. Para la realización de cualquier tipo de obra, bien sea de nueva planta, ampliación, reforma o rehabilitación, será imprescindible la previa obtención de la licencia municipal correspondiente. Los proyectos de edificación y la obtención de licencia de obra, así como su vigencia y caducidad, se ajustarán a las Ordenanzas Municipales de Edificación y disposiciones municipales correspondientes. 4.1.2 Conceptos y terminología. Vivienda en edificación unifamiliar: es la situada en parcela independiente, en edificio aislado o agrupado horizontalmente a otro de vivienda o de distinto uso y con acceso exclusivo (PGMOU). Clasificación: - Vivienda Unifamiliar Aislada: La situada en el interior de la parcela y respetando los retranqueos mínimos a linderos, fachada y fondo. - Vivienda Unifamiliar Pareada: La situada a uno de los linderos laterales de la parcela. - Vivienda Unifamiliar Adosada o en Hilera: Las adosadas a los dos linderos laterales y formando conjuntos. Vivienda en edificación plurifamiliar: es la situada en edificio constituido por varias viviendas con accesos y elementos comunes. Servicios terciarios: corresponde con las definiciones del PGMOU de Murcia. En este plan parcial consideramos las actividades de pequeños talleres artesanales y almacenes de venta, talleres domésticos y las correspondientes al uso de Servicios. Equipamiento público: corresponden los usos destinados expresamente a hacer posible la educación, enriquecimiento cultural, salud y bienestar de los ciudadanos, así como a proporcionar los servicios administrativos básicos y otras dotaciones análogas, con exclusión de las funciones características de los espacios libres y zonas verdes. Espacios libres: comprende los usos de esparcimiento y recreo al aire libre sobre espacios vegetados y ordenados al efecto. Comprende asimismo usos de relación peatonal y de circulación no motorizada, así como usos de protección ambiental a través de la creación de espacios libres; ¿ Transportes e infraestructuras: corresponde con las definiciones del PGMOU de Murcia. Los conceptos de altura libre, altura de la edificación, edificabilidad, parcela mínima, etc., son los establecidos en el Plan General, OO Municipales y demás normativa vigente. 4.2. Régimen del suelo. 4.2.1 Clasificación del suelo. Los terrenos objeto del presente Plan Parcial de Ordenación, constituyen el sector ZM-Ch 6, de suelo urbanizable sectorizado incluido en el PGMOU de Murcia. 4.2.2 Calificación del suelo. El Plan Parcial establece la asignación de usos pormenorizados y sus niveles de intensidad mediante la calificación del suelo, con asignación de la edificabilidad correspondiente y la ordenación de los volúmenes. La ordenación pormenorizada es la que resulta de la aplicación simultánea de estas tres condiciones. Las distintas calificaciones de usos del suelo quedan reflejadas en el plano de zonificación. El Plan Parcial realiza la calificación del suelo dividiéndolo en parcelas sujetas a regulación mediante la ordenanza correspondiente. Cada una de las parcelas tendrá fijados los parámetros máximos. El Plan Parcial califica como zonas para uso dotacional público aquellos suelos de interés general que permiten los objetivos del planeamiento, viabilidad, espacios libres, equipamientos y servicios. El Plan Parcial califica como zona para usos residencial y terciario, los demás suelos en los que los particulares, en cumplimiento de la legislación, pueden ejercer sus facultades dominicales. El uso característico o global del sector es el residencial. Los usos pormenorizados son, según PGMOU: * Residencial, R-. * Terciario, Tc-. * Espacios libres públicos, EV. * Equipamientos colectivos, DE. * Viario. * Areas de Aparcamiento. El ámbito de actuación se ha dividido en zonas de ordenanza, identificándolas en el plano correspondiente con las siglas siguientes: - Sistema General Espacios libres Locales, EV. - Equipamiento Docente, DE-Do. - Equipamiento Servicios de Interés Publico y Social: - Equipamiento Parque Deportivo, DE-Dp. - Equipamiento Interés Público y Social, DE-IPS, distinguiendo el uso administrativo por cuanto puede admitir un nivel sonoro acorde con los viales más expuestos, DE-Sad. - Equipamiento Comercial, DE-Co. - Sistema Viario, V. - Servicios Urbanos e Infraestructuras, SI. - Uso Terciario, TC-. - Uso Residencial, R-. 4.2.2 Condiciones de desarrollo del plan parcial. El presente Plan Parcial admite la posibilidad de realización de Estudios de Detalle sobre parcela o agrupaciones de estas y zonas de equipamiento. Su contenido tendrá por finalidad: A) Adaptar y reajustar las alineaciones y rasantes señaladas en el planeamiento. B) La ordenación de volúmenes de acuerdo con las especificaciones del planeamiento, pudiendo crearse vías interiores de carácter privado para el acceso a la edificación desde el viario público. Los Estudios de Detalle respetarán las determinaciones del planeamiento que desarrollan, sin sobrepasar la edificabilidad que corresponde a los terrenos comprendidos en su ámbito, ni las alturas máximas establecidas, ni alterar el uso exclusivo o predominante asignado por aquel, ni reducir la superficie de uso y dominio público. En ningún caso podrán ocasionar perjuicio ni alterar las condiciones de ordenación de los predios colindantes, debiendo contener a estos efectos el ámbito de influencia identificando los predios afectados. El presente Plan Parcial figura la parcelación del sector, que podrá ser objeto de variaciones a través de la formulación del correspondiente Estudios de Detalle y en concordancia con lo dispuesto en la Ley del Suelo Regional y demás legislación vigente. Para cualquier parcelación habrá de tenerse en cuenta la superficie definida como mínima en cada una de las ordenanzas del presente Plan Parcial, cumpliendo que todas las parcelas resultantes deberán contar con acceso directo desde la vía publica. Para las parcelaciones y reparcelaciones que se hayan de realizar se cumplirán las determinaciones del art. 175 al 177 de la Ley Regional 1/2001 y los del 71 a 130 del Reglamento de Gestión Urbanística. El desarrollo de la actividad de ejecución requerirá la aprobación o autorización, con carácter previo y respecto a la totalidad de los terrenos integrantes del sector, de: - El presente Plan Parcial. - El proyecto de Urbanización. - El proyecto de Reparcelación, con la finalidad de formalizar la gestión urbanística mediante la determinación de las parcelas resultantes con sus parámetros urbanísticos y la concreción de los Derechos de los Propietarios y de la Administración. - Los Estudios de Detalle, que concretarían el ámbito a desarrollar, la totalidad de una manzana o parte de ella. - Las actuaciones edificatorias. 4.3. Normas de la edificación de cada zona. Las Normas tendrán por objeto regular las condiciones aplicables a las actividades de construcción y edificación que se desarrollen en el ámbito del Plan Parcial ZM-Ch6. Las Normas aplicables serán las determinadas en el PGMOU de Murcia en su Título 4 de Condiciones de Ocupación y Edificación de las Parcelas y las Normas particulares de cada zona del Plan Parcial, reguladas en los siguientes subapartados: 4.3.1. Zona de uso residencial. Ordenanza 1.ª Edificación residencial plurifamiliar, alineada a vial, RM-A-. Ordenanza 2.ª Edificación residencial unifamiliar, adosada, RD1-. Ordenanza 3.ª Edificación residencial unifamiliar exenta, pequeña parcela, RFA-. Ordenanza 4.ª Edificación residencial unifamiliar exenta RFB-. 4.3.2. Zona de uso terciario. Ordenanza 5.ª Edificación comercial Tc-. 4.3.3. Zona de uso de equipamientos públicos. Ordenanza 6.ª Edificación de equipamientos DE-. 4.3.4. Zona de uso de espacios libres. Ordenanza 7.ª Espacios libres EV-. 4.3.5. Zona de uso del viario. Ordenanza 8.ª Viario V-. 4.3.6. Zona de uso de servicios urbanos. Ordenanza 9.ª Servicios Urbanos Serv-. 4.3.1. Zona de uso residencial. Ordenanza 1.ª Edificación residencial plurifamiliar, alineada a vial, RMA-. 1.ª 1. - Ambito. Se aplicarán estas normas en las superficies que se grafían en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con las siglas RMA-. 1.ª 2. - Ordenación. La concepción como bloques lineales, abiertos o cerrados, alineados a vial conforman las fachadas continuas de dichos ejes viales. Las alineaciones serán las definidas en el plano de Ordenación pormenorizada y los edificios vienen definidos por la línea poligonal envolvente, dentro de la cual se inscriben. Este Plan Parcial define la ordenación precisa de modo que no es necesario un posterior instrumento de planeamiento, no obstante si por los propietarios y la legislación, se quisiera cambiar algún aspecto volumétrico, se podrá redactar el correspondiente Estudio de Detalle. 1.