IV. Administración Local Murcia 2570 Anuncio del padrón de basuras, 2.º cuatrimestre (bimestres 3.º y 4.º 2024). Se pone en conocimiento de los contribuyentes interesados que por Resolución de la Directora de la Agencia Municipal Tributaria del Ayuntamiento de Murcia de 9 de mayo de 2024, ha sido aprobado el padrón de la tasa por recogida de basuras (ordenanza fiscal 1.7) correspondiente al 2.º cuatrimestre de 2024 (bimestres 3.º y 4.º de 2024). Este padrón se encuentra expuesto al público en la Agencia Municipal Tributaria de este Ayuntamiento de Murcia durante un plazo de 15 días a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, donde puede ser examinado por los contribuyentes a quienes interese. Contra la inclusión en dicho padrón o contra las cuotas que en él se indican, pueden interponerse los siguientes recursos: A) Recurso potestativo de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, ante el Ayuntamiento de Murcia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del presente padrón (art. 14.2 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). En el caso de interposición de recurso de reposición, se hará constar que dicho acto no ha sido impugnado en vía económico-administrativa (art. 21 del Reglamento General de Desarrollo de la LGT, en materia de revisión en vía administrativa aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo). Contra la resolución del recurso de reposición, puede el interesado interponer reclamación económico-administrativa ante el Consejo Económico-Administrativo de Murcia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, si existe resolución expresa, o desde el día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, si aquella no se produjera (art. 19 del Reglamento del Consejo Económico-Administrativo de Murcia, BORM nº 86 de 16/04/2005). B) Reclamación Económico-Administrativa ante el Consejo Económico-Administrativo Municipal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago del presente padrón (art. 235.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria). Contra la resolución expresa o presunta de la reclamación económico-administrativa, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que le sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el plazo de un año desde la presentación de la reclamación económico-administrativa, entendiéndose esta desestimada por silencio administrativo. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Murcia, 10 de mayo de 2024.—El Alcalde, P.D. (Decreto Alcaldía 05/07/2023), la Jefa de Servicio de la Agencia Municipal Tributaria, Concepción Alarcón Terroso. A-220524-2570