¿ O C ¿ Murcia ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 7106 Gerencia de Urbanismo. Notificaciones. Aprobación definitiva del proyecto de modificación del Plan Parcial del Sector A del Programa de Actuación Urbanística modificado de Torre Guil. ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento de don Francisco López Soldevilla, don Eduardo López Soldevila, don José Caravaca Illán, don Ángel Joaquín Pérez Moreno, don Pedro Pardo Gomariz, doña Monserrate Beneytez Soto, don Juan A. Hidalgo Picazo, doña María del Carmen Buendía Ruiz, don J.A. Linares Gil, doña Rosa María Loureda Puján, Hortícola del Guadalentín, S.A., Papelera del Gaya, S.A., Andrés Marín, S.L., don Joaquín Romero Vidal, a quienes se ha intentado pero no se ha podido practicar la notificación personal, que por el Pleno de la Corporación se adoptó, con fecha 27 de mayo de 1999, el siguiente acuerdo: «1.º-Aprobar definitivamente el referido proyecto de modificación del Plan Parcial del Sector A del Programa de Actuación Urbanística modificado de Torre Guil, incorporando la subsanación parcial de reparos señalados en el precitado informe de la Administración Regional, en los términos que se desprenden del informe de los Servicios Técnicos de la Gerencia, para cuya efectividad deberá aportarse por la propiedad el correspondiente texto refundido del proyecto. 2.º-Ordenar la publicación del presente acuerdo en el «Boletín oficial de la Región de Murcia», así como su notificación a la Administración Regional, a la propiedad y a los autores de alegaciones durante el periodo de información pública. 3.º-Supeditar la eficacia de la aprobación otorgada al cumplimiento por la entidad promotora del proyecto del requisito de justificar que «las infraestructuras existentes son adecuadas a las nuevas demandas de población» (ver apartado 5 anterior), ya que, en caso de no serlo, deberá prestar la garantía del 8% de la evaluación económica de los costes de urbanización del Plan Parcial, conforme a lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley Regional 12/1986, de 20 de diciembre, de Medidas para la Protección de la Legalidad Urbanística en la Región de Murcia»; y una vez han sido subsanadas las deficiencias señaladas en el referido acuerdo de aprobación definitiva, contra dicho acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la aparición del presente anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», y, contra la resolución expresa o presunta de dicho recurso, contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en que le sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o desde que pueda entenderse desestimado por silencio administrativo. Asimismo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Órgano de dicha Jurisdicción y en el plazo indicados. Murcia, 7 de junio de 2000.¿El Teniente de Alcalde de Urbanismo.