ª 3. - Condiciones de uso. * El uso característico es el residencial, en edificio formado por varias viviendas con accesos y elementos comunes. Se admite toda tipología de viviendas dentro del concepto plurifamiliar, teniendo en cuenta los conceptos de calidad, medioambientales y tecnológicos. No se permite el uso de vivienda en planta baja en los bloques establecidos en los planos y en el cuadro resumen de esta Ordenanza. * Usos compatibles: Se admiten los usos públicos de equipamiento a cargo de la Administración o de entidades privadas. Comercio y Restauración en locales en planta baja. Oficinas y servicios profesionales. * Usos prohibidos: Se prohibe el uso industrial en todas sus categorías. * Aparcamiento: Se dispondrá en sótano, de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada vivienda, y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento. 1.ª 4. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las O.O.M.M. de Edificación y demás legislaciones vigentes. 1.ª 5. -Condiciones de parcela. Superficie mínima: la correspondiente a la definición de un bloque completo. Frente mínimo: el conformado por el propio bloque. 1.ª 6. - Condiciones de edificabilidad Edificabilidad neta sobre parcela queda reflejada en el cuadro resumen de esta Ordenanza. 1.ª 7. - Condiciones de posición de la edificación: Alineación: La edificación coincidirá con la alineación y no se permitirán retranqueos, ni frontales ni laterales. En planta baja, los edificios grafiados en los planos, dispondrán de soportales y pasajes no computables en edificabilidad. Ocupación: el fondo máximo edificable y la ocupación máxima, quedan reflejados en los planos así como en el cuadro resumen de la Ordenanza. 1.ª 8. - Condiciones de volumen: Altura de la edificación: Altura máxima y nº de plantas: quedan reflejados en el cuadro resumen de esta Ordenanza y en los planos correspondientes. Aticos: En las manzanas que se autorizan, reflejadas en el cuadro resumen de la Ordenanza, estos se retranquearán como mínimo 3 m de la alineación, quedando dentro de la línea trazada desde la alineación por la cara superior del forjado a 45º. Cuerpos volados: Si los vuelos se ejecutan sobre la propia parcela, serán como máximo de 1.25 m y la longitud de los vuelos cerrados será como máximo del 75% de la fachada afectada. Siendo la altura mínima sobre la rasante de la parcela de 3.60 m. Si los vuelos se ejecutan sobre espacio público, se estará a las condiciones de las Ordenanzas Municipales de Edificación. Sótanos y semisótanos: Se podrán establecer: 1. Las instalaciones al servicio de la edificación. 2. Aparcamiento y garajes. 3. Los usos no residenciales funcionalmente complementario del principal ubicado en la planta baja y con acceso desde la misma. 4. Trasteros. La superficie por encima de 1 m de la rasante computará en la edificabilidad asignada. Superficie bajo cubierta inclinada: Se autorizarán cuando: 1. Estén destinados a depósitos, trasteros o buhardillas o instalaciones generales del edificio. 2. Estén ligados de forma indivisible al local de la planta inferior, vivienda o uso permitido, con acceso desde este como espacio adicional o doble altura. La superficie bajo cubierta inclinada de altura mayor de 1.5 m, computará en la edificabilidad asignada. Cubierta plana: Se autoriza la instalación de: 1. Trasteros, si no existe planta ático, con 2.5 m de altura desde el ultimo forjado y retranqueados 4 m de fachadas. Será uno por vivienda o local como elemento inseparable y máximo de 12 m2 útiles. El acceso será desde la escalera común del edificio o desde la terraza. 2. Depósitos o instalaciones generales del edificio. 3. Elementos ajardinados de uso común al edificio. 1.ª 9- Condiciones particulares: Aparcamiento: Es obligatorio una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada por vivienda y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento. Igualmente, una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos de comercial. Espacios libres: En los planos se grafía las edificaciones con soportales, los cuales tendrán un tratamiento unitario en el conjunto de la manzana y altura de 3.60 m. Igualmente se grafía los pasajes, con altura de planta baja más primera. Las edificaciones de manzana con espacio interior no edificable y de uso común serán tratado como espacio ajardinado e instalaciones de uso comunitario como piscinas, juegos... Instalaciones: Los servicios de calefacción y agua caliente sanitaria se recomienda la centralización para todo el edificio. Las instalaciones energéticas utilizarán gas natural y/o otras energías tradicionales y energías renovables como combustible. Deben preverse la instalación de colectores solares que garanticen, al menos, el 60% de la demanda de agua caliente sanitaria. Cubiertas: Las cubiertas de los edificios contaran con superficie accesible para la instalación de captadores y acumuladores solares u otras fuentes de energías renovables. 1.ª 10. - CONDICIONES ESTÉTICAS. El bloque o manzana se edifica en su totalidad por lo que la altura de cornisa la podrá determinar el arquitecto, dentro de los parámetros fijados en estas Ordenanzas. La introducción de fuentes de energía de eficacia energética hace que los nuevos elementos que puedan intervenir en la composición del edificio queden integrados estéticamente y justificados en el Proyecto de Edificación. Los Proyectos de Edificación deberán prever la ubicación de futuros elementos de climatización, central o individualizada, de tal manera que queden integrados en la composición estética del edificio. 1.ª 11. - Condiciones ambientales. En la construcción se favorecerá la utilización de materiales de bajo coste energético y reducido efecto contaminante en su proceso de extracción, elaboración industrial y de puesta en obra, así como la de aquellos que sean reutilizables o reciclables, de forma que agotada su vida útil no genere residuos. Utilizar materiales de aislamiento que no contengan CFC ni HCFC. Los materiales sintéticos más recomendables son polietileno y polipropileno-copolímero (PE y PPC) o el poliestireno expandido (EPS). Utilización de áridos reciclados, procedentes de los escombros de derribo, después de su tratamiento adecuado. En su defecto serán de canteras autorizadas. Utilizar pinturas o barnices que cumplan normas de criterios ecológicos (norma UNE 48.300-94, pinturas y barnices de interior con ecoetiquetado). Se evitarán las pinturas con disolventes. Para minimizar el impacto de ruido, los acabados de fachada de las edificaciones se harán con material absorbente evitando los materiales muy reflectantes (art.9.11.3, PGMOU); la distribución de volúmenes será tal que se protejan por efecto pantalla las partes del edificio sensibles a las fuentes o direcciones del ruido y la orientación presentará la menor superficie de exposición a ellas; y las zonas de servicios comunes deberán concentrarse en áreas que no requieran un nivel alto de exigencias acústicas. Se recomienda que las viviendas dispongan como mínimo de dos fachadas, orientación opuesta que garantiza la máxima ventilación cruzada de brisas favorables, soleamiento e iluminación con luz natural adecuada en zonas de estar, cocinas y dormitorios, que reduce el consumo de energía e incrementa las condiciones de confort. La distribución interior de la vivienda debe favorecer la orientación sur para las zonas de estar. En las fachadas orientadas al Sur se deberá prever elementos para la captación solar en invierno y una protección de sombra en verano. Evitar estos mecanismos para las fachadas orientadas a Norte. Prever la instalación de toldos exteriores, porches, umbráculos, pérgolas y otros, en las fachadas orientadas a poniente. Los espacios con menos exigencias de confort térmico se utilizarán como barrera de protección del resto de habitaciones. Siempre se justificará en el proyecto de Edificación las garantías de confort y climáticas. Igualmente irán incorporados en los Proyectos de Edificación las chimeneas de ventilación correspondientes a los locales en planta baja, con número suficiente, o mínimo una cada 100 m2 útiles de local. Se favorecerá la recogida selectiva facilitando en las viviendas espacio suficiente para la ubicación de los diferentes recipientes, en la vivienda individual y en espacios comunitarios. Con respecto al ahorro de agua, deben instalarse sistemas que permitan la reutilización del agua de lluvia. En las viviendas se instalarán sistemas de ahorro de agua en grifos, cisternas y duchas. Así mismo se deberá contemplar la posibilidad de instalar sistemas que permitan el aprovechamiento de las aguas grises, provenientes de lavadoras, lavabos o bañeras para el llenado de las cisternas de los inodoros. Dado el efecto termorregulador de la vegetación, debe favorecerse la plantación de arbolado en las zonas verdes (públicas o privadas) situadas junto a las fachadas de los edificios. Para ello es conveniente el arbolado de hoja caduca que permita pasar la radiación solar en invierno y la tamicen, refrescando el ambiente, en verano. Los colores de terminación de las fachadas deberán ser claros con el fin de proteger mejor del