¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 11629 Aprobación definitiva del plan especial de las parcelas E y D4 de la Unidad de Ejecución 1 del Plan Parcial C.R.4 y de un área de suelo urbano contigua al citado plan parcial. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2003, acordó aprobar definitivamente el proyecto de Plan Especial de las parcelas E y D4 de la Unidad de Ejecución 1 del Plan Parcial C.R.4 y de un área de suelo urbano contigua al citado Plan Parcial. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso­administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. El texto de las Ordenanzas del referido Plan Especial es el siguiente: Normas urbanísticas. Las normas urbanísticas de aplicación para la zona del UA-209 incluido en el ámbito del presente PERI, son las que se establecen en la modificación del Plan Parcial CR-4. Concretamente, se establece una nueva ordenanza para la parcela 4-4: se permitirá la ocupación del sótano de edificación destinado a garage hasta el límite de la alineación original, quedando la superficie sobre rasante con servidumbre de uso público. El área urbana calificada como RM, se aplicarán las ordenanzas contenidas en el Plan General en suelo urbano para la tipología RM- (manzana cerrada tradicional). Con carácter general en todo el ámbito, serán de aplicación las Normas contenidas en el documento del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Murcia, las Ordenanzas Municipales de Edificación y cuantas disposiciones legales que afecten a las edificaciones que se pretendan realizar. Para la realización de cualquier tipo de obra, bien sea de nueva planta, ampliación, reforma o rehabilitación, será imprescindible la previa obtención de la licencia municipal correspondiente. Los proyectos de edificación y la obtención de licencia de obra, así como su vigencia y caducidad, se ajustarán a las Ordenanzas Municipales de Edificación y disposiciones municipales correspondientes. Murcia, 6 de octubre de 2003.¿El Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Fernando Berberena Loperena. ¿TXF¿ ¿¿