IV. Administración Local Mula 14096 Aprobación definitiva del Reglamento de Facturación Electrónica del Ayuntamiento de Mula. Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 28 de julio de 2014, de aprobación inicial del Reglamento de Facturación Electrónica del Ayuntamiento de Mula, y no habiéndose presentado reclamación alguna, se entiende aprobado definitivamente dicho Reglamento, haciéndose público su contenido conforme al siguiente texto: Exposición de motivos El Ayuntamiento de Mula, atendiendo los nuevos medios para la presentación de facturas y teniendo en cuenta la mayor agilidad y eficiencia de la tramitación de las mismas, ha acordado adherirse al FACE, punto único de facturación electrónica. La Ley 25/2013 de facturación electrónica establece la posibilidad de que, reglamentariamente, se excluya la obligación de presentar electrónicamente facturas cuyo importe se determine reglamentariamente. Ese es el objeto de la presente norma. Artículo 1. Se excluye de la obligatoriedad de presentación de factura electrónica a todas aquellas cuyo importe no exceda de 1000 euros, IVA incluido. Disposición transitoria. La presente normativa entrará en vigor el 15-1-2015. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Mula, 20 de octubre de 2014.?El Alcalde-Presidente, José Iborra Ibáñez. A-071114-14096