Mazarrón 10457 Aprobación definitiva del proyecto de Modificación Puntual, no estructural, del Plan General de Ordenación Urbana (n.º 70), PERI Sector P-02/01 (Fabrica de Muebles). El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo de 2008, adoptó entre otros los siguientes acuerdos: 1.- Aprobación definitiva del proyecto de ¿Modificación puntual, no estructural, del Plan General de ordenación urbana (n.º 70), PERI Sector P-02/01 (Fábrica de Muebles); tramitado a instancias de la mercantil Muebles Santo Tomás S, S.A., según proyecto redactado por el arquitecto D. Demetrio Ortuño Yáñez (visado colegial de 11 de abril de 2008). 2.- Asignar a la Unidad de Actuación generada con la citada aprobación definitiva, la denominación de U.A. 02/33/PERI 02/01. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, en relación con el art. 151.2 de la Ley 1/2001, del Suelo de la Región de Murcia, art. 60.2 de la Ley 3/1992 y demás normas de aplicación, a continuación se procede a la publicación del texto de la formativa urbanística, en aplicación de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Índice de Planos: - Plano n.º 1: Plano de situación - Plano n.º 2: Plano de la Resol. de 17-10-89 del PGOU de Mazarrón, de la Consej. de Política Territorial y obras públicas. - Plano n.º 3: Plano de la resol. 17-10-89 del PGOU de Mazarrón, de la Consej. de Política Territorial y Obras Públicas (modificación que se propone). - Plano n.º 5: Alineaciones y usos pormenorizados del PGOU de Mazarrón (superposición de la modificación que se propone). - Plano n.º 6: Plano de uso, alturas y superficies que se proponen y señalización de equipamientos en el entorno. - Plano n.º 7: superposición del plano de usos, alturas y superficies que se proponen, sobre base catastral y señalización de equipamientos en el entorno. - Plano n.º 8: superposición de plano de usos, alturas y superficies que se proponen, sobre mapa topográfico y señalización de equipamientos en el entorno. - Plano n.º 9: infraestructura existente de tefefonía y nueva canaliz. subterránea que se prevé - Plano n.º 10: Infraestructuras existentes de abastecimiento de agua potable, e instalación que se prevé y jardinería y mobiliario urbano. - Plano n.º 11: Infraestruc. de saneamiento existente y nuevo saneamiento que se prevé. - Plano n.º 12: Infraestruc. existente de electrificación y acometida a C.T. que se prevé. - Plano n.º 13: Topografía (traza perfiles). - Plano n.º 14: perfiles longitudinales y transversales. - Plano n.º 15: perfiles longitudinales y transversales. - Plano n.º 16: detalle sección de calzada y acera. - Plano n.º 17: det. de contenedores subterráneos, que se prevén en el ámbito de la C/ Poeta Zorrilla. Ordenanzas: Se introducen los siguientes cambios: El apartado B.(.3.3 de PGOU, se contempla de la forma siguiente: La denominación de P-02/01, se sustituye por la denominación UA 02/33, completándose con las normas urbanísticas municipales del texto refundido del PGOU de Mazarrón que se citan a continuación con sus condiciones específicas. 1.- Zona residencial colectiva de casco (RCC-2) 1.1 Uso Genérico: Residencial 1.2.- Tipologías permitidas: 1.2.1. Tipología arquitectónica característica: Edificios de varias plantas unidos entre medianeras, para la construcción de varias viviendas, con accesos comunes o individuales. Con limitación de fondo máximo edificable en las plantas superiores a la primera. Con limitaciones estéticas respecto de fachada y cubierta a fin de adecuar las nuevas construcciones al entorno arquitectónico preexistente. 1.2.2. Otras Tipologías Compatibles: Mediante estudio de detalle de manzanas completas o partes homogéneas de manzana se admitirán otras composiciones volumétricas, siempre que no se dejen medianeras al descubierto y se creen espacios ajardinados vistos desde la vía pública.. 1.3 Usos o Actividades: 1.3.1 Usos compatibles: - En la planta baja, únicamente se permitirá el uso de Equipamiento terciario. - Equipamiento Básico. - Equipamiento Recreativo Cerrado. 