¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 841 Aprobación definitiva del plan especial de reforma interior en callejón de Paredes, en Puente Tocinos. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de noviembre de 2003, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Plan Especial de Reforma Interior en Callejón de Paredes, en Puente Tocinos. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso­administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. El texto de las Ordenanzas del referido Plan Especial es el siguiente: «Normas Urbanísticas: 1. Definición Se mantiene la tipología de edificación en vivienda unifamiliar o colectiva que define frentes de fachada continuos sobre la alineación exterior respecto a los viales de uso público establecidos en el PE para la manzana que nos ocupa. 2. Tolerancia tipológica Se permiten las viviendas unifamiliares de dos plantas ubicadas sobre las parcelas 11 y parte de la 12 existentes en el momento de la aprobación inicial del Plan General, que no podrán segregarse al no constar con la superficie mínima ni con el frente necesario. 3. Condiciones de edificación - Condiciones de parcela Las establecidas en el art. 5.5.3 de las normas urbanísticas del Plan General. - Posición de la edificación La establecida en el art. 5.5.3 apartado primero de las citadas normas urbanísticas. - Ocupación Las parcelas 03 (de la 70729), 02 y 15 (de la 70726) ya edificadas con las alturas máximas (4 plantas) permitidas por el Plan General así como las 11 y parte de la 12 (de la 70726), conservarán la ocupación actual que se representa en la documentación gráfica. La parte de la manzana ocupada por las parcelas 01 y 02 (de la 70729) así como las 01, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, parte de la 12, 13 y 14 se atendrán a la ocupación establecida en el art. 5.5.3 apartado primero de las normas urbanísticas del PGOU. - Altura de la edificación Las parcelas 01, 02 y 03 (70729), entre sus alineaciones y medianeras, tendrán una altura máxima de 4 plantas (13 m). El resto de parcelas de la 70726 tendrán asimismo una altura máxima de 4 plantas (13 m) excepto las 11 y parte de la 12 cuya altura máxima será la actual de 2 plantas (7 m). Todo lo cual se especifica en la documentación gráfica. El interior de la manzana cuyo fondo máximo edificable en altura exceda de la ocupación asignada en el apartado anterior tendrán en planta baja una altura máxima de 4,5 m. de altura libre. La ocupación del solar podrá ser total para usos no residenciales. - Edificabilidad Edificabilidad actual. 8.676 m2. Edificabilidad propuesta. 8.403 m2. - Tratamiento de paramentos Todos los paramentos recayentes al Callejón de Paredes tendrán tratamiento de fachadas en cuanto a la calidad de sus acabados y en ningún caso se permitirán medianerías vistas de las calles de uso público.» Murcia, 7 de enero de 2004.¿El Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿TXF¿ ¿¿