calor. Utilización de carpinterías de baja permeabilidad y alta estanqueidad al aire, con doble acristalamiento o doble ventana. Es preferible la utilización de lámparas de alumbrado de bajo consumo, especialmente en espacios comunitarios y espacios exteriores con largos periodos de encendido. Así mismo es conveniente la utilización de lámparas fluorescentes compactas antes que las lámparas de incandescencia o halógenas en espacios comunitarios. Cuadro resumen parcelas Ordenanza 1ª, RMA-. Tipo Altura Sup. Ocup.máx P.Baja Sup.const. Sup.máx Sup.máx Iedf 0,85 % Iedf. Edificab. Parc Uso Viv No Viv máx ÁT total máx mín Total RM-A-1 VIII+At -A 4.546 1.680 2.238 15.666 1.230 18.576 VI+At-B 956 1.420 7.100 573 8.629 27.205 5,98 5,09 5,00 22.730 RM-A-2 VIII+At -A 3.439 1.271 1.787 12.509 892 14.672 VI+At -B 614 1.140 5.700 433 6.747 21.419 6,23 5,29 5,00 17.195 RM-A-3 VI+AT 1.431 1.081 2.017 10.085 1.001 12.167 6,03 5,13 5,15 7.370 RM-A-4 VI+AT 866 551 866 4.330 514 5.395 2,66 2,26 5,00 4.330 RM-A-5 VI+AT 870 687 870 4.350 517 5.554 5,95 5,06 5,10 4.437 RM-A-6 VI+AT 2.430 1.656 2.430 12.150 1.674 15.480 6,37 5,41 5,10 12.393 RM-A-7 VI+AT 2.017 1.261 1.722 8.610 1.286 11.157 6,48 5,51 5,00 10.085 RM-A-8 VI+AT 2.025 1.572 1.015 5.075 1.293 7.940 7,82 6,65 5,15 10.429 RM-A-9 VI+AT 933 482 924 4.620 452 5.554 6,01 5,11 5,00 4.665 RM-A-10 VI+AT 1.166 712 2.178 10.890 578 12.180 5,59 4,75 5,00 5.830 RM-A-11 VI+AT 1.722 1.329 2.396 11.980 1.095 14.404 6,01 5,11 5,15 8.868 RM-A-12 VI+AT 1.015 643 4.424 22.120 601 23.364 5,28 4,49 5,00 5.075 RM-A-13 VI+AT 924 487 6.441 32.205 200 32.892 5,11 4,34 4,50 4.158 RM-A-14 VI+At -A 2.178 1.052 1.319 6.595 747 8.394 6,36 III+At-B 624 859 1.718 455 2.797 3,26 11.191 5,66 4,81 4,15 9.039 RM-A-15 VI+At 2.396 580 725 3.625 381 4.586 6,33 IV+At 1.050 1.312 3.936 732 5.718 4,36 10.304 4,30 3,66 3,50 8.386 RM-A-16 X+At 4.424 1.296 1.659 14.931 1.034 17.261 10,40 VI+At 1.437 2.108 10.540 1.182 13.159 6,24 30.420 6,88 5,84 5,50 24.332 RM-A-17 X+At 6.441 1.342 2.220 19.980 1.385 22.707 10,23 VI+At 1.836 2.896 14.480 1.715 18.031 6,23 40.738 6,32 5,38 5,00 32.205 RM-A-18 VI+AT 1.977 699 1.072 5.360 688 6.747 6,29 III+ At 359 906 1.812 503 2.674 2,95 9.421 4,77 4,05 3,50 6.920 RM-A-19 IV+At 708 708 708 2.124 366 3.198 4,52 3,84 2,20 1.558 41.508 25.965 200.004 Ordenanza 2.ª Edificación residencial unifamiliar, adosada, RD1-. 2.ª 1. - Ambito. Se aplicaran estas normas en las superficies reflejadas en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con las siglas RD1-. 2.ª 2. - Ordenación. Se concibe como manzanas ajardinadas, con tipología residencial en hilera, con limitación de alturas y profundidad. Las alineaciones serán las definidas en el plano de Ordenación pormenorizada. Este Plan Parcial define la ordenación precisa de modo que no es necesario un posterior instrumento de planeamiento, no obstante si por los propietarios y la legislación, se quisiera cambiar algún aspecto volumétrico, se podrá redactar el correspondiente Estudio de Detalle. 2.ª 3. - Condiciones de uso. * El uso característico es el residencial, en edificio formado por varias viviendas unifamiliares con accesos y elementos independientes. Se admite toda tipología de vivienda dentro de los parámetros establecidos. * Usos compatibles: Se admiten los usos públicos de equipamiento a cargo de la Administración o de entidades privadas. Comercio y Restauración. Oficinas y servicios profesionales. * Usos prohibidos: Se prohibe el uso industrial en todas sus categorías. * Uso aparcamiento: Se dispondrá de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada vivienda y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento. 2.ª4. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las O.O.M.M. de Edificación y demás legislaciones vigentes. 2.ª 5. -Condiciones de parcela. Superficie mínima: el propio bloque y frente mínimo: los conformados por el propio bloque. 2.ª 6. - Condiciones de edificabilidad Edificabilidad neta sobre parcela es establecida en el cuadro resumen de esta Ordenanza. 2.ª 7. - Condiciones de posición de la edificación: Alineación: Retranqueo de la edificación a vial: En RD1-7, -8, -10, -11, -12, -13, -15 y ¿17 el retranqueo a vial en su longitud mayor será de 5 m y 3 m en testeros y longitud menor de la alineación. En el resto de parcelas los retranqueos a vial y frontal será de 3 m. Ocupación: Fondo máximo edificable: 12 m. 2.ª 8. - Condiciones de volumen: Altura de la edificación: Altura máxima y nº de plantas: II plantas + Ático, 10 m. Aticos: Los áticos se retranquearán como mínimo 3 m de la edificación de la planta inmediata inferior, quedando dentro de la línea trazada desde la cara superior del forjado a 45º. Cuerpos volados: Si los vuelos se ejecutan sobre la propia parcela, serán como máximo de 1.25 m y la longitud de los vuelos serán como máximo del 75% de la fachada afectada. Si los vuelos se ejecutan sobre espacio público, se estará a las condiciones de las Ordenanzas Municipales de Edificación. Sótanos y semisótanos: Se podrán establecer: 1. Las instalaciones al servicio de la edificación. 2. Aparcamiento y garajes. 3. Los usos no residenciales funcionalmente complementario del principal ubicado en la planta baja y con acceso desde la misma. La superficie por encima de 1 m de la rasante computará en la edificabilidad asignada. Superficie bajo cubierta inclinada: Se autorizarán cuando: 1. Estén destinados a depósitos, trasteros o buhardillas o instalaciones generales del edificio. 2. Estén ligados de forma indivisible al local de la planta inferior, vivienda o uso permitido, con acceso desde este como espacio adicional o doble altura. La superficie bajo cubierta inclinada de altura mayor de 1.5 m, computará en la edificabilidad asignada. Cubierta plana: Se autoriza la instalación de: 1. Depósitos o instalaciones generales del edificio. 2. Elementos ajardinados. 2.ª 9- Condiciones particulares: Aparcamiento: Es obligatorio una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada vivienda ,y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento y 100 m2 construidos de comercial. Espacios libres: Los espacios libres de la parcela serán tratados como espacios ajardinados e instalaciones, juegos, piscinas... Instalaciones: Las instalaciones energéticas utilizarán gas natural y/o otras energías tradicionales y energías renovables como combustible. Debe preverse la instalación de colectores solares que garanticen, al menos, el 60% de la demanda de agua caliente sanitaria. Cubiertas: Las cubiertas de los edificios contaran con superficie accesible para la instalación de captadores y acumuladores solares u otras fuentes de energías renovables. 2.ª 10. - Condiciones estéticas. Al edificarse en su totalidad, la altura de cornisa la podrá determinar el arquitecto, dentro de los parámetros fijados en estas ordenanzas. La introducción de fuentes de energía de eficacia energética hace que los nuevos elementos que puedan intervenir en la composición del edificio queden integrados estéticamente y justificados en el Proyecto de Edificación. Los Proyectos de Edificación deberán prever la ubicación de futuros elementos de climatización, central o individualizada, de tal manera que queden integrados en la composición estética del edificio. 2.ª 11. - Condiciones ambientales. En la construcción se favorecerá la utilización de materiales de bajo coste energético y reducido efecto contaminante en su proceso de extracción, elaboración industrial y de puesta en obra, así como la de aquellos que sean reutilizables o reciclables, de forma que agotada su vida útil no genere residuos. Utilizar materiales de aislamiento que no contengan CFC ni HCFC. Los materiales sintéticos más recomendables son polietileno y polipropileno-copolímero (PE y PPC) o el poliestireno expandido (EPS). Utilización de áridos reciclados, procedentes de los escombros de derribo, después de su tratamiento adecuado. En su defecto serán de canteras autorizadas. Utilizar pinturas o barnices que cumplan normas de criterios ecológicos (norma UNE 48.300-94, pinturas y barnices de interior con ecoetiquetado). Se evitarán las pinturas con disolventes. Para minimizar el impacto de ruido, los acabados de fachada de las edificaciones se harán con material absorbente evitando los materiales muy reflectantes (art.9.11.3, PGMOU); la distribución de volúmenes será tal que se protejan por efecto pantalla las partes del edificio sensibles a las fuentes o direcciones del ruido y la orientación presentará la menor superficie de exposición a ellas; y las zonas de servicios comunes deberán concentrarse en áreas que no requieran un nivel alto de exigencias acústicas. Se recomienda que las viviendas dispongan como mínimo de dos fachadas, orientación opuesta que garantiza la máxima ventilación cruzada de brisas favorables, soleamiento e iluminación con luz natural adecuada en zonas de estar, cocinas y dormitorios, que reduce el consumo de energía