IV. Administración Local Mazarrón 4970 Aprobación definitiva de la modificación puntual no estructural n.º 78 del PGMO para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón. El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de julio de 2023, acordó aprobar, con carácter definitivo la Modificación Puntual no estructural n.º 78 del PGMO para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón promovida por el M. Ilmo. Ayuntamiento de Mazarrón, seguido bajo los números de expedientes 000001/2021-3.01.01.01 y 2021/5521Q en el Área de Urbanismo del M. Ilmo. Ayuntamiento de Mazarrón. El texto íntegro del acuerdo es el siguiente: “3. URBANISMO. Referencia: 2021/5521Q. Propuesta para la aprobación definitiva de la Modificación Puntual no estructural n.º 78 del PGMO de Mazarrón “Para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón”. Antecedentes de hecho Primero: Que con fecha de 11 de marzo de 2021 se emite informe técnico municipal para llevar a cabo una consulta a la Dirección General del Territorio y Arquitectura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia referente a la compatibilidad del uso de Auditorio en una parcela municipal donde se encuentra ubicado en ese momento el Cuartel de la Guardia Civil. Segundo: Que con fecha de 9 de abril de 2021, RGE 5982, se recibe contestación a la consulta realizada a la Dirección General del Territorio y Arquitectura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia referente a la compatibilidad del uso de Auditorio en una parcela municipal donde se encuentra ubicado en ese momento el Cuartel de la Guardia Civil, concluyendo, la citada Dirección General, que “para llevar a cabo un uso de equipamiento distinto del administrativo en la parcela objeto de consulta debe tramitarse el instrumento de planeamiento correspondiente que posibilite su implantación”. Tercero: Que con fecha de 22 de abril de 2021, se emite informe por la Jefa del Servicio de Urbanismo de este Ayuntamiento, concluyendo que, a la vista del informe recibido de la Dirección General del Territorio y Arquitectura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia referente a la compatibilidad del uso de Auditorio en una parcela municipal donde se encuentra ubicado en ese momento el Cuartel de la Guardia Civil. “[…] para poder proyectar el edificio del Auditorio se considera necesario que se tramite una MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL DEL PLAN GENERAL, para poder modificar el uso específico establecido en el Plan General, de Administrativo a Cultural, manteniendo el uso global de EQUIPAMIENTO BÁSICO INTENSIVO Es por lo que se considera necesario se Acuerde por la Corporación, si lo estiman conveniente, el impulso para la redacción y tramitación de dicha MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL DEL PLAN GENERAL.” Cuarto: Que con fecha de 23 de abril de 2021, en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local se acuerda la redacción y tramitación de la Modificación Puntual de Plan General para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón por los servicios técnicos del negociado de urbanismo. Quinto: Que con fecha de 13 de mayo de 2021 por el Arquitecto Municipal se emite informe poniendo de manifiesto que “se debe realizar el oportuno documento ambiental estratégico, por quien proceda, para poder iniciar el trámite de conjunto del documento ambiental y del avance, por lo que se ruega se proceda a encargar por parte del servicio el documento mencionado”. Sexto: Que con fecha de 14 de mayo de 2021 por los servicios técnicos de este Ayuntamiento, concretamente por el Arquitecto Municipal, se lleva a cabo el AVANCE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL Nº 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón”. Séptimo: Que con fecha de 20 de agosto de 2021, por la mercantil Ambiental Molina S.L. se realiza el Documento Ambiental Estratégico encargado a tales efectos por esta Administración. Octavo: Que con fecha de 2 de diciembre de 2021 se emite informe favorable por parte del Graduado en Biología, D. Alfonso Morenilla Pérez, concluyendo que; “Una vez comprobado que el Documento Ambiental Estratégico cumple con las consideraciones precisas en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre y la Ley 4/2009, de 14 de mayo, se concluye FAVORABLEMENTE sobre la documentación analizada. Por tanto, procede continuar con el trámite ambiental, remitiéndose la solicitud de inicio (utilizando el modelo de solicitud de la D.G.M.A.) y la documentación pertinente al órgano ambiental, tal y como se estipula en el artículo 29.