¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 8834 Gerencia de Urbanismo. Aprobación definitiva de una modificación de la norma 5.3.3. del Plan Parcial Ciudad Equipamientos número 2 de Murcia, respecto a las parcelas 3A - 3B - 3C y 3D. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de junio de 2002, acordó aprobar definitivamente el proyecto de modificación de la Norma 5.3.3 del Plan Parcial Ciudad Equipamientos número 2 de Murcia, respecto a las parcelas 3A - 3B - 3C y 3D. Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo haya adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Igualmente, y de conformidad con los artículos 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, este anuncio servirá de notificación con carácter general a todas aquellas personas cuyo domicilio resulte desconocido. La nueva redacción de la Norma 5.3.3. del Plan Parcial Ciudad Equipamientos número 2 de Murcia es la siguiente: «5.3.3.- Normativa particular: - Superficie de parcela, 9.508 metros cuadrados. - Volumen edificable, 82.050 metros cuadrados. - Altura máxima, 22 plantas. - Ocupación máxima sobre rasante, 60%. - Ocupación máxima bajo rasante, total. - Retranqueos: A zonas verdes de 5 metros, a ejes de calles y linderos con otras parcelas 15 metros, pudiendo reducirse esta distancia a la mitad de la altura cuando sea de cinco plantas o menos, con 5 metros de retranqueo mínimo en cualquier caso. - Aparcamiento: 1 plaza por cada 10 metros cuadrados de edificación para automóviles y 1 plaza por cada 100 metros para motocicletas y bicicletas. - Parcela mínima: la parcela es indivisible. - Usos: Oficinas de los distintos ramos de la Administración Central y Regional, y privadas; edificios o instalaciones para la vida comunitaria como Colegios Mayores y profesionales, iglesias, asambleas, palacios de congresos; centros preescolares, de E.S.O., de formación profesional, museos y bibliotecas; instalaciones o actividades de ocio como centros sociales, club, casinos, centros deportivos; instalaciones asistenciales como guarderías infantiles, dispensarios, centros de atención sanitaria, asilos; equipamientos turísticos y comerciales como hoteles, hipermercados, y almacenes comerciales en general; servicios técnicos estatales y locales; usos propios de servicios públicos y privados de comunicaciones y transporte». Murcia, 24 de julio de 2002.¿La Teniente de Alcalde-Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente. ¿TXF¿ ¿¿