1.3.1 Usos Incompatibles: - Industrial - Equipamiento Recreativo Abierto. 1.4 Condiciones Arquitectónicas: 1.1.1 Altura máxima a) Casco de Mazarrón y Puerto 7.0 m y 2 p. 10.0 m y 3 p. 13.0 m y 4 p. 16.0 m y 5 p. - La localización concreta de cada altura máxima se indica en Plano de Alineaciones y Usos Específicos. 1.4.2. Fondo Máximo: 17.0 m contados desde la alineación oficial que se marca en los planos de alineaciones. 1.4.3 Voladizos: a) Area de influencia del Castillo 0.40 de balcón abierto. b) resto de la zona: Ancho de calle Vuelo cerrado v. Abierto ¿¿¿¿¿¿¿ ¿¿¿¿¿¿ ¿¿¿¿ a=<6 m - 0,30 m 6 m < a= < 8 m - 0,60 m 8 m < a= < 10 m 0,40 m 0,80 m 10 m < a 0,60 m 1,00 m 1.1.4 Aparcamientos: Será obligatorio disponer una plaza por vivienda y otra por cada 150 m2 de local de uso terciario. 12.- De equipamientos Básicos Extensivos (EBE-2) 12.1 Uso Genérico: Equipamiento Básico 12.2. Tipología permitidas: 12.2.10 Tipología arquitectónica característica: 12.2.1.1 Instalaciones de superficie con edificaciones mínimas de carácter auxiliar de una planta como máximo, independiente, con acceso y solar propio, separado de todos sus linderos, excepto vía pública, destinado íntegramente a alguna de las actividades que se relacionan en esta ordenanza y que se especifican en el plano correspondiente. 12.3 Usos o actividades. 12.3.1 Usos compatibles Las actividades específicas de este uso genérico. 12.3.2. Usos Incompatibles. Residencial. Industrial. 12.4 Actividades específicas de este uso: El uso es el de espacios libres: - Jardines. - Juegos y Recreo de niños. - Plazas y Caminos peatonales. - Kioscos música y prensa. 12.5 Condiciones Arquitectónicas: 12.5.1. Edificabilidad: a) Deportivo ................ 0,05 m2/m2 b) Espacios libres........ 0,01 m2/m2 12.3.2. Altura máxima...2,7 m y/o 1 pl. 12.5.3. Retranqueos mínimos vía pública ..... 3,0 m. 10.- Zona de equipamiento básico intensivos (EBI) 10.1 Uso Genérico Equipamientos 10.2 Tipologías permitidas: 10.2.1 Tipología arquitectónica característica. No se prescribe ninguna topología característica, ya que este tipo de edificación debe acomodarse al carácter arquitectónico del entorno en que se construya. 10.3. Usos o actividades. 10.3.1 Usos Compatibles: Equipamiento Básico Extensivo (EBE) Equipamiento Básico Docente (EBD) 10.3.2 Usos incompatibles: Residencial Industrial Equipamiento Terciario Equipamiento Recreativo 10.4. Actividades Especificas de este uso: En los planos de Alineaciones y Usos Específicos se indica el uso al que específicamente está destinado cada parcela. Cuando no se especifica la actividad específica se entiende que la compatibilidad se extiende a cualquier uso de los tipos aquí indicados, a excepción del deportivo que tiene carácter de uso exclusivo. 1.- Sanitarios .......................S: - Centro médico - Clínica 2.- Deportivos ......................D: - Polideportivo cubierto 3.- Administrativo ..................A: - Oficinas municipales - Organismos Oficiales - Policía Nacional - Guardia Civil. 4.- Cultural ...........................C: - Biblioteca. - Centro cultural integrado. - Universidad Popular. 5.- Social ............................SO: - Local asociación de vecinos - Club o Sociedad de Interés Social o Utilidad Pública declarada por el organismo oficial competente. - Cámara agraria. - Local de culto. - Club de la tercera edad. 6.- Transportes ...................... T: - Estación de ferrocarril. - Estación de autobuses. 10.5. Condiciones Arquitectónicas: 10.5.1. Edificabilidad: se encuentra comprendida entre 0,36 m2/m2 y 1,07 m2/m2 según el area de planeamiento diferenciado. APD Edif. Altura Ocup. P.m. Rv. Rf m2/m2 m ndp % m2 m ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿ Casco - 16 5 - - - - Contra el citado acto, que es firme en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia; sin perjuicio de la interposición de recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que lo ha dictado. Mazarrón, a 27 de junio de 2008.¿El Alcalde Presidente, Francisco Blaya Blaya. ¿¿