IV. Administración Local Mazarrón 6291 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal de tráfico. Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, adoptado en sesión ordinaria del día veinticuatro de noviembre de dos mil nueve, por el que se aprobó la modificación de la Ordenanza Municipal de Tráfico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a su publicación íntegra en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”. Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento en el plazo de un mes a partir de la publicación en el B.O.R.M., o bien, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde esa misma publicación. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO “Visto que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2006, aprobó de forma provisional la Ordenanza municipal de tráfico, publicándose su aprobación definitiva con fecha 22 de mayo de 2006 en el B.O.R.M. Considerando la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Considerando la redacción de los siguientes artículos de la Ordenanza municipal vigente en materia de tráfico: Art. 39.2 E. 3 Leve. Estacionar en zona destinada al paso de peatones por importe de 80 euros. Artículo 39. 2A. 10 Leve. Estacionar en una intersección o en sus proximidades de vía urbana y zonas cebreadas excluidas al tráfico, por importe de 70 euros. Propongo: Primero) Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal de tráfico con la siguiente redacción en su articulado. Art. 39.2 E. 3. Grave. Estacionar en zona destinada al paso de peatones por importe de 96 euros. Detrae 2 puntos. Art. 39.2 A. 10. Leve. Estacionar en zonas cebreadas excluidas al tráfico por importe de 70 euros. Art. 39. 2.ª 18. Grave. Estacionar en una intersección o en sus proximidades generando peligro por falta de visibilidad, por importe de 96 euros. Detrae 2 puntos. Segundo) Someter a información pública por un plazo mínimo de treinta días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento, para que los interesados puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas. En el caso de que se presenten alegaciones, deberán resolverse, incorporándose al texto de la Ordenanza las modificaciones derivadas de la resolución de las alegaciones. Tercero) En el caso de que no se presenten alegaciones en relación con la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza en el plazo de información pública, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Cuarto) Dar publicidad al acuerdo de aprobación definitiva de la Ordenanza, con el texto íntegro de la misma, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tal y como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local”. La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, surtiendo efectos hasta su modificación o hasta la elaboración de una nueva Ordenanza Municipal de Tráfico”. Mazarrón, 17 de marzo de 2010.—El Alcalde-Presidente, Francisco Blaya Blaya. A-120410-6291