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre”. Noveno: Que con fecha de 27 de diciembre de 2021 se emite informe jurídico concluyendo: “Primero: Remitir el AVANCE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” y con su documento ambiental estratégico a la Dirección General de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a fin de someterlo al trámite de consultas previsto en la legislación ambiental. Segundo: Someter el AVANCE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” al trámite de información pública. Tercero: Remitir el AVANCE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” a la Dirección General competente en materia de urbanismo a efectos informativos”. Décimo: Que con fecha de 30 de diciembre de 2021 se otorga viso bueno del expediente por parte de la Jefa coordinadora en funciones del Servicio de urbanismo e infraestructuras. Undécimo: Que con fecha de 30 de diciembre de 2021 se emite nota de conformidad por parte del Secretario General de este Ayuntamiento. Duodécimo: Que El Ayuntamiento Pleno en su sesión del día 25 de enero de 2022 adoptó el siguiente acuerdo: “Primero: Remitir el AVANCE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL Nº 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” y con su documento ambiental estratégico a la Dirección General de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a fin de someterlo al trámite de consultas previsto en la legislación ambiental. Segundo: Someter el AVANCE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” al trámite de información pública. Tercero: Remitir el AVANCE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” a la Dirección General competente en materia de urbanismo a efectos informativos”. Decimotercero: Que con fecha de 18 de marzo de 2022 se sometió a información pública, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el avance de la modificación puntual no estructural n.º 78 del PGMO de Mazarrón. Decimocuarto: Que con fecha de 6 de febrero de 2023 se emite resolución de la Dirección General de Medio Ambiente disponiendo: “Resuelvo Emitir el Informe Ambiental Estratégico que se anexa, concluyendo que la Modificación Puntual no estructural N.º 78 del PGMO de Mazarrón para uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón, en el término municipal de Mazarrón, no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en dicho Informe, y por tanto, no debe ser sometido a Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria.” Decimoquinto: Que con fecha de 15 de febrero de 2023 se emite informe del técnico municipal con el siguiente tenor: “INFORME En el mencionado se mencionan medidas correctoras derivadas del informe ambiental municipal. Estas se han recogido literalmente en el apartado 1.- Disposiciones generales, sub-apartado 1.4.- Medidas correctoras y protectoras en el seguimiento ambiental del plan del documento memoria de la modificación puntual número 78 del PGOU de mazarrón. CONCLUSIÓN-RESUMEN Procede continuar la tramitación del expediente, con la incorporación del documento de modificación puntual número 78 firmado por el que suscribe con fechas de día 14 y día 15 del corriente mes al expediente administrativo. Así como incorporación del documento ambiental estratégico. Se deberá emitir informe jurídico en cuanto a la tramitación. Visto bueno de quien ejerza en este momento como jefe de servicio en funciones provisionales.” Decimosexto: Que con fecha de 15 de febrero de 2023 se emite informe por el técnico medioambiental en el que se concluye: “CONCLUSIÓN Una vez comprobado que se han incorporado todas las medidas previstas en el Anexo I del IAE, se concluye FAVORABLEMNTE sobre la documentación analizada y, procede continuar la tramitación del expediente. Decimoséptimo: Que con fecha de 18 de febrero de 2023, dentro de los plazos fijados por la Dirección General de Medio Ambiente, se ha procedido a la publicación del IAE en el BORM a los efectos de procurar su eficacia. Decimoctavo: Que con fecha de 20 de febrero de 2023 se emite informe jurídico en el que se concluye: “Primero: Procede aprobar inicialmente la MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL Nº 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” Segundo: Procede solicitar informe a los organismos afectados si los hubiere y a la dirección general competente en materia de urbanismo, el cual, este último será vinculante en materia de legalidad y naturaleza de la presente modificación. Tercero: Procede someter la presente MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL Nº 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” al trámite de información pública en el BORM por plazo de un mes.” Decimonoveno: Que con fecha 20 de febrero de 2023 se emite informe de visto bueno del jefe coordinador de urbanismo e infraestructuras. Vigésimo: Que con fecha 20 de febrero de 2023, se emite nota de conformidad del mencionado expediente por parte del Secretario General del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón. Vigesimoprimero: Que con fecha de 28 de febrero de 2023 por acuerdo del Pleno de la Corporación Local, se aprueba con carácter