Mazarrón 9940 Acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de modificación puntual n.º 67 al P.G.O.U., ordenanza E.B.I., del plan parcial ¿Ampliación Ordenación Bahía¿. El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2007, aprobó definitivamente el proyecto de modificación puntual n.º 67 al P.G.O.U., ordenanza E.B.I., del plan parcial ¿Ampliación Ordenación Bahía¿, que ha sido tramitada de oficio por este M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, según proyecto redactado por el arquitecto don Juan Antonio Senín Álvarez. Lo que se hace público para general conocimiento, haciendo constar que contra el presente acto que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, pudiéndose interponer previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que lo ha dictado; sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente. En Mazarrón, a 18 de mayo de 2007.¿El Alcalde-Presidente, Francisco Blaya Blaya. A continuación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 124 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, en relación con el artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia (Decreto Legislativo 1/2005 de 20 de junio), artículo 60.2 de la Ley 30/1992 y demás normas de aplicación; y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Se procede a la publicación de la normativa urbanística e índice de planos que componen dicha modificación puntual: Normativa urbanística 1.5.3.- Ordenanza reguladora de la parcela E.B.I. de la urbanización ¿Ampliación de Ordenación Bahía¿ del Plan General de Ordenación Urbana. Equipamiento Básico intensivo-1 (preescolar). Parcela mínima s/p. Ocupación 65% Edificabilidad 0,71 m²/m² Altura máxima 7 m. N.º de plantas 2. Separación linderos públicos 4 m. Uso genérico Equipamientos. El apartado 10.5.1 de la ordenaza del P.G. para E.B.I., incluirá una nueva área de planeamiento diferenciado, referida a a la parcela del ámbito de Ordenación Bahía, objeto de esta modificación, denominada Ampliación Bahía (E.B.I.-1), quedando por tanto su redacción del siguiente modo: 10.5.- Condiciones arquitectónicas: 10.5.4.- Edificabilidad: se encuentra comprendida entre 0,36 m²/m² y 1.07 m²/m², según el área de planeamiento diferenciado. APD Edif. Altura Ocup. % P.m. Rv Rf m²/m² n ndp m² Casco 16 5 Ensanche 16 5 Pedanías 10 3 Bolnuevo 10 3 Rihuete-Casasol 3.5 50% O.Bahía 0,71 7 2 30% 1.000 4 4 Ampliación Bahía (E.B.I.-1) 0,71 7 2 65% s/p 4 4 Ampliación Bahía 0,71 7 2 30% s/p 4 4 Castellar-1 0,71 8 2 30% 1.000 4 4 Playagrande 0,71 7 2 30% s/p 4 4 Puntabela 0,54 7 2 30% 500 4 4 Índice de planos Plano n.º 1.- Actual. Plano n.º 2.- Modificado. ¿¿