¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 12591 Aprobación definitiva de una modificación puntual de las Ordenanzas del Plan Parcial del Sector Ciudad Equipamientos número 3 de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2001, acordó aprobar definitivamente una modificación puntual de las Ordenanzas del Plan Parcial del Sector Ciudad Equipamientos número 3 de Murcia, que afecta al artículo 2.3 "Separación a linderos". Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" y contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, recurso contencioso administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante el órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. La nueva redacción del referido artículo 2.3 es la siguiente: "Separaciones a linderos: A calle: Separación mínima 5 m. Esta franja en el frente de parcelas A recayentes a zona verde, será de uso público. A otras parcelas: Mínima: mitad de la altura de la edificación, con una distancia mínima absoluta de 4 m. Bajo rasante. El retranqueo a todos los linderos será de 1,5 m. Por acuerdo legalmente formalizado entre propietarios colindantes podrá suprimirse el retranqueo al lindero que comparten". Murcia, 19 de noviembre de 2001.¿La Teniente de Alcalde-Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente. ¿TXF¿ ¿¿