inicial de la MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN. Vigesimosegundo: Que con fecha de 22 de marzo de 2023 se somete a información pública la citada aprobación inicial de la MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN, todo ello mediante la oportuna inserción en del anuncio a tal fin en el BORM número 67. Vigesimotercero: Que según informe de la Responsable de Atención Ciudadana del MI Ayuntamiento de Mazarrón, se pone de manifiesto lo que sigue: “Que consultado en Registro General de Documentación del este Ilmo. Ayuntamiento entre los días 22 de marzo hasta 24 de abril ambos inclusive, no consta que se haya presentado alegaciones a la “Aprobación inicial de la Modificación puntual no estructural Nº 78 de PGMO para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal de “Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” Vigesimocuarto: Que con fecha de 11 de mayo de 2023 se emite informe por parte de la Dirección General de Territorio y Arquitectura de la Consejería de Fomento e infraestructuras de la Comunidad Autónoma de Murcia, mediante el cual se concluye que “No se observan deficiencias, si bien, la propuesta de la modificación se ha de grafiar sobre el plano del Plan General vigente, como se realizaba en el documento de avance remitido en 2022.” Vigesimoquinto: Que con fecha de 29 de mayo de 2023, se emite informe técnico favorable a la aprobación definitiva de la presente MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN, en el que se concluye: “CONCLUSIÓN-RESUMEN A la vista del mencionado informe, se ha procedido a incorporar en el documento de modificación no estructural nº 78, el objeto de la misma, sobre los planos del Plan General vigente numerando los planos como 5 y 6. Tal y como se hacía en el documento de avance. Los referidos planos tienen fecha de firma, por el que suscribe mayo de 2023.” Vigesimosexto: Que con fecha 29 de mayo de 2023 se emite informe jurídico por parte del letrado de urbanismo en el que se concluye: “Primero: Procede aprobar definitivamente la MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL Nº 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón”. Segundo: Procede dar cuenta de esta aprobación definitiva a la dirección general competente en materia de urbanismo y a todos los interesados que consten en el expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 163 d) de la LOTURM. Tercero: Procede publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.” Vigesimoséptimo: Que con fecha 31 de mayo de 2023 se emite informe de visto bueno del jefe coordinador de urbanismo e infraestructuras. Vigesimoctavo: Que con fecha 5 de junio de 2023, se emite nota de conformidad del mencionado expediente por parte del Secretario General del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón. Fundamentos de derecho Primero: legislación aplicable: La legislación de aplicación es la siguiente: A) Legislación estatal: - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. -Ley 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de suelo y Rehabilitación Urbana Con carácter supletorio: -Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por R.D. 2159/1978, de 23 de junio B) Legislación autonómica: - Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia (en adelante LOTURM). Segundo: de la tramitación de las modificaciones no estructurales del PGMO. De conformidad con lo previsto en el artículo 163 de la LOTURM, para la tramitación de las modificaciones no estructurales de Plan General a) “se formulará avance junto con el documento ambiental estratégico que se someterá al trámite de consultas previsto en la legislación ambiental. Potestativamente, se podrá someter el avance al trámite de información pública y se remitirá a la dirección general competente en materia de urbanismo a efectos informativos” b) Una vez aprobado inicialmente, incluyendo los cambios derivados del pronunciamiento ambiental, se someterá a información pública por plazo de un mes. Asimismo, se solicitará informe a los organismos afectados y a la dirección general competente en materia de urbanismo, el cual será vinculante en materia de legalidad y naturaleza de la modificación, otorgándose en todos los casos un plazo de dos meses, cuando no esté recogido otro mayor en la legislación sectorial aplicable. c) Será preceptiva la notificación a los titulares que consten en el Catastro, que resulten incluidos en el ámbito de la modificación cuando ésta sea de iniciativa particular. d) Corresponde al ayuntamiento la aprobación definitiva, de la que se dará cuenta a la consejería competente en materia de urbanismo y a todos los interesados que consten en el expediente. Visto que habiéndose procedido a la oportuna aprobación inicial de la MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón”, así como a su sometimiento información pública por plazo de