¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 11026 Gerencia de Urbanismo. Aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la unidad de actuación II del P.E.R.I. Castillo de Olite (Expte. 0452GR00). ¿SUF¿¿TXC¿ La Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el pasado 10 de junio de adoptó el siguiente Acuerdo: «1.º Resolver las alegaciones presentadas por los interesados a la aprobación inicial del Proyecto de Reparcelación del PERI Castillo de Olite, Unidad de Actuación II, en el sentido que expresamente se recoge en esta propuesta y en concreto en el considerando tercero. 2.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación PERI Castillo de Olite, Unidad de Actuación II, y proceder a la publicación del acuerdo en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿ y en dos periódicos de los de mayor difusión. 3.º Notificar individualmente a cada interesado y titular de derechos esta aprobación definitiva y conceder, no obstante lo anterior, un plazo de 15 días para la realización de alegaciones y aportación de medios de prueba al expediente, que se contará desde el día siguiente a la notificación individual, (y no desde su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿ o en los periódicos). Este Plazo de alegaciones no afectará a los efectos propios y legales de la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación una vez sea publicado en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿. 4.º Una vez firme en vía administrativa se procederá a otorgar documento público con las formalidades necesarias para su inscripción registral, de acuerdo con la normativa estatal. 5.º Aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación, y siendo urbanizador el Ayuntamiento de Murcia, se acuerda la ocupación inmediata de los terrenos a urbanizar.» Contra la precedente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de publicación del mencionado anuncio en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿ y contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso­administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que le sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Igualmente se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común y 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación a los propietarios de parcelas cuyo nombre o domicilio se ignore o sea desconocido, o estén en paradero desconocido. Murcia, 2 de julio de 2004.¿El Tte. Alcalde Delegado de Urbanismo. ¿TXF¿ ¿¿