IV. Administración Local Mula 4624 Bases de convocatoria para proveer, mediante promoción interna, una plaza de Encargado de Instalaciones, Actividades y Programas Deportivos, incluida en la Oferta de Empleo Público complementaria 2021. Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de 21 de junio de 2021, se aprueban las bases de convocatoria para proveer, mediante promoción interna, una plaza de Encargado de Instalaciones, Actividades y Programas Deportivos, incluida en la Oferta de Empleo Público complementaria de 2021. Primera. Plaza objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la selección, por el procedimiento de Concurso-Oposición, de una plaza de Encargado de Instalaciones, Actividades y Programas Deportivos, reservada al turno de promoción interna, vacante en la Plantilla de este Ayuntamiento, con código: A-2-1-14. Esta plaza está incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, Grupo A, dotada con los emolumentos correspondientes al Subgrupo de clasificación “A2”, del artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; y demás que correspondan de conformidad con la normativa vigente. Segunda. Requisitos de los aspirantes. Para poder participar en las Pruebas Selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias: a) Estar en posesión de una licenciatura, grado universitario o equivalente. b) Estar ocupando plaza como funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Mula y estar encuadrado en el Subgrupo C1, con una antigüedad mínima de dos años como funcionario de carrera en el Grupo, Escala o Categoría a que pertenece. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) Haber satisfecho la tasa por derechos de examen que queda fijada en 50 € y se ingresarán en la c/c núm. IBAN ES62 2038 3018 6664 0000 1806, de Bankia-CaixaBank, indicando “Pruebas selectivas Encargado de Instalaciones Actividades y Programas Deportivos”. El justificante del ingreso se adjuntará a la instancia. Tercera. Instancias. I.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda e irán dirigidas al Sr. Alcalde Presidente y serán presentadas en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Mula, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A la solicitud se acompañará: 1. Fotocopia compulsada del documento Nacional de Identidad. 2. Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria. 3. Documentos justificativos originales o en copias compulsadas de los méritos alegados para el concurso, salvo de los que ya disponga el Ayuntamiento de Mula que bastará con que se identifiquen y se relacionen en la instancia. 4. Justificante de ingreso de los derechos de examen. II.- Se publicará la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y las bases completas, incluidos los anexos, en la web del Ayuntamiento de Mula. Cuarta. Admisión de candidatos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde Presidente dictará Resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamaciones. De no existir reclamaciones, la mencionada Resolución se considerará elevada automáticamente a definitiva sin necesidad de nueva publicación. Las sucesivas publicaciones se realizarán a través de la página web del Ayuntamiento. Asimismo, se determinará la composición del Tribunal, con indicación del lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y orden de actuación de los aspirantes. Quinta. El tribunal calificador. I.-El Tribunal Calificador estará integrado por cinco miembros, funcionarios de carrera, de los cuales uno será el presidente, tres actuarán como vocales y otro como secretario y deberán tener un nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza convocada. La designación del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la web municipal. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. El Tribunal podrá contar con el asesoramiento de especialistas para todas o algunas pruebas, nombrados por el Sr. Alcalde Presidente. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra entre ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, debiéndolo notificar a la autoridad convocante. II.- El Tribunal Calificador estará facultado para resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas. III.- A efectos de percepción de asistencias por los miembros del Tribunal se fijan las establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y Resolución de 2 de diciembre de 2015 que revisa el importe de las mismas o, en su caso, disposición posterior que modifique las anteriores. Sexta. Procedimiento de selección. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: Concurso y Oposición. I. Fase de Concurso. Los méritos, que el Tribunal Calificador valorará, deberán ser alegados y debidamente justificados, mediante original o copia compulsada, por los aspirantes al Concurso-Oposición, en el tiempo otorgado al efecto. No obstante, si dicha documentación ya constase en su expediente personal, sólo será necesario citarla en la solicitud, sin que tengan que aportarse los documentos correspondientes; en el bien entendido que todo aquello que el concursante no mencione, no se tendrá en cuenta. Los méritos se computarán conforme se señala a continuación: a) Antigüedad. Por servicios prestados en cualquier Administración Pública relacionados con el servicio de deportes 0´5 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 6 puntos. El tiempo de servicios computable se puntuará por años completos salvo casos de empate a la finalización del proceso selectivo. No se puntuará como antigüedad el tiempo de servicios a que se refiere la base segunda, apartado b) exigido como requisito para poder optar a la promoción interna. Para valorar la antigüedad se presentará documento oficial expedido al efecto por Administración competente. b) Por estar en posesión de diplomas o certificados, como asistente a Cursos de Formación o Perfeccionamiento. Se valorarán, hasta un máximo de 4 puntos, los Cursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan relación directa y específica con las tareas y cometidos propios de la plaza y que hubieren sido convocados u organizados por este Ayuntamiento, así como por Institutos y Escuelas Oficiales de formación de Funcionarios y personal al servicio de la Administración, Organizaciones Sindicales dentro de los planes de formación en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, Universidades, SEPE, Comunidad Autónoma de la Región de Murcia u otras administraciones y entes públicos y Colegios Profesionales. No se valorará, tanto los cursos que no acrediten las horas de duración, como los inferiores a 20 horas lectivas ni las asignaturas pertenecientes a una carrera universitaria. La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala: * De 20 o más horas. 0’30 puntos. * De 50 o más horas. 0’40 puntos. * De 100 o más horas. 0’60 puntos. * De 200 o más horas, 1 punto. Serán méritos puntuables en cada concursante, los contraídos hasta el día de publicación del anuncio-extracto de la convocatoria en el BORM. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición, por lo que solamente se procederá a puntuar el concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitud establecido para todos y cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio de la fase de oposición. II. Fase de Oposición. Estará compuesta por dos ejercicios: Primer ejercicio: Prueba Teórica. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito, durante un plazo máximo de sesenta minutos, una prueba propuesta por el Tribunal Calificador consistente en responder 20 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una es correcta. Las preguntas en blanco y erróneas no penalizarán. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos. Segundo ejercicio: Prueba Práctica. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la resolución de un supuesto teórico-práctico, entre dos a elegir, que propondrá el Tribunal Calificador, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, y que no podrá exceder de tres horas, en condiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativas a las tareas y cometidos propios de las plazas. Dicho ejercicio se realizará por escrito, relacionado con los temas del Temario que figura en el Anexo a esta convocatoria. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos. El Tribunal Calificador podrá determinar que se proceda a la lectura pública del ejercicio, pudiendo solicitar las aclaraciones sobre las materias tratadas y pedir cualesquiera otras explicaciones complementarias. También podrá corregir la prueba directamente. Séptima. Desarrollo de las pruebas. En la Resolución a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en el BORM, se anunciará, asimismo, el día, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la Fase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presente convocatoria se publicarán en la página web del Ayuntamiento. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales. No obstante, se podrán reducir los plazos indicados en el párrafo anterior si lo propusiera el Tribunal Calificador y aceptarán todos los aspirantes o fuera solicitado por éstos unánimemente. El Tribunal deberá garantizar, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes en la realización de los ejercicios escritos, salvo que solo se presente un único candidato. Una vez baremados los méritos y corregidos los ejercicios, el Tribunal expondrá al público la lista de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición, concediéndoles un plazo de cinco días naturales para que formulen las alegaciones y/o reclamaciones que estimen pertinentes. Resueltas las posibles alegaciones y/o reclamaciones, el Tribunal Calificador publicará la relación definitiva de aspirantes aprobados por su orden de puntuación. Los aspirantes podrán renunciar a los plazos anteriormente indicados si así lo solicitan expresamente. Octava. Calificaciones. La calificación definitiva de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la Fase de Concurso y en la Fase de Oposición. Novena. Relación de aprobados y propuesta de nombramiento. Realizada la calificación definitiva de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, y elevará al Sr. Alcalde-Presidente propuesta de nombramiento del candidato que haya obtenido la máxima puntuación, sin que pueda hacer propuesta a favor de más aspirantes que número de plazas hubiese en la convocatoria. No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan al propuesto, para su posible nombramiento como funcionario de carrera. Décima. Presentación de documentos. I. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación de los aspirantes aprobados, a que se refieren la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberá presentar los documentos acreditativos de capacidad y requisitos exigidos en la Base Segunda. No obstante, al tratarse de una promoción interna, los aspirantes ya tienen la condición de funcionario de esta Administración, por lo que estarán exentos de justificar las condiciones y los requisitos ya exigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento. Por ello, con carácter general sólo deberán presentar: 1) Copia autenticada o fotocopia (acompañada del original para su cotejo) de la titulación exigida en la convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias, se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios. 2) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, así como de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente. Todo ello, sin perjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen en la indicada Base Segunda y no consten en su expediente personal. II. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Undécima. Nombramiento y toma de posesión. Cumplimentado por los aspirantes propuestos lo establecido en la Base anterior y realizados los trámites administrativos pertinentes, el órgano competente propondrá al órgano que corresponda en función del régimen de delegaciones el nombramiento correspondiente, debiendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazo reglamentario. Si no tomara posesión en el citado plazo, sin causa justificada, decaerán en su derecho, por caducidad del nombramiento. Duodécima. Incompatibilidades. Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable. Decimotercera. Protección de datos de carácter personal. En la gestión del concurso-oposición, el tratamiento de los datos personales se realizará en el fichero del Servicio de Personal, siendo el órgano administrativo responsable del fichero el propio Servicio. Decimocuarta. Referencias genéricas. Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística. Decimoquinta. Normativa. En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lo dispuesto en: • La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. • La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. • El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas. y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección. • El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. • El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. • Y demás disposiciones aplicables y concordantes. Decimosexta. Impugnación. Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos sean dictados en su desarrollo, salvo las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados legitimados, mediante la interposición del Recurso potestativo de Reposición, ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien, interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de este orden de Murcia o bien a su elección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuviera fuera de Murcia, en el plazo de dos meses, a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efecto suspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente. Mula, 22 de junio de 2021.—El Alcalde-Presidente, Juan Jesús Moreno García. Anexo I. Temario. Materias comunes Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Fundamentales, Derechos y Deberes: Garantía y Suspensión. Principios rectores de la política social y económica. La Corona. Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos. Su garantía y suspensión. Tema 3. La Cortes Generales. Composición y Funcionamiento. Elaboración de Leyes. Leyes Estatales y Autonómicas: relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Tema 4. El Gobierno y la Administración. Principios Constitucionales de la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Órganos de Control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. Tema 5. Organización Territorial del Estado. Principios Generales. La Administración del Estado: Organización Central y Periférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. Tema 6. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia. Estructura y Principios Fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y su desarrollo normativo. Tema 7. El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: clases de Personal; Derechos y deberes de los empleados públicos. Régimen disciplinario. Tema 8. La gestión de calidad. Las herramientas de calidad. La calidad en la Administración Pública. Tema 9. La prevención de riesgos laborales en la Administración: objeto y ámbito de aplicación. Nociones básicas de seguridad e higiene en el trabajo. Derechos y obligaciones. Consulta y Participación de los trabajadores. Tema 10. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras. La iniciación del procedimiento. Los registros administrativos. Términos y plazos. Ordenación del procedimiento. Instrucción. Finalización del procedimiento. Resolución. Contenido de la resolución expresa. La falta de resolución expresa. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. Tema 11. Recursos administrativos. Principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos. Clases de recursos. Tema 12. La contratación en el sector público: régimen jurídico aplicable. Fundamentos. Naturaleza. Normas específicas de contratación en las entidades locales. Clases de contratos. Elementos de los contratos: partes del contrato, objeto, precio, y cuantía de los contratos. Garantías. Tema 13. Adjudicación del contrato. Procedimientos. Formalización del contrato. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Ejecución: principios y prerrogativas. Tema 14. Los principios presupuestarios. Presupuestos de las entidades locales: concepto y contenidos. Elaboración, tramitación y aprobación del presupuesto. Ejecución del presupuesto. Tema 15. Las subvenciones en la administración pública. Concepto, objeto y ámbito de aplicación subjetivo. Régimen público en las subvenciones. Procedimientos de concesión. Tema 16. Gestión y justificación de la subvención pública. Reintegro y control financiero. Infracciones y sanciones en las subvenciones públicas. Tema 17. Unión Europea: origen y evolución. Instituciones y órganos de la UE. La unión económica y monetaria. El derecho de la Unión Europea. Formación y caracteres: el proceso de toma de decisiones en la UE. Tratados y derecho derivado. Las directivas y reglamentos comunitarios. Las decisiones, recomendaciones y dictámenes. Tema 18. Derecho europeo y derecho de los países miembros. Relaciones con las Comunidades autónomas y las entidades locales. Tema 19. Proyectos y programas europeos. Ayudas y subvenciones de la UE. Tipos y gestión de Fondos Europeos. Tema 20. La ley de Transparencia. Obligaciones y retos para la administración local. Materias específicas Tema 1.- La Ley del Deporte de 1990. Preámbulo. Tema 2.- La Ley del Deporte de 1990. Principios Generales. El Consejo Superior de Deportes. Tema 3.- La Ley del Deporte de 1990. De las competiciones. El Comité Olímpico Español. El deporte de alto nivel. Tema 4.- La Ley del Deporte de 1990. Investigación y enseñanzas deportivas. Control de las sustancias y métodos prohibidos en el deporte y seguridad en la práctica deportiva. Prevención de la violencia en los espectáculos deportivos. Instalaciones deportivas. La disciplina deportiva. Tema 5.- Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia: Disposiciones Generales. Competencias y Organización. Educación, Salud y Deporte. Control de sustancias y métodos prohibidos. Tema 6.- Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia: Instalaciones deportivas. Entidades Deportivas. El Registro de Entidades Deportivas. Las actividades deportivas. Tema 7.- Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia: Deporte de alto nivel y deporte de alto rendimiento regional. Inspección Deportiva y régimen sancionador. La disciplina deportiva. El arbitraje deportivo. La Junta de Garantías Electorales del Deporte de la Región de Murcia. Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición derogatoria. Disposiciones finales. Tema 8.- Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte: Artículo único. Responsabilidades de los organizadores. Cometido y obligaciones del personal al servicio de los organizadores. Tema 9.- Reglamento sobre Condiciones Higiénico-Sanitarias de las Piscinas de Uso Público en la Región de Murcia(Decreto 58/1992, de 28 de mayo): Ámbito de aplicación. Instalaciones, aforo y servicios. Características del vaso e instalaciones de su entorno. Características y tratamiento del agua. Aforo. Obligaciones de los usuarios de las Instalaciones Deportivas. Funciones del personal encargado del cuidado y vigilancia de las piscinas. Tema 10.- Tipología de Instalaciones Deportivas: Diseño de equipamientos deportivos. Criterios constructivos y funcionales de las Instalaciones Deportivas cubiertas y descubiertas. Composición y ejecución de suelos. Acondicionamiento del entorno. Otros tipos de terrenos deportivos. Tema 11.- Las instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento de Mula. Tipología y Localización: Tipos de Instalaciones Deportivas existentes (Pabellones, polideportivos, campos de fútbol, piscinas, pistas polideportivas, etc.)Proceso administrativo para la construcción de una Instalación Deportiva. Tipología de las Instalaciones Deportivas existentes y su localización con la trama urbana existente. Normalización de las Instalaciones Deportivas existentes con medidas reglamentarias y características técnicas de las Instalaciones Deportivas (Tamaño del campo, bandas exteriores, altura libre de obstáculos, orientación del solar, tipo de pavimento, cerramiento, etc.) Tema 12.