e incrementa las condiciones de confort. La distribución interior de la vivienda debe favorecer la orientación sur para las zonas de estar. En las fachadas orientadas al Sur se deberá prever elementos para la captación solar en invierno y una protección de sombra en verano. Evitar estos mecanismos para las fachadas orientadas a Norte. Prever la instalación de toldos exteriores, porches, umbráculos, pérgolas y otros, en las fachadas orientadas a poniente. Los espacios con menos exigencias de confort térmico se utilizarán como barrera de protección del resto de habitaciones. Siempre se justificará en el proyecto de Edificación las garantías de confort y climáticas. Igualmente irán incorporados en los Proyectos de Edificación las chimeneas de ventilación correspondientes a los locales en planta baja, con número suficiente, o mínimo una cada 100 m2 útiles de local. Se favorecerá la recogida selectiva facilitando en las viviendas espacio suficiente para la ubicación de los diferentes recipientes, en la vivienda individual o en espacios comunitarios. Con respecto al ahorro de agua, deben instalarse sistemas que permitan la reutilización del agua de lluvia. En las viviendas se instalarán sistemas de ahorro de agua en grifos, cisternas y duchas. Así mismo se deberá contemplar la posibilidad de instalar sistemas que permitan el aprovechamiento de las aguas grises, provenientes de lavadoras, lavabos o bañeras para el llenado de las cisternas de los inodoros. Dado el efecto termorregulador de la vegetación, debe favorecerse la plantación de arbolado en las zonas verdes (públicas o privadas) situadas junto a las fachadas de los edificios. Para ello es conveniente el arbolado de hoja caduca que permita pasar la radiación solar en invierno y la tamicen, refrescando el ambiente, en verano. Los colores de terminación de las fachadas deberán ser claros con el fin de proteger mejor del calor. Utilización de carpinterías de baja permeabilidad y alta estanqueidad al aire, con doble acristalamiento o doble ventana. Es preferible la utilización de lámparas de alumbrado de bajo consumo, especialmente en espacios comunitarios y espacios exteriores con largos periodos de encendido. Así mismo es conveniente la utilización de lámparas fluorescentes compactas antes que las lámparas de incandescencia o halógenas en espacios comunitarios. Cuadro resumen parcelas. Ordenanza 2ª, RD1-. Tipo Altura Sup. Ocup.máx P.Baja Sup.const. Sup.máx Sup.máx Iedf 0,85 % Iedf. Edificab. Parc Uso Viv No Viv máx ÁT total máx mín Total RD1-1 II + Át 685 363 726 147 873 1,27 1,08 1,10 754 RD1-2 II + Át 1.072 649 1.298 351 1.649 1,54 1,31 1,25 1.340 RD1-3 II + Át 807 432 864 180 1.044 1,29 1,10 1,10 888 RD1-4 II + Át 1.099 648 1.296 348 1.644 1,50 1,27 1,25 1.374 RD1-5 II + Át 347 154 308 38 346 1,00 0,85 0,85 295 RD1-6 II + Át 1.052 583 1.166 309 1.475 1,40 1,19 1,15 1.210 RD1-7 II + Át 3.102 1.506 3.012 648 3.660 1,18 1,00 1,00 3.102 RD1-8 II + Át 3.102 1.506 3.012 648 3.660 1,18 1,00 1,00 3.102 RD1-9 II + Át 323 191 382 52 434 1,34 1,14 1,10 355 RD1-10 II + Át 3.102 1.506 3.012 648 3.660 1,18 1,00 1,00 3.102 RD1-11 II + Át 3.102 1.506 3.012 648 3.660 1,18 1,00 1,00 3.102 RD1-12 II + Át 3.102 1.506 3.012 648 3.660 1,18 1,00 1,00 3.102 RD1-13 II + Át 3.102 1.506 3.012 648 3.660 1,18 1,00 1,00 3.102 RD1-14 II + Át 799 492 984 159 1.143 1,43 1,22 1,20 959 RD1-15 II + Át 3.102 1.506 3.012 648 3.660 1,18 1,00 1,00 3.102 RD1-16 II + Át 1.386 720 1.440 324 1.764 1,27 1,08 1,10 1.525 RD1-17 II + Át 1.734 1.080 2.160 288 2.448 1,41 1,20 1,20 2.081 RD1-18 II + Át 660 305 610 116 726 1,10 0,94 0,90 594 RD1-19 II + Át 2.430 774 1.548 219 1.767 0,73 0,62 0,60 1.458 RD1-20 II + Át 1.389 632 1.264 280 1.544 1,11 0,94 0,90 1.250 RD1-21 II + Át 2.555 1.192 2.384 459 2.843 1,11 0,95 1,00 2.555 RD1-22 II + Át 232 117 234 38 272 1,17 1,00 0,95 220 RD1-23 II + Át 1.168 646 1.292 254 1.546 1,32 1,13 1,10 1.285 RD1-24 II + Át 715 419 838 211 1.049 1,47 1,25 1,25 894 RD1-25 II + Át 580 393 786 221 1.007 1,74 1,48 1,45 841 RD1-26 II + Át 759 537 1.074 316 1.390 1,83 1,56 1,55 1.176 RD1-27 II + Át 1.213 722 1.444 331 1.775 1,46 1,24 1,20 1.456 RD1-28 II + Át 2.247 1.232 2.464 575 3.039 1,35 1,15 1,22 2.741 RD1-29 II + Át 2.598 1.963 3.926 556 4.482 1,73 1,47 1,40 3.637 47.564 24.786 50.601 Ordenanza 3.ª Edificación residencial unifamiliar exenta. pequeña parcela, RFA- 3.ª 1. - Ambito. Se aplicaran estas normas en las superficies que se grafía en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con las siglas RFA-. 3.ª 2. - Ordenación. Se concibe como parcelas independientes ajardinadas de dimensiones urbanas para viviendas unifamiliares exentas que conforman la zona situada a ambos lados del eje verde N-S central. Las alineaciones serán las definidas en el plano de Ordenación pormenorizada. Este Plan Parcial define la ordenación precisa de modo que no es necesario un posterior instrumento de planeamiento, no obstante si por los propietarios y la legislación, se quisiera cambiar algún aspecto volumétrico, se podrá redactar el correspondiente Estudio de Detalle. 3.ª 3. - Condiciones de uso. * El uso característico es el residencial, en edificio formado por una o dos viviendas unifamiliares con parcela ajardinada. Se admite toda tipología de vivienda dentro de los parámetros establecidos. * Usos compatibles: Se admiten los usos públicos de equipamiento a cargo de la Administración o de entidades privadas. Comercio y Restauración. Oficinas y servicios profesionales. * Usos prohibidos: Se prohibe el uso industrial en todas sus categorías. * Uso aparcamiento: Se dispondrá de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada vivienda y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento. 3.ª4. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las O.O.M.M. de Edificación y demás legislaciones vigentes. 3.ª 5. -Condiciones de parcela. Superficie mínima: 340 m2. Frente mínimo: 18 m. 3.ª 6. - Condiciones de edificabilidad Edificabilidad neta sobre parcela es de 0.75 y 0.65 m2/m2, según parcelas adjuntas en el cuadro resumen. 3.ª 7. - Condiciones de posición de la edificación: Alineación: Retranqueo de la edificación a espacio verde N-S, 5,00 m. Retranqueo a vial peatonal: 3.00 m. Retranqueo a linderos laterales: 2.50 m. Ocupación: Ocupación máxima: 45% de la superficie de parcela. 3.ª 8. - Condiciones de volumen: Altura de la edificación: Altura máxima y nº de plantas: II plantas + Ático, 10,00 m. Aticos: Ocupación máxima el 40% de la edificación de la planta inmediata inferior, con retranqueos a ella como mínimo 3 m, quedando dentro de la línea trazada desde la cara superior del forjado a 45º. Cuerpos volados: Los vuelos se ejecutan sobre la propia parcela y serán como máximo el 75% de la fachada afectada. Sótanos y semisótanos: Se podrán establecer: 1. Las instalaciones al servicio de la edificación. 2. Aparcamiento y garajes. La superficie por encima de 1 m de la rasante computará en la edificabilidad asignada. Superficie bajo cubierta inclinada: Se autorizarán cuando: Estén destinados a depósitos, trasteros o buhardillas o instalaciones generales de la vivienda. La superficie bajo cubierta inclinada de altura mayor de 1.5 m, computará en la edificabilidad asignada. Cubierta plana: Se autoriza la instalación de: 1. Depósitos o instalaciones generales de la vivienda. 2. Elementos ajardinados. 3.ª 9- Condiciones particulares: Aparcamiento: Es obligatorio una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada vivienda ,y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento y 100 m2 construidos de comercial. Espacios libres: Los espacios libres de la parcela serán tratados como espacios ajardinados. Instalaciones: Las instalaciones energéticas utilizarán gas natural y/o otras energías tradicionales y energías renovables como combustible. Deben preverse la instalación de colectores solares que garanticen, al menos, el 60% de la demanda de agua caliente sanitaria. Cubiertas: Las cubiertas de los edificios contaran con superficie accesible para la instalación de captadores y acumuladores solares u otras fuentes de energías renovables. 3.ª 10. - Condiciones estéticas. Dado que las edificaciones se podrán ejecutar independientemente, para la composición visual de las calles, es obligatorio alcanzar la altura máxima permitida. La introducción de fuentes de energía de eficacia energética hace que los nuevos elementos que puedan intervenir en la composición del edificio queden integrados estéticamente y justificados en el Proyecto de Edificación. Los Proyectos de Edificación deberán prever la ubicación de futuros elementos de climatización, central o individualizada, de tal manera que queden integrados en la composición estética del edificio. 3.