¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 10076 Aprobación definitiva del documento de Modificación Puntual n.° 35 de las Normas del Plan General. Que afecta al articulo 3.7.3. Apdo. C. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2004, acordó aprobar definitivamente el documento de modificación puntual n.° 35 de las normas del Plan General, que afecta al artículo 3.7.3. apdo. c), que queda redactado de la siguiente forma: «c) Admitirán usos públicos deportivos, hasta una ocupación máxima del 10% de la superficie total del Parque y la edificabilidad total no superará el índice de 0.15 m²/m² con altura máxima de 9,00 m., así como pequeñas construcciones de carácter temporal o definitivo en régimen de concesión administrativa o autorización, como kioscos de periódicos y revistas, golosinas y bebidas no alcohólicas y similares; si la superficie del Parque es mayor de 30.000 m² admitirán construcciones con los mismos usos y parámetros definidos para los Parques Metropolitanos». Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso­administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Murcia, 28 de junio de 2004.¿El Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿TXF¿ ¿¿