¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 6479 Aprobación definitiva de la modificación puntual de las Ordenanzas del Plan Parcial del Sector Ciudad Equipamientos N.º 3 de Murcia, en que afecta al punto 3. Normas de edificación apartado 3.3. Normas particulares de zona: Parcelas edificables. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de febrero de 2003, acordó aprobar definitivamente el documento de modificación puntual de las Ordenanzas del Plan Parcial del Sector Ciudad Equipamientos n.º 3 de Murcia, en que afecta al punto 3. Normas de edificación, apartado 3.3. Normas particulares de zona: parcelas edificables. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso­administrativo, ante el Organo de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. El texto íntegro de las Ordenanzas modificadas (3.3.0., 3.3.1. y 3.3.4) es el siguiente: 3.3. Normas particulares de zona: Parcelas edificables 0. Concepto: Comprende la totalidad de los terrenos edificables del sector, calificados en los planos de Ordenación o zonificación del Plan Parcial en la forma que sigue. Parcela de uso docente. « para I.S.1. « para I.S.2 Parcelas A Parcelas B Parcela para uso de las comunicaciones Parcelas para infraestructuras o servicios urbanos». 1. Condiciones de edificabilidad Volumen: El volumen máximo edificable por parcela estará en función del uso de la misma de acuerdo con los siguientes parámetros. Parcela de uso docente ........................... 2 m2/m2. Parcela para I.S.1. .................................. 2.5 m3/m2. Parcela para I.S.2. .................................. 2.5 m3/m2. Parcela para Serv. Urb. .......................... 2.5 m3/m2. Parcela A .................................................. 3.1 m3/m2. Parcela B .................................................. 3.1 m3/m2. Parcela para uso de las comunic. ........3.1 m3/m2. Altura: máximo de 5 plantas, equivalente a 16 metros. Ocupación: máxima del 60% de la superficie de la parcela. Separaciones a linderos: A calle: Separación mínima 5 m. Esta franja en el frente de parcelas A recayentes a zona verde, será de uso público. A otras parcelas: Mínima: mitad de la altura de la Edificación, con una distancia mínima absoluta de 4 m. 4. Parcela mínima Las parcelas mínimas aplicables para cada una de las zonas serán: . En parcela A = 1.200 m2 . En parcela B = 500 m2. . En parcela de uso docente= 1.000 m2 Las parcelas I.S.1 e I.S.2, no serán divisibles. Murcia, 4 de abril de 2003.¿El Director de Servicios. ¿TXF¿ ¿¿