IV. Administración Local Mula 6055 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la autorización de depósito de escombros, tierras y material de desecho de la construcción en la escombrera municipal. Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 21 de febrero de 2012, de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la autorización de depósito de escombros, tierras y material de desecho de la construcción en la escombrera municipal, y no habiéndose presentado reclamación alguna, se entiende aprobada definitivamente dicha modificación, de modo que el artículo 6, apartados a-d quedan redactados como sigue: Artículo 6: (?). a) Derribos. De edificios de viviendas en obras de fábrica: m² de superficie x 0.682 x 6,30 euros. De viviendas de hormigón: m² de superficie x 1.109 x 6,30 euros. De remoción de viales: m² de superficie x 0,225 x 6.30 euros. Naves industriales de estructura: m² de superficie x 0.944 x 6.30 euros. b) Construcciones, Edificios de viviendas: m² de superficie x 0,050 x 6.30 euros. Naves industriales: m² de superficie x 0,045 x 6,30 euros. c) Rehabilitación de edificios: m² de superficie x 0,269 x 6.30 euros. d) Obras menores: 12,60 euros. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Mula, 10 de abril de 2012.?El Alcalde-Presidente, José Iborra Ibáñez. A-170412-6055