ª 11. - Condiciones ambientales. En la construcción se favorecerá la utilización de materiales de bajo coste energético y reducido efecto contaminante en su proceso de extracción, elaboración industrial y de puesta en obra, así como la de aquellos que sean reutilizables o reciclables, de forma que agotada su vida útil no genere residuos. Utilizar materiales de aislamiento que no contengan CFC ni HCFC. Los materiales sintéticos más recomendables son polietileno y polipropileno-copolímero (PE y PPC) o el poliestireno expandido (EPS). Utilización de áridos reciclados, procedentes de los escombros de derribo, después de su tratamiento adecuado. En su defecto serán de canteras autorizadas. Utilizar pinturas o barnices que cumplan normas de criterios ecológicos (norma UNE 48.300-94, pinturas y barnices de interior con ecoetiquetado). Se evitarán las pinturas con disolventes. Para minimizar el impacto de ruido, los acabados de fachada de las edificaciones se harán con material absorbente evitando los materiales muy reflectantes (art.9.11.3, PGMOU). La distribución de volúmenes será tal que se protejan por efecto pantalla las partes del edificio sensibles a las fuentes o direcciones del ruido y la orientación presentará la menor superficie de exposición a ellas. Las zonas de servicios comunes deberán concentrarse en áreas que no requieran un nivel alto de exigencias acústicas. Se recomienda que la distribución de las viviendas garantice la máxima ventilación cruzada de brisas favorables, el soleamiento e iluminación con luz natural adecuada en zonas de estar, cocinas y dormitorios, que reduce el consumo de energía e incrementa las condiciones de confort y debe favorecer la orientación sur para las zonas de estar. En las fachadas orientadas al Sur se deberá prever elementos para la captación solar en invierno y una protección de sombra en verano. Evitar estos mecanismos para las fachadas orientadas a Norte. Prever la instalación de toldos exteriores, porches, umbráculos, pérgolas y otros, en las fachadas orientadas a poniente. Los espacios con menos exigencias de confort térmico se utilizarán como barrera de protección del resto de habitaciones. Siempre se justificará en el proyecto de Edificación las garantías de confort y climáticas. Se favorecerá la recogida selectiva facilitando en las viviendas espacio suficiente para la ubicación de los diferentes recipientes. Con respecto al ahorro de agua, deben instalarse sistemas que permitan la reutilización del agua de lluvia. En las viviendas se instalarán sistemas de ahorro de agua en grifos, cisternas y duchas. Así mismo se deberá contemplar la posibilidad de instalar sistemas que permitan el aprovechamiento de las aguas grises, provenientes de lavadoras, lavabos o bañeras para el llenado de las cisternas de los inodoros. Dado el efecto termorregulador de la vegetación, debe favorecerse la plantación de arbolado en las zonas verdes (privadas) situadas junto a las fachadas de los edificios. Para ello es conveniente el arbolado de hoja caduca que permita pasar la radiación solar en invierno y la tamicen, refrescando el ambiente, en verano. Los colores de terminación de las fachadas deberán ser claros con el fin de proteger mejor del calor. Utilización de carpinterías de baja permeabilidad y alta estanqueidad al aire, con doble acristalamiento o doble ventana. Es preferible la utilización de lámparas de alumbrado de bajo consumo, especialmente en espacios comunitarios y espacios exteriores con largos periodos de encendido. Así mismo es conveniente la utilización de lámparas fluorescentes compactas antes que las lámparas de incandescencia o halógenas en espacios comunitarios. Cuadro resumen parcelas Ordenanza 3.ª Tipo Altura Sup. Ocup.máx P.Baja Sup.const. Sup.máx Sup.máx Iedf 0,85 % Iedf. Edificab. Parc Uso Viv No Viv máx ÁT total máx mín Total RF-A-1 II + Át 900 357 714 72 786 0,87 0,74 0,75 675 RF-A-2 II + Át 900 357 714 72 786 0,87 0,74 0,75 675 RF-A-3 II + Át 900 357 714 72 786 0,87 0,74 0,75 675 RF-A-4 II + Át 900 357 714 72 786 0,87 0,74 0,75 675 RF-A-5 II + Át 900 357 714 72 786 0,87 0,74 0,75 675 RF-A-6 II + Át 900 357 714 72 786 0,87 0,74 0,75 675 RF-A-7 II + Át 1.398 476 952 96 1.048 0,75 0,64 0,65 909 RF-A-8 II + Át 1.398 476 952 96 1.048 0,75 0,64 0,65 909 8.196 3.094 5.867 Ordenanza 4.ª Edificación residencial unifamiliar exenta, RFB-. 4.ª 1. - Ambito. Se aplicaran estas normas en las superficies que se grafía en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con las siglas RFB-. 4.ª 2. - Ordenación. La concepción como parcelas independientes ajardinadas de dimensiones urbanas para viviendas unifamiliares exentas que conforman la zona de transición entre las edificaciones del borde Oeste del Plan Parcial y las nuevas a desarrollar en el sector contiguo con el carril de las Moreras por medio, RFB-. Las alineaciones serán las definidas en el plano de Ordenación pormenorizada. Este Plan Parcial define la ordenación precisa de modo que no es necesario un posterior instrumento de planeamiento, no obstante si por los propietarios y la legislación, se quisiera cambiar algún aspecto volumétrico, se podrá redactar el correspondiente Estudio de Detalle. 4.ª 3. - Condiciones de uso. * El uso característico es el residencial, en edificio formado desde una a cuatro viviendas unifamiliares con parcela ajardinada. Se admite toda tipología de vivienda dentro de los parámetros establecidos. * Usos compatibles: Se admiten los usos públicos de equipamiento a cargo de la Administración o de entidades privadas. Comercio y Restauración. Oficinas y servicios profesionales. * Usos prohibidos: Se prohibe el uso industrial en todas sus categorías. * Uso aparcamiento: Se dispondrá de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada vivienda y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento. 4.ª 4. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las O.O.M.M. de Edificación y demás legislaciones vigentes. 4.ª 5. -Condiciones de parcela. Superficie mínima: 500 m2. Frente mínimo: 15 m. 4.ª 6. - Condiciones de edificabilidad Edificabilidad neta sobre parcela: 0.95 m2/m2. 4.ª 7. - Condiciones de posición de la edificación: Alineación: Retranqueo a vial: 5,00 m. Retranqueo a linderos: 2,50 m. Ocupación: Ocupación máxima: 45% de la parcela. 4.ª 8. - Condiciones de volumen: Altura de la edificación: Altura máxima y n.º de plantas: II plantas +Ático, 10,00 m. Aticos: Ocupación máxima el 40% de la edificación de la planta inmediata inferior, con retranqueos a ella como mínimo 3 m, quedando dentro de la línea trazada desde la cara superior del forjado a 45º. Cuerpos volados: Los vuelos se ejecutan sobre la propia parcela y serán como máximo el 75% de la fachada afectada. Sótanos y semisótanos: Se podrán establecer: 1. Las instalaciones al servicio de la edificación. 2. Aparcamiento y garajes. La superficie por encima de 1,00 m de la rasante computará en la edificabilidad asignada. Superficie bajo cubierta inclinada: Se autorizarán cuando: Estén destinados a depósitos, trasteros o buhardillas o instalaciones generales de la vivienda. La superficie bajo cubierta inclinada de altura mayor de 1.5 m, computará en la edificabilidad asignada. Cubierta plana: Se autoriza la instalación de: 3. Depósitos o instalaciones generales de la vivienda. 4. Elementos ajardinados. 4.ª 9- Condiciones particulares: Aparcamiento: Es obligatorio una plaza de aparcamiento por cada 100 m2 construidos o por cada vivienda, y si esta tuviere mas de 150 m2 construidos deberán preverse dos plazas de aparcamiento y 100 m2 construidos de comercial. Espacios libres: Los espacios libres de la parcela serán tratados como espacios ajardinados. Instalaciones: Las instalaciones energéticas utilizarán gas natural y/o otras energías tradicionales y energías renovables como combustible. Deben preverse la instalación de colectores solares que garanticen, al menos, el 60% de la demanda de agua caliente sanitaria. Cubiertas: Las cubiertas de los edificios contaran con superficie accesible para la instalación de captadores y acumuladores solares u otras fuentes de energías renovables. 4.ª 10. - Condiciones Estéticas. Dado que las edificaciones se podrán ejecutar independientemente, para la composición visual de las calles, es obligatorio alcanzar la altura máxima permitida. La introducción de fuentes de energía de eficacia energética hace que los nuevos elementos que puedan intervenir en la composición del edificio queden integrados estéticamente y justificados en el Proyecto de Edificación. Los Proyectos de Edificación deberán prever la ubicación de futuros elementos de climatización, central o individualizada, de tal manera que queden integrados en la composición estética del edificio. 4.