IV. Administración Local Mula 1008 Aprobación definitiva de la modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 19 de diciembre de 2024, de aprobación inicial de la Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en el expediente GRAL/2472/2024, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la LBRL, se entiende definitivamente aprobada, al no haberse presentado reclamación alguna. A continuación, se hace público el texto íntegro de la modificación aprobada: Se incorporan los siguientes cambios en su articulado: ARTÍCULO 5, APARTADO 2 - Aplicar una bonificación de hasta el 50% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras para obras realizadas en establecimientos que se dediquen al comercio y turismo por concurrir circunstancias culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. - Aplicar una bonificación de hasta el 90% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras para obras realizadas por Entidades Sociales, por concurrir circunstancias sociales que justifiquen tal declaración. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Mula, 21 de febrero de 2025.—El Alcalde-Presidente, Juan Jesús Moreno García. A-040325-1008