IV. Administración Local Molina de Segura 3860 Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de Pleno de 24/02/2020, relativo a la modificación de la ?Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras?, Expediente 000046/2020-4605, a que se refiere el Edicto publicado en el BORM n.º 54, de 5 de marzo de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el mismo, al no haberse presentado reclamación alguna. Las modificaciones aprobadas entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, contra los acuerdos definitivos, las personas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto. A continuación se hace público el texto de las modificaciones aprobadas y elevadas a definitivas, en cumplimiento del art. 17.4 del mismo texto legal: Modificaciones de la ordenanza reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras Modificaciones: ÚNICA: Se modifica el módulo previsto para ?Naves industriales? en el ANEXO I, apartado ARQUITECTURA NO RESIDENCIAL, USO INDUSTRIAL Y AGROPECUARIO, que se fija en 175 ?, manteniendo el resto de módulos previsto en el ANEXO de la ordenanza. [?.] ARQUITECTURA NO RESIDENCIAL USO INDUSTRIAL Y AGROPECUARIO m² Naves industriales 175,00 ? m² Edificios industriales diáfanos en altura 455,44 ? m² Nave agrícola 105,00 ? m² Cobertizo o naves sin cerramiento 95,00 ? m² Construcción de balsa excavada (Hasta 30.000 m³) 3,05 ? [?] Entrada en vigor de las modificaciones: Las modificaciones, una vez aprobadas definitivamente, entrarán en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín oficial de la Región de Murcia. En Molina de Segura, 17 de julio de 2020.?El Concejal Delegado de Hacienda (Decreto Alcaldía 28/06/2019), José de Haro González. A-210720-3860