ª 11. - Condiciones ambientales. En la construcción se favorecerá la utilización de materiales de bajo coste energético y reducido efecto contaminante en su proceso de extracción, elaboración industrial y de puesta en obra, así como la de aquellos que sean reutilizables o reciclables, de forma que agotada su vida útil no genere residuos. Utilizar materiales de aislamiento que no contengan CFC ni HCFC. Los materiales sintéticos más recomendables son polietileno y polipropileno-copolímero (PE y PPC) o el poliestireno expandido (EPS). Utilización de áridos reciclados, procedentes de los escombros de derribo, después de su tratamiento adecuado. En su defecto serán de canteras autorizadas. Utilizar pinturas o barnices que cumplan normas de criterios ecológicos (norma UNE 48.300-94, pinturas y barnices de interior con ecoetiquetado). Se evitarán las pinturas con disolventes. Para minimizar el impacto de ruido, los acabados de fachada de las edificaciones se harán con material absorbente evitando los materiales muy reflectantes (art.9.11.3, PGMOU); la distribución de volúmenes será tal que se protejan por efecto pantalla las partes del edificio sensibles a las fuentes o direcciones del ruido y la orientación presentará la menor superficie de exposición a ellas; y las zonas de servicios comunes deberán concentrarse en áreas que no requieran un nivel alto de exigencias acústicas. Se recomienda que la distribución de las viviendas garantice la máxima ventilación cruzada de brisas favorables, el soleamiento e iluminación con luz natural adecuada en zonas de estar, cocinas y dormitorios, que reduce el consumo de energía e incrementa las condiciones de confort y debe favorecer la orientación sur para las zonas de estar. En las fachadas orientadas al Sur se deberá prever elementos para la captación solar en invierno y una protección de sombra en verano. Evitar estos mecanismos para las fachadas orientadas a Norte. Prever la instalación de toldos exteriores, porches, umbráculos, pérgolas y otros, en las fachadas orientadas a poniente. Los espacios con menos exigencias de confort térmico se utilizarán como barrera de protección del resto de habitaciones. Siempre se justificará en el proyecto de Edificación las garantías de confort y climáticas. Igualmente irán incorporados en los Proyectos de Edificación las chimeneas de ventilación correspondientes a los locales en planta baja, con número suficiente, o mínimo una cada 100 m2 útiles de local. Se favorecerá la recogida selectiva facilitando en las viviendas espacio suficiente para la ubicación de los diferentes recipientes, en la vivienda individual o en espacios comunitarios. Con respecto al ahorro de agua, deben instalarse sistemas que permitan la reutilización del agua de lluvia. En las viviendas se instalarán sistemas de ahorro de agua en grifos, cisternas y duchas. Así mismo se deberá contemplar la posibilidad de instalar sistemas que permitan el aprovechamiento de las aguas grises, provenientes de lavadoras, lavabos o bañeras para el llenado de las cisternas de los inodoros. Dado el efecto termorregulador de la vegetación, debe favorecerse la plantación de arbolado en las zonas verdes (públicas o privadas) situadas junto a las fachadas de los edificios. Para ello es conveniente el arbolado de hoja caduca que permita pasar la radiación solar en invierno y la tamicen, refrescando el ambiente, en verano. Los colores de terminación de las fachadas deberán ser claros con el fin de proteger mejor del calor. Utilización de carpinterías de baja permeabilidad y alta estanqueidad al aire, con doble acristalamiento o doble ventana. Es preferible la utilización de lámparas de alumbrado de bajo consumo, especialmente en espacios comunitarios y espacios exteriores con largos periodos de encendido. Así mismo es conveniente la utilización de lámparas fluorescentes compactas antes que las lámparas de incandescencia o halógenas en espacios comunitarios. Cuadro resumen parcelas. Ordenanza 4ª, RFB-. Tipo Altura Sup. Ocup.máx P.Baja Sup.const. Sup.máx Sup.máx Iedf 0,85 % Iedf. Edificab. Parc Uso Viv No Viv máx ÁT total máx mín Total RF-B-1 II + Át 2.258 1.256 2.512 524 3.036 1,34 1,14 0,95 2.145 RF-B-2 II + Át 2.159 1.000 2.000 339 2.339 1,08 0,92 0,95 2.051 RF-B-3 II + Át 2.135 982 1.964 344 2.308 1,08 0,92 0,95 2.028 RF-B-4 II + Át 2.024 931 1.862 326 2.188 1,08 0,92 0,95 1.923 RF-B-5 II + Át 2.862 1.317 2.633 461 3.094 1,08 0,92 0,95 2.719 RF-B-6 II + Át 2.976 1.369 2.738 479 3.217 1,08 0,92 0,95 2.827 RF-B-7 II + Át 3.087 1.420 2.840 497 3.337 1,08 0,92 0,95 2.933 RF-B-8 II + Át 5.985 2.753 5.506 964 6.470 1,08 0,92 0,95 5.686 RF-B-9 II + Át 3.439 1.582 3.164 554 3.718 1,08 0,92 0,95 3.267 26.925 12.610 25.579 3.2. Zona de uso terciario. Ordenanza 5.ª Edificación terciaria 5.ª 1. - Ambito. Se aplicaran estas normas en las superficies que se grafía en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con las siglas TC-. 5.ª 2. - Ordenación. Se conciben las edificaciones como bloques, abiertos o cerrados, exentos o entre medianeras: El frente Sur como edificación exenta en parcela ajardinada y el frente Este como combinación de edificación entre medianeras y exenta. Alineados a los grandes ejes de D. Juan de Borbón y 2ª Ronda Norte como frentes del Plan. Los edificios vienen definidos por la línea poligonal envolvente, dentro de la cual se inscriben. Este Plan Parcial define la ordenación precisa de modo que no es necesario un posterior instrumento de planeamiento, no obstante si por los propietarios y la legislación, se quisiera cambiar algún aspecto volumétrico, se podrá redactar el correspondiente Estudio de Detalle. 5.ª 3. - Condiciones de uso. * El uso característico es el terciario de pequeños Talleres artesanales, Talleres domésticos, Almacenes de venta, Comercio, Restauración, Espectáculos, Ocio, Hospedaje, Oficinas y Servicios Profesionales. * Usos compatibles: Se admiten los usos públicos de equipamiento a cargo de la Administración o de entidades privadas. * Usos prohibidos: Prohibido el uso industrial en todas sus categorías. * Aparcamiento: Garajes en sótano. 5.ª 4. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las O.O.M.M. de Edificación y demás legislaciones vigentes. 5.ª 5. -Condiciones de parcela. Superficie mínima: los propios bloques y frente mínimo: el conformado por el propio bloque. 5.ª 6. - Condiciones de edificabilidad Edificabilidad neta sobre parcela, según el cuadro resumen. 5.ª 7. - Condiciones de posición de la edificación: Alineación: La definida en los planos. Ocupación: Ocupación máxima: 70%. Las calles privadas reflejadas en los planos computan dentro del 30% de espacio libre privado. 5.ª 8. - Condiciones de volumen: Altura de la edificación: Según el cuadro adjunto resumen. Aticos: En las manzanas que se autorizan, reflejadas en el cuadro resumen de la Ordenanza y planos, estos se retranquearán como mínimo 3 m de la alineación, quedando dentro de la línea trazada desde la cara superior del forjado a 45º. Cuerpos volados: Los vuelos se ejecutan sobre la propia parcela y serán como máximo el 75% de la fachada afectada. Sótanos y semisótanos: Se podrán establecer: 1. Las instalaciones al servicio de la edificación. 2. Aparcamiento y garajes. La superficie por encima de 1 m de la rasante computará en la edificabilidad asignada. Cubierta plana: Se autoriza la instalación de: 5. Depósitos o instalaciones generales del edificio. 6. Elementos ajardinados. 5.ª 9- Condiciones particulares: Aparcamiento: Garajes en sótano que dispondrá de una plaza de aparcamiento por 50 m2 construidos de uso terciario y una plaza por 25 m2 construidos en restauración y ocio. Espacios libres: Los espacios libres de la parcela serán tratados como espacios ajardinados y los pasajes o calles con elementos urbanos singulares. Instalaciones: Las instalaciones energéticas utilizarán gas natural y/o otras energías tradicionales y energías renovables como combustible. Deben preverse la instalación de colectores solares que garanticen, al menos, el 60% de la demanda de agua caliente sanitaria. Cubiertas: Las cubiertas de los edificios serán planas y contaran con superficie accesible para la instalación de captadores y acumuladores solares u otras fuentes de energías renovables. 5.ª 10. - Condiciones estéticas. El bloque se edifica en su totalidad y la altura de cornisa la podrá determinar el arquitecto, dentro de los parámetros fijados en estas ordenanzas. La introducción de fuentes de energía de eficacia energética hace que los nuevos elementos que puedan intervenir en la composición del edificio queden integrados estéticamente y justificados en el Proyecto de Edificación. Los Proyectos de Edificación deberán prever la ubicación de futuros elementos de climatización, central o individualizada, de tal manera que queden integrados en la composición estética del edificio. 5.