IV. Administración Local Molina de Segura 10520 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal. Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de Pleno de 28 de octubre de 2016, relativo a la modificación de la ?Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la tramitación administrativa de licencia de actividad y otras autorizaciones ambientales y por la actividad de verificación del cumplimiento de los requisitos previstos legalmente para actividades no sujetas a autorización o control previo? Expediente 000390/2016-4605 a que se refiere el Edicto publicado en el BORM de 2 de noviembre de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el mismo, al no haberse presentado reclamación alguna. Las modificaciones aprobadas entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, contra los acuerdos definitivos, las personas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto. A continuación se hace público el texto de las modificaciones aprobadas y elevadas a definitivas, en cumplimiento del artículo 17.4 del mismo texto legal: Ordenanza reguladora de las tasas por la tramitación administrativa de licencia de actividad y otras autorizaciones ambientales y por la actividad de verificación del cumplimiento de los requisitos previstos legalmente para actividades no sujetas a autorización o control previo Única: Se incluye Disposición transitoria tercera, con la siguiente redacción: Disposición transitoria tercera: Siguiendo con la política de fomento del emprendimiento y la creación de empresas y actividades, se prorroga para las solicitudes de licencia de actividad, comunicaciones previas o declaraciones responsables que se presenten a lo largo del ejercicio 2017, la aplicación de la reducción del 30% sobre las cuotas líquidas que resulten de la aplicación de las tarifas reguladas en la presente ordenanza, en los mismos términos previstos en la Disposición Transitoria Primera y segunda. Entrada en vigor de las modificaciones: Las presentes modificaciones entrarán en vigor, una vez aprobadas definitivamente, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En Molina de Segura, a 20 de diciembre de 2016.?El Concejal Delegado de Hacienda (Decreto de 12/04/2016), José de Haro González. A-311216-10520