¿OC¿ Mazarrón ¿OF¿¿SUC¿ 14326 Aprobación definitiva de Ordenanzas. ¿SUF¿¿TXC¿ En cumplimiento del acuerdo adoptado en sesión ordinaria del Pleno de esta Corporación celebrada el día veintisiete de septiembre de dos mil cinco en el que se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Recogida domiciliaria de Basuras y en la cual de disponía que en caso de no presentarse reclamaciones contra el expediente se entendería definitivamente aprobado; habiéndose constatado que ha finalizado el período de exposición pública sin haberse producido reclamaciones, por medio del presente se hace pública dicha aprobación definitiva, publicándose a continuación el texto íntegro de la modificación habida, cumplimentándose así lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004. El texto íntegro de la modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras definitivamente aprobado es el siguiente: 1.- Modificar el apartado 3 del artículo 5 ( Cuota Tributaria-Tarifa) de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de recogida domiciliaria de Basuras, que queda redactado como sigue: « 3.- Para la cuota tributaria se aplicará la siguiente Tarifa: Tipo Cuota bimensual/¿ Doméstica/Vivienda (incluye locales cerrados sin actividad y garajes) 17,00 Bares y cafeterías 120,50 Bares con música 216,00 Restaurantes 406,50 Pensiones y Hoteles hasta 2 estrellas 136,00 Hoteles de 3 o más estrellas 406,50 Camping 1632,00 Cines-Teatros 68,43 Industrias hasta 10 empleados 68,43 Industrias entre 10 y 50 empleados 374,00 Industrias de más de 50 empleados 901,50 Comercios 30,60 Oficinas en general 51,00 Oficinas bancarias 374,00 Supermercados de hasta 500 metros cuadrados 457,00 Supermercados de más de 500 metros cuadrados 962,00 Conforme a lo dispuesto en el artículo 19.1 del R.D. Legislativo 2/2004, contra la aprobación definitiva producida, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este edicto. Mazarrón, 7 de diciembre de 2005.¿El Alcalde-Presidente, Francisco Blaya Blaya. ¿TXF¿ ¿¿