ª 11. - Condiciones ambientales. En la construcción se favorecerá la utilización de materiales de bajo coste energético y reducido efecto contaminante en su proceso de extracción, elaboración industrial y de puesta en obra, así como la de aquellos que sean reutilizables o reciclables, de forma que agotada su vida útil no genere residuos. Utilizar materiales de aislamiento que no contengan CFC ni HCFC. Los materiales sintéticos más recomendables son polietileno y polipropileno-copolímero (PE y PPC) o el poliestireno expandido (EPS). Utilización de áridos reciclados, procedentes de los escombros de derribo, después de su tratamiento adecuado. En su defecto serán de canteras autorizadas. Utilizar pinturas o barnices que cumplan normas de criterios ecológicos (norma UNE 48.300-94, pinturas y barnices de interior con ecoetiquetado). Se evitarán las pinturas con disolventes. Para minimizar el impacto de ruido, los acabados de fachada de las edificaciones se harán con material absorbente evitando los materiales muy reflectantes (art.9.11.3, PGMOU). La distribución de volúmenes será tal que se protejan por efecto pantalla las partes del edificio sensibles a las fuentes o direcciones del ruido y la orientación presentará la menor superficie de exposición a ellas. Las zonas de servicios comunes deberán concentrarse en áreas que no requieran un nivel alto de exigencias acústicas. Se recomienda que la distribución tenga en cuenta la orientación, que garantice la máxima ventilación cruzada de brisas favorables, el soleamiento y la iluminación con luz natural adecuada que reduce el consumo de energía e incrementa las condiciones de confort. La distribución interior de la vivienda debe favorecer la orientación sur para las zonas de estar. En las fachadas orientadas al Sur se deberá prever elementos para la captación solar en invierno y una protección de sombra en verano. Evitar estos mecanismos para las fachadas orientadas a Norte. Prever la instalación de toldos exteriores, porches, umbráculos, pérgolas y otros, en las fachadas orientadas a poniente. Los espacios con menos exigencias de confort térmico se utilizarán como barrera de protección del resto. Siempre se justificará en el proyecto de Edificación las garantías de confort y climáticas. Igualmente irán incorporados en los Proyectos de Edificación las chimeneas de ventilación correspondientes a los locales, con número suficiente, o mínimo una cada 100 m2 útiles de local. Se favorecerá la recogida selectiva facilitando espacio suficiente para la ubicación de los diferentes recipientes, en los distintos locales o en espacios comunitarios. Con respecto al ahorro de agua, deben instalarse sistemas que permitan la reutilización del agua de lluvia. En las viviendas se instalarán sistemas de ahorro de agua en grifos, cisternas y duchas. Así mismo se deberá contemplar la posibilidad de instalar sistemas que permitan el aprovechamiento de las aguas grises para el llenado de las cisternas de los inodoros. Dado el efecto termorregulador de la vegetación, debe favorecerse la plantación de arbolado en las zonas verdes (privadas) situadas junto a las fachadas de los edificios. Para ello es conveniente el arbolado de hoja caduca que permita pasar la radiación solar en invierno y la tamicen, refrescando el ambiente, en verano. Los colores de terminación de las fachadas deberán ser claros con el fin de proteger mejor del calor. Utilización de carpinterías de baja permeabilidad y alta estanqueidad al aire, con doble acristalamiento o doble ventana. Es preferible la utilización de lámparas de alumbrado de bajo consumo, especialmente en espacios comunitarios y espacios exteriores con largos periodos de encendido. Así mismo es conveniente la utilización de lámparas fluorescentes compactas antes que las lámparas de incandescencia o halógenas en espacios comunitarios. Cuadro resumen parcelas Ordenanza 5ª, Tc-. Tipo Altura Sup. Ocup.máx P.BAJA Iedf. Edificab. Parc Mín Total TC-1 III+At 878 615 1,35 1.185 TC-2 III+At 6.301 4.411 2,75 17.328 TC-3 III+At 750 525 2,75 2.063 TC-4 III+At 1.485 1.040 2,50 3.713 TC-5 III y X 6.985 4.890 3,15 22.003 TC-6 III y X 2.951 2.066 3,15 9.296 TC-7 III y X 2.927 2.049 3,02 8.840 TC-8 III y X 3.206 2.244 2,65 8.502 TC-9 III+ÁT 1.710 1.197 2,50 4.275 27.193 19.035 77.203 4.3.3. Zona de uso de equipamientos públicos. Ordenanza 6.ª Edificación de equipamientos 6.ª 1. - Ambito. Se aplicaran estas normas en las superficies que se grafía en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con las siglas DE-. 6.ª 2. - Ordenación. Concepto de parcelas donde se conciben las edificaciones como bloques, abiertos o cerrados, exentos o entre medianeras que facilita la ubicación de las dotaciones necesarias. Este Plan Parcial define la ordenación precisa de modo que no es necesario un posterior instrumento de planeamiento, no obstante si por la propiedad y la legislación, se quisiera cambiar algún aspecto volumétrico, se podrá redactar el correspondiente Estudio de Detalle. 6.ª 3. - Condiciones de uso. * El uso característico es el equipamiento público. * Usos prohibidos: Se prohibe el uso industrial en todas sus categorías. * Aparcamiento: Se dispondrá de una plaza de aparcamiento por 100 m2 construidos. y se aplicarán los requisitos del art. 3.6.8 de las Normas Urbanísticas del Plan General. 6.ª 4. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las O.O.M.M. de Edificación y demás legislaciones vigentes. 6.ª 5. -Condiciones de parcela. Superficie mínima: la propia parcela definida en planos y las condiciones de la normativa sectorial. 6.ª 6. - Condiciones de edificabilidad Edificabilidad : 2 m2/m2, excepto en las parcelas deportivas donde nos remitimos a las ordenanzas del Plan General. 6.ª 7. - Condiciones de posición de la edificación: Ocupación: Ocupación máxima: 75%, excepto DE-2, DE-9 DE-10, DE-11, DE-12, DE-17 DE-18 que se ajustarán a las determinaciones del plano 4.1 y cuadro resumen. Alineación: Retranqueo a lindero de 3 m. 6.ª 8. - Condiciones de volumen: Altura de la edificación: Altura máxima y nº de plantas. III+ At ( 20,00 m). Altura mínima y nº de plantas: I Sótanos y semisótanos: Se podrán establecer: 1. Las instalaciones al servicio de la edificación. 2. Aparcamiento y garajes. Superficie bajo cubierta inclinada: Se autorizarán cuando estén destinados a depósitos, trasteros o buhardillas o instalaciones o condiciones generales de la edificación. Cubierta plana: Se autoriza la instalación de: 1. Depósitos o instalaciones generales del edificio. 2. Elementos ajardinados. 6.ª 9- Condiciones particulares: Aparcamiento: Se debe cumplir el art. 3.6.8. de las Normas Urbanísticas del Plan General. Espacios libres: Los espacios libres de la parcela serán tratados como espacios ajardinados. Instalaciones: Las instalaciones energéticas utilizarán gas natural y/o otras energías tradicionales y/o energías renovables como combustible. Deben preverse la instalación de colectores solares que garanticen, al menos, el 60% de la demanda de agua caliente sanitaria. Cubiertas: Las cubiertas de los edificios contaran con superficie accesible para la instalación de captadores y acumuladores solares u otras fuentes de energías renovables. 6.ª 10. - Condiciones estéticas. La introducción de fuentes de energía de eficacia energética hace que los nuevos elementos que puedan intervenir en la composición del edificio queden integrados estéticamente y justificados en el Proyecto de Edificación. Los Proyectos de Edificación deberán prever la ubicación de futuros elementos de climatización, central o individualizada, de tal manera que queden integrados en la composición estética del edificio. 6.ª 11. - Condiciones ambientales. En la construcción se favorecerá la utilización de materiales de bajo coste energético y reducido efecto contaminante en su proceso de extracción, elaboración industrial y de puesta en obra, así como la de aquellos que sean reutilizables o reciclables, de forma que agotada su vida útil no genere residuos. Utilizar materiales de aislamiento que no contengan CFC ni HCFC. Los materiales sintéticos más recomendables son polietileno y polipropileno-copolímero (PE y PPC) o el poliestireno expandido (EPS). Utilización de áridos reciclados, procedentes de los escombros de derribo, después de su tratamiento adecuado. En su defecto serán de canteras autorizadas. Utilizar pinturas o barnices que cumplan normas de criterios ecológicos (norma UNE 48.300-94, pinturas y barnices de interior con ecoetiquetado). Se evitarán las pinturas con disolventes. Para minimizar el impacto de ruido, los acabados de fachada de las edificaciones se harán con material absorbente evitando los materiales muy reflectantes (art.9.11.3, PGMOU). La distribución de volúmenes será tal que se protejan por efecto pantalla las partes del edificio sensibles a las fuentes o direcciones del ruido y la orientación presentará la menor superficie de exposición a ellas. Las zonas de servicios comunes deberán concentrarse en áreas que no requieran un nivel alto de exigencias acústicas. Se recomienda la máxima ventilación cruzada de brisas favorables, soleamiento e iluminación con luz natural adecuada, que reduce el consumo de energía e incrementa las condiciones de confort. En las fachadas orientadas al Sur se deberá prever elementos para la captación solar en invierno y una protección de sombra en verano. Evitar estos mecanismos para las