- Principios básicos de mantenimiento de Instalaciones Deportivas: Concepto. Trabajos básicos que precisa una Instalación Deportiva en inmuebles o edificaciones, conservación especial de terrenos de juego y piscinas. Medidas de seguridad. Higiene de las instalaciones deportivas. Servicios médicos y de socorro. Cuadro general de mantenimiento y actividades. Designación y formación de personal. El mantenimiento como base del rendimiento de las Instalaciones Deportivas y Recreativas. Necesidad del mantenimiento, importancia de la planificación en el mantenimiento, etc. Tema 13.- Principios de ahorro energético en Instalaciones Deportivas: Objetivos. Definiciones (aire húmedo, saturación, punto de rocío, humedad relativa). Consumos térmicos. Condiciones ambientales recomendadas. Caudales de renovación de aire. Consumos eléctricos (fuerza motriz y alumbrado). Técnicas de ahorro en facturación de combustible. Sistema de alto rendimiento energético. Tema 14.- La Gestión directa de los Servicios Deportivos Municipales: Ayuntamiento. El anterior Patronato Deportivo Municipal. Tema 15.- La Gestión indirecta de los Servicios Deportivos Municipales: Concesión. Gestión interesada. Concierto. Arrendamiento. Tema 16.- Marketing de Servicios Deportivos: Marketing Estratégico, Operativo y Organizacional aplicado a los Servicios Deportivos. Patrocinio Deportivo. Estrategias de Comunicación en Marketing Deportivo. Tema 17.- Evolución del deporte. El papel del municipio en materia deportiva: Las competencias deportivas municipales desde la legalidad y en la práctica a día de hoy. Configuración del Sistema Deportivo Local. Tema 18.- El papel del sector privado en el campo del deporte. Los clubes deportivos: Constitución y legalización en Región de Murcia, financiación propia y externa, estructuras y reglamentos internos. Tema 19.- La Carta Europea del Deporte: Objeto. Definición y ámbito de aplicación. El movimiento deportivo. Instalaciones y actividades. Creación de la base. Fomento de la participación. Recursos humanos. El deporte y el principio de desarrollo sostenible. Tema 20.- Planificación y Diseño de actividades deportivas: Planteamiento desde las Actividades deportivas docentes o no docentes, en instalaciones y espacios deportivos convencionales o no convencionales, con objetivos competitivos o recreativos. Tema 21.- Organización de los eventos deportivos: Eventos deportivos federados, populares o formativos. Cronogramas de organización y ejecución. Patrocinio y financiación. Marketing de los Eventos Deportivos. Tema 22.- Subvenciones: Procedimiento para la concesión. Tramitación de las subvenciones en régimen de concurrencia. Solicitud de los interesados. Actuaciones instructoras. Resolución final: plazos, notificación y recursos. Reintegro de las subvenciones. Tema 23.- Mujer y Deporte: Marco histórico. Conflicto de roles de la mujer deportista. Mujer, sociedad y deporte en contemporánea Tema 24.- El concepto «Fair Play» aplicado al deporte: El Código de Ética Deportiva del Consejo Superior de Deportes. Valores del Deporte. Bases generales de la Disciplina Deportiva y de los Procedimientos Disciplinarios. Tema 25.- Responsabilidad civil inherente a las actividades e instalaciones deportivas: Concepto. Clases de Responsabilidad civil. Responsabilidad civil extracontractual. Especial referencia a la responsabilidad civil en el campo del deporte. Tema 26.- El calentamiento en la actividad física: Objetivos. Principios a aplicar. Ejercicios más adecuados, duración y factores a tener en cuenta. Tema 27.- La adaptación en el entrenamiento deportivo: Factores generales del entrenamiento físico. Principios del entrenamiento físico. Partes de una sesión de entrenamiento. Factores de adaptación en todos los sistemas (respiratorio, cardiovascular, etc.). Tema 28.- Acondicionamiento Físico. Teoría y Práctica. Tema 29.- Fisiología del Ejercicio. Teoría y Práctica. Tema 30.- El programa de deporte escolar en el Municipio de Mula: Objetivos. Programa, reclamaciones y recursos. Deportes que se convocan. Tema 31.- Programa Deporte Escolar en la Región de Murcia. Objetivos y destinatarios del programa. Tema 32.- Plan de evacuación y atención médica de urgencias en el Servicio Municipal de Deportes. Protocolo de actuación en la evacuación de accidentados. Tema 33.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones. Tema 34.- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero sobre Reglamento de los Servicios de prevención. Evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Organización de recursos para las actividades preventivas. Tema 35.- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad en los lugares de trabajo. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo. Condiciones ambientales en los lugares de trabajo. Iluminación de los lugares de trabajo. Tema 36.- La atención al cliente en los Servicios Deportivos Municipales. Tema 37.- Los convenios en la gestión deportiva. Tema 38.- El Voluntariado Deportivo. Regulación Legal. Tema 39.- Las Fiestas Patronales de Septiembre en el Municipio de Mula. Programa de actividades y eventos deportivos. Tema 40.- La Festividad de San Isidro en Mula. Programa de actividades y eventos deportivos. Tema 41.- Igualdad y deporte: Deporte y discapacitados. Deporte y mayores. Tema 42.- El programa de Escuelas Deportivas en el Municipio de Mula: Objetivos. Programa. Instalaciones y Deportes que se convocan. A-050721-4624