Moratalla 7993 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza de Impuesto de Bienes Inmuebles. Habiéndose aprobado con carácter provisional por el Pleno, en la sesión ordinaria de fecha 23 de febrero de 2007, la modificación de la ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles de Moratalla, se sometió a exposición pública por plazo de treinta días, mediante su publicación en el BORM de 17 de abril de 2007, y no habiéndose presentado ninguna reclamación se entiende definitivamente aprobado el acuerdo: ¿En base a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes del RDL 2/2004 de 6 de marzo, TR de la Ley reguladora de Haciendas Locales, procede modificar el artículo 3 de la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, añadiendo el siguiente apartado: 3. Se establece, con carácter exclusivo para el ejercicio 2007, una bonificación en la cuota íntegra del Impuesto equivalente a la diferencia positiva entre la cuota íntegra del ejercicio 2007 y la cuota líquida del ejercicio 2006.¿ Contra el presente acuerdo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, sin perjuicio del potestativo de reposición. La interposición de recursos no suspenderá, por sí sola, la aplicación de la modificación de la ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles aprobada definitivamente. Moratalla, a 24 de mayo de 2007. ¿ El Alcalde, Antonio García Rodríguez. ¿¿