fachadas orientadas a Norte. Prever la instalación de toldos exteriores, porches, umbráculos, pérgolas y otros, en las fachadas orientadas a poniente. Los espacios con menos exigencias de confort térmico se utilizarán como barrera de protección del resto de dependencias. Siempre se justificará en el proyecto de Edificación las garantías de confort y climáticas. Se favorecerá la recogida selectiva facilitando espacio suficiente para la ubicación de los diferentes recipientes. Con respecto al ahorro de agua, deben instalarse sistemas que permitan la reutilización del agua de lluvia. Se instalarán sistemas de ahorro de agua en grifos, cisternas y duchas. Así mismo se deberá contemplar la posibilidad de instalar sistemas que permitan el aprovechamiento de las aguas grises para el llenado de las cisternas de los inodoros. Dado el efecto termorregulador de la vegetación, debe favorecerse la plantación de arbolado en las zonas verdes (públicas o privadas) situadas junto a las fachadas de los edificios. Para ello es conveniente el arbolado de hoja caduca que permita pasar la radiación solar en invierno y la tamicen, refrescando el ambiente, en verano. Los colores de terminación de las fachadas deberán ser claros con el fin de proteger mejor del calor. Utilización de carpinterías de baja permeabilidad y alta estanqueidad al aire, con doble acristalamiento o doble ventana. Es preferible la utilización de lámparas de alumbrado de bajo consumo, especialmente en espacios comunitarios y espacios exteriores con largos periodos de encendido. Así mismo es conveniente la utilización de lámparas fluorescentes compactas antes que las lámparas de incandescencia o halógenas en espacios comunitarios. Cuadro resumen parcelas Ordenanza 6.ª, DE-. Equipami Sup. . Ocup. Máx P. Altura. I. Edf. Edif. entos Parcela Baja Total DE-1 7.289 5.467 III+Át 1,00 7.289 DE-2 3.576 3.576 III+Át 2,00 7.152 DE-3 4.973 3.730 III + Át 1,00 4.973 DE-4 3.236 2.427 III+Át 1,00 3.236 DE-5 3.258 2.444 III + Át 1,00 3.258 DE-6 3.536 2.652 III + Át 2,00 7.072 DE-7 13.841 10.381 III + Át 2,00 27.682 DE-8 5.611 4.208 III + Át 2,00 11.222 DE-9 384 III + Át 2,00 768 DE-10 384 III + Át 2,00 768 DE-11 1.386 III + Át 2,00 2.772 DE-12 1.336 III + Át 2,00 2.672 DE-13 4.667 3.500 III + Át 2,00 9.334 DE-14 6.150 4.613 III + Át 2,00 12.300 DE-15 3.328 2.496 III + Át 2,00 6.656 DE-16 5.653 4.240 III + Át 2,00 11.306 DE-17 2.010 2.010 III + Át 2,00 4.020 DE-18 6.214 6.214 III + Át 2,00 12.428 TOTAL 76.832 134.908 4.3.4. Zona de uso de espacios libres. Ordenanza 7.ª De espacios libres Se aplicaran estas normas en las superficies que se grafía en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con las siglas EV. 7.ª 1. - Ordenación. Las alineaciones serán las definidas en el plano de Ordenación pormenorizada. El carril de Las Moreras será tratada como senda verde y formara parte de la Red Básica de Sendas Verdes. 7.ª 2. - Condiciones de uso. * El uso característico es de espacios libres. * Usos compatibles: Se admiten los usos públicos deportivos, instalaciones descubiertas, hasta una ocupación máxima del 10% de la superficie de la zona verde. Admitirán pequeñas construcciones de carácter temporal o definitivo en régimen de concesión administrativa o autorización, como kioscos de periódicos y revistas, golosinas y bebidas no alcohólicas y similares. Admitirán instalaciones de servicios públicos subterráneos. * Usos prohibidos: Se prohibe el resto de usos. 7.ª 3. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las O.O.M.M. de Edificación y demás legislaciones vigentes. 7.ª 4. -Condiciones de parcela. Superficie mínima: 200 m2 En los espacios libres se respetaran los arboles existentes de mediano y gran porte así como especies singulares y protegidas y se estará a las disposiciones que para los espacios libres presenta el Plan Parcial. Cuadro resumen parcelas Ordenanza 7ª: Ev Superficie Ev Superficie EV1 1.853 EV20 1.349 EV2 993 EV21 495 EV3 1.242 EV22 1.050 EV4 456 EV23 1.804 EV5 883 EV24 11.710 EV6 4.450 EV25 1.261 EV7 425 EV26 380 EV8 1.808 EV27 707 EV9 904 EV28 4.451 EV10 215 EW29* 1.476 EV11 1.410 EV30 4.287 EV12 705 EV31 3.748 EV13 504 EV32 1.267 EV14 6.147 EV33 1.027 EV15 1.642 EV34 1.404 EV16 1.232 EV35 696 EV17 3.048 EV36 1.741 EV18 2.190 EW37 8.700 EV19 902 EW38 1.230 Total 79.792 4.3.5. Zona de uso del viario. Ordenanza 8.ª Viario 8.ª 1. - Ambito. Se aplicaran estas normas en las superficies que se grafía en el plano de Ordenación de Usos Pormenorizados del presente Plan Parcial con la siglas V-. 8.ª 2. - Ordenación. Las alineaciones serán las definidas en el plano correspondiente. 8.ª 3. - Condiciones de uso. * El uso característico es el destinado a los espacios de dominio y uso público destinado a posibilitar el movimiento de los peatones y los vehículos motorizados, así como la ubicación de aparcamientos. * Usos compatibles: Se admiten los usos de infraestructuras básicas y mobiliario urbano. * Usos prohibidos: el resto de usos. 8.ª 4. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las legislaciones sectoriales y demás vigentes. 8.ª 5- Condiciones particulares: Aparcamiento: Espacios libres: Todos los ejes viarios de ancho igual o mayor de 6 m serán arbolados. Quedan reflejados en los planos los viarios con carril bici. El carril de Las Moreras será tratada como senda verde. 4.3.6. Zona de uso de servicios urbanos. Ordenanza 9.ª Servicios urbanos 9.ª 1. - Ambito. Se aplicaran estas normas a las infraestructuras básicas requeridas por el Plan Parcial. 9.ª 2. - Condiciones de higiene. Habrán de cumplirse las legislaciones sectoriales y demás vigentes. 9.ª 3. - Condiciones de edificabilidad Edificabilidad: 0.5 m2/m2. 9.ª 4. - Condiciones de posición de la edificación: Ocupación: Ocupación máxima: 50% de la parcela. Sótanos y semisótanos: Siempre que no exista impedimento tecnológico serán soterradas las instalaciones. 9.ª 5. - Condiciones particulares: Los espacios libres de las parcelas asignadas serán tratadas como espacios de ajardinados. Los centros de transformación serán subterráneos según establece el PGMOU. Podrán situarse en espacios libres y los Proyectos de Urbanización podrán relocalizar los previstos. En el sistema de recogida de basuras se pretende sea subterráneo la ubicación de contenedores. 4. Normas de protección: culturales y ambientales. Se remite al Estudio de Incidencia Ambiental para las normas de protección ambiental Se remite al PGMO para las normas de protección cultural y a la correspondiente legislación nacional y autonómica. 4.5. Normas de gestión. 4.5.1. - Sistemas de actuación. El sistema de actuación será el de Compensación para las unidades de actuación II, III, IV y V y para la Unidad I será por Concertación indirecta. En el caso de que los propietarios de alguna Unidad de Ejecución incumplan los plazos establecidos en el Plan de Etapas, la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Murcia tramitará el cambio de sistema a Cooperación para la reparcelación según las determinaciones del art. 155 del Reglamento de Gestión Urbanística. La Gestión del presente Plan Parcial atenderá en todo momento a lo dispuesto en el Reglamento de Gestión Urbanística. 4.5.2. ¿ Plazos de actuación. Los plazos previstos para la ejecución de las seis unidades establecidas quedan reflejados en el documento 5 - Plan de Actuación, dos etapas de 4 años: 1.º año Proyecto de Compensación Proyecto de Urbanización 2.º año Inicio de obras de urbanización 3.º año Obras de urbanización 4.º año Solicitud de licencias de obras de edificación En todo el proceso se estará a lo dispuesto en el Reglamento de Gestión Urbanística. 4.6. Normas de urbanización. 4.6.1. Proyectos de urbanización. La ejecución de las obras de urbanización contenidas en el presente Plan Parcial se llevará a cabo mediante la redacción del correspondiente Proyecto de Urbanización, pudiéndose definir fases para su ejecución y desarrollo. Los proyectos de Urbanización tendrán en cuenta las determinaciones del Presente Plan Parcial y lo dispuesto en la Normalización en obras de Urbanización del Excmo. Ayuntamiento de Murcia. Se procederá al reajuste y definición de todos aquellos parámetros de servicios de infraestructuras que no afecten a las determinaciones del Plan Parcial. Las cotas de rasante de la red viaria podrán modificarse si las características del trazado o de la red de saneamiento así lo demandasen. En los espacios libres se respetaran los arboles existentes de mediano o gran porte así como especies singulares y protegidas y se estará a las disposiciones que para los espacios libres presenta el Plan Parcial. Los centros de transformación serán subterráneos según establece el PGMOU. Podrán situarse en espacios libres y los Proyectos de Urbanización podrán relocalizar los previstos. El sistema de recogida de basuras se pretende sea subterráneo.» Murcia, 21 de octubre de 2004.¿El Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿TXF¿ ¿¿