un mes en el BORM, y remisión de informe por parte de la dirección general competente en materia de urbanismo, el cual es vinculante en materia de legalidad y naturaleza de la modificación, concluyendo en esencia que no se observan deficiencias al documento remitido -salvo incorporación de un plano conforme el Avance de planeamiento ya realizado según informe técnico de 29 de mayo de 2023- procede, en todo caso, su aprobación definitiva por parte del MI Ayuntamiento de Mazarrón, de conformidad con lo previsto en el artículo 163.d) de la LOTURM. Tercero: Competencia para la aprobación definitiva de la presente MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL DEL PGMO DE MAZARRÓN Que el presente documento, al tratarse de una MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL Nº 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón” requerirá en todo caso de aprobación definitiva por acuerdo del Pleno de la presente Corporación, todo ello de conformidad con las competencias así conferidas al citado órgano en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Por todo ello, se eleva al Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Transportes, Turismo, Servicios del Litoral, Agricultura, Pesca, Desarrollo Rural, Medioambiente y Servicios, la siguiente Propuesta: Primero: Aprobar definitivamente la MODIFICACIÓN PUNTUAL NO ESTRUCTURAL N.º 78 DEL PGMO DE MAZARRÓN “para modificación de uso específico del EBI en parcela municipal Cuartel Guardia Civil de Mazarrón”. Segundo: Dar cuenta de esta aprobación definitiva a la dirección general competente en materia de urbanismo y a todos los interesados que consten en el expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 163 d) de la LOTURM. Tercero: Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento”. Sometida la propuesta a votación es aprobada por unanimidad de los miembros presentes, adoptándose los acuerdos en ella contenidos. Y para que conste, extiendo la presente a resultas de la aprobación del acta correspondiente, de conformidad con lo establecido en el art. 206 del ROFRJ de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, con el visto bueno del Sr. Alcalde Presidente, en Mazarrón.” La normativa urbanística de la modificación es la siguiente: 10- ZONA DE EQUIPAMIENTOS BÁSICOS INTENSIVOS (EBI) 10.1 USO GENÉRICO Equipamientos 10.2 TIPOLOGÍAS PERMITIDAS: 10.2.1 - TIPOLOGÍA ARQUITECTÓNICA No se prescribe ninguna tipología característica, ya que este tipo de edificación debe acomodarse al carácter arquitectónico del entorno en que se construya. 10.3 - USOS O ACTIVIDADES 10.3.1 - USOS COMPATIBLES: Equipamiento Básico Extensivo Equipamiento (EBE) Equipamiento Básico Docente (EBD) 10.3.2 - USOS INCOMPATIBLES: Residencial Industrial Equipamiento Terciario (ET) Equipamiento Recreativo 10.4 -ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE ESTE USO: En los planos de Alineaciones y Usos Especificas se indica el uso al que específicamente está destinado cada parcela. Cuando no se especifica la actividad específica se entiende que la compatibilidad se extiende a cualquier uso de los tipos aquí indicados, a excepción del deportivo que tiene carácter de uso exclusivo. En los solares procedentes de planes parciales aprobados definitivamente, a falta de mayor concreción en estas Normas, se estará a lo dispuesto por el Plan Parcial, siempre que no contradigan lo que aquí se indica. 1 - Sanitarios: ....... S - Centro medico. - Clínica. 2 -Deportivo ........... D: - Polideportivo cubierto. 3 - Administrativo .... A - Oficinas municipales - Organismos oficiales - Policía Nacional - Guardia Civil 4 - Cultura1 ............ C - Biblioteca. - centro cultural integrado. - Universidad Popular. - Auditorio. - Salas de congresos. 5.- Social ............... SO - Local de asociación de vecinos. - Club o Sociedad de Interés Social o Utilidad Pública declarada por el organismo oficial competente. - Cámara Agraria - Local de culto. - Club de tercera edad. 6.- Trasportes .............T - Estación de Ferrocarril - Estación de autobuses 10.5 - CONDICIONES ARQUITECTÓNICAS: (No se modifican) La aprobación definitiva se somete a información pública en el BORM y el contenido íntegro de la modificación se encuentra disponible en la siguiente dirección de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento: http://www.mazarron.es/es/infraestructuras-y-urbanismo/planes/ Recursos que puede utilizar: Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al que se produzca la presente notificación, considerando desestimado el recurso si, transcurrido un mes desde la fecha de la interposición no se hubiera dictado y notificado Resolución, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la presente notificación ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Mazarrón, 7 de agosto de 2023.—El Alcalde-Presidente, Ginés Campillo